RESOLUCIÓN 752 2021 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
SE INCORPORAN - SISTEMA DE NUEVA CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA - CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - IIBB - ANTICIPOS 5/2021 Y 7/2021 - ENTIDADES FINANCIERAS - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Publicación:
21/05/2021
Sanción:
20/05/2021
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
VISTO: LA RESOLUCIÓN N° 311-AGIP/2020 (BOCBA N° 6025) Y SU
MODIFICATORIA RESOLUCIÓN N° 14-AGIP/21 (BOCBA N° 6040), Y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 311-AGIP/2020 y su modificatoria se implementa una
Nueva Cuenta Corriente Tributaria, la cual permite la verificación automática de la
existencia de deuda previa en los procedimientos de compensaciones o
reimputaciones de pagos, mejorando la eficiencia en el proceso recaudatorio y
disminuyendo las cargas tributarias operativas de los contribuyentes;
Que por el artículo 2° de la citada Resolución se establece que la Nueva Cuenta
Corriente Tributaria resulta de aplicación para las Entidades Financieras regidas por la
Ley Nacional N° 21.526 y los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
que hubieran ingresado el Anticipo Tributario Extraordinario (ATE);
Que por otra parte, el artículo 23 de la norma mencionada faculta a esta Dirección
General de Rentas a incorporar nuevos contribuyentes a la Nueva Cuenta Corriente
Tributaria, los cuales serán notificados mediante comunicación informativa al Domicilio
Fiscal Electrónico (DFE);
Que en virtud del óptimo funcionamiento del nuevo sistema integral de gestión
tributaria y con el objetivo de extender gradualmente sus beneficios a la totalidad de
los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, resulta
oportuno proceder a la incorporación de nuevos sujetos pasivos de dicho tributo;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23 de la Resolución N°
311-AGIP/20 y su modificatoria N° 14-AGIP/21,
Artículo 1°.- Incorpóranse desde el día 1° de junio de 2021 al Sistema de Nueva
Cuenta Corriente Tributaria a los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos nominados en el Anexo I.
Artículo 2°.- Incorpóranse desde el día 1° de agosto de 2021 al Sistema de Nueva
Cuenta Corriente Tributaria a los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los
Ingresos Brutos nominados en el Anexo II.
Artículo 3°.- Los contribuyentes y responsables contemplados en los artículos 1° y 2°
de la presente Resolución, deberán utilizar el Sistema de Nueva Cuenta Corriente
Tributaria a partir de los Anticipos 5/2021 y 7/2021 del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos, respectivamente, conforme los lineamientos y pautas previstas en la
Resolución N° 311-AGIP/20, su modificatoria N° 14-AGIP/21 y complementarias.
Artículo 4°.- Apruebánse los Anexos I y II, los cuales forman parte integrante de la
presente Resolución a todos sus efectos.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todas las áreas dependientes de esta Dirección General de Rentas.
Pase a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección General de
Planificación y Control y a las Subdirecciones General de Sistematización de la
Recaudación y de Agentes de Recaudación y Control Fiscal, ambas dependientes de
la Dirección General de Rentas, para su conocimiento y demás efectos. Notifíquese a
los contribuyentes y responsables de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30,
inciso 5), del Código Fiscal vigente. Cumplido, archívese. Tujsnaider