DISPOSICIÓN 468 2021 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO EL ARTÍCULO 2° DE LA DISPOSICIÓN 1007-DGFYME/16 - SE APRUEBA -  FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA - FERIAS ITINERANTES DE ABASTECIMIENTO BARRIAL ART. 3 INCISO E) Y F) DISPOSICIÓN 1007-DGCFYME/16 - SISTEMA DE TRÁMITES A DISTANCIA - EXPEDIENTE ELECTRÓNICO CORRESPONDIENTE A CADA PERMISONARIO/A -

Publicación:

21/05/2021

Sanción:

18/05/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO


VISTO: La Ley N° 5122, 6292, Decretos Nros. 491/16, 463/19, 98/20, 49/21 ,

Disposición N° 1007-GBA- DGFYME/16, Expediente N° 15231388-DGCDPU/21 y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de

entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y

diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como entender en

lo relativo al uso del espacio público;

Que, el Decreto N°463/19 aprobó la estructura orgánica del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del Ministerio de Espacio

Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación del Paisaje Urbano;

Que, conforme el Decreto ut supra mencionado, las competencias que oportunamente

se encontraban atribuidas a la ex Dirección General Ferias, pasaron a la actual

Dirección General Conservación del Paisaje Urbano;

Que, mediante Decreto N° 198/20 y 49/21 se modificó la estructura organizativa del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;

Que por la Ley N° 5.122 se autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial; (FIAB) y su Decreto reglamentario N° 491/16 estableció que la

ex Dirección General Ferias, y su actual continuadora institucional, Dirección

Conservación del Espacio Público, es la autoridad de aplicación de la citada Ley,

facultando a su titular a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas

que fueren necesarias para su aplicación;

Que la Disposición N° 1007-GBA-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de

las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que dicha Disposición aprueba en su artículo 2° el modelo de Formulario de

Inscripción al Registro de Postulantes de Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial

que como ANEXO II (IF-2016-27284066-DGFYME) forma parte integrante de la

presente;

Que dicho formulario ha devenido en desuso dado que la inscripción de los

postulantes actualmente se realiza a través de la Plataforma de Trámites a Distancia

en la página del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 3° de la Disposición N° 1007-DGFYMGC/20 establece en sus incisos e)

y f) que una vez seleccionado, el postulante deberá presentar ante la Autoridad de

Aplicación declaración jurada donde conste que no es titular ni cotitular ni posee

intereses de ninguna índole en ningún otro espacio del dominio público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. y presentar declaración jurada en la que conste que no

tiene juicio pendiente con el GCBA;

Que entre las medidas administrativas posibles de adoptar se encuentra la de evitar la

manipulación de papeles y documentos en formato papel, optando por la digitalización

y comunicación electrónica;

Que, por otra parte, la informatización de los procedimientos administrativos ha sido un

objetivo permanente del Gobierno de la Ciudad, por el cual se han implementado

medidas tales como la implementación del Expediente Electrónico a través del

Ecosistema SADE;

Que resulta oportuno dejar sin efecto el artículo 2° de la Disposición N° 1007-

DGFYME/2017 e instrumentar un nuevo formulario de Declaración Jurada que deberá

ser completado y enviado por el postulante a través de la Plataforma de Trámites a

Distancia o el mecanismo que en el futuro lo reemplace;

Que ha tomado debida intervención la Gerencia Operativa Mercados propiciando el

dictado de la presente y prestando conformidad al trámite a través de Informe N° IF-

2021-15322983-GCABA-DGCDPU ;

Que en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL CONSERVACIÓN

DEL PAISAJE URBANO

DISPONE

Artículo 1°.- Déjase sin efecto el artículo 2° de la Disposición N° 1007-

DGFYME/2016,que aprobara el modelo de Formulario de Inscripción al Registro de

Postulantes de Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial.

Artículo 2°.- Apruébase el Formulario de "DECLARACIÓN JURADA FERIAS

ITINERANTES DE ABASTECIMIENTO BARRIAL ART.3 INCISO E) Y F)

DISPOSICIÓN N° 1007-DGCFYME/2016", que como Anexo IF-2021-15322968-

GCABA-DGCDPU forma parte de la presente.

Artículo 3°.- Establécese que la Declaración Jurada "DECLARACIÓN JURADA

FERIAS ITINERANTES DE ABASTECIMIENTO BARRIAL ART.3 INCISO E) Y F)

DISPOSICIÓN N° 1007-DGCFYME/2016" deberá acompañarse junto a la demás

documentación requerida a través del Sistema de Trámites a Distancia para ser

incorporada al expediente electrónico del correspondiente a cada permisonario/a.

Artículo 4°.-. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Notifíquese a través de la Gerencia Operativa Mercados a quien corresponda.

Cumplido, archívese. Sallaberry


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6129

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6129

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Disposición 468-DGCDPU/21, deja sin efecto el artículo 2° de la Disposición 1007- DGFYME/2016.</p>