RESOLUCIÓN 1192 2021 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE CREA - PROGRAMA DE DIAGNÓSTICO DE SARS-COV-2 -COVID-19 - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED - ESTRATEGIAS DE IMPLEMENTACIÓN - MÉTODOS DE DIAGNÓSTICO DE SARS-COV-2 - RECOMENDACIONES - RED DE LABORATORIOS DEL SUBSISTEMA PÚBLICO DE SALUD - FUNCIONES - SE DESIGNA - CARÁCTER AD HONOREM - MARÍA BELÉN BOUZAS -  COORDINADORA DEL PROGRAMA - MINISTERIO DE SALUD - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

26/05/2021

Sanción:

18/05/2021

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Las Leyes Nros. 153 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 y modificatorios, los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 1, 8, 12, 15 y 17/20, 5 y 7/21, el Expediente N° 15068616-

GCABA-SSPSGER/21, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y modificatorios, el Poder

Ejecutivo de la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida

por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de

la Salud (OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1)

año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8, 12, 15, 17/20, y 5 y 7/21, se declaró la

emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31

de mayo de 2021, inclusive, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias

para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus

COVID-19 (Coronavirus);

Que en el marco de la mencionada pandemia desde éste Ministerio se establecieron

diferentes métodos de diagnóstico para el SARS-CoV-2 (Covid-19);

Que asimismo, el subsistema público de Salud de la Ciudad ha implementado una

estrategia de testeos permanentes para casos sospechosos, contactos estrechos y

turistas, en diferentes dispositivos territoriales y en los efectores de la red dispuestos a

tal fin, fortaleciendo además el equipamiento de los laboratorios e incrementando el

recurso humano especializado a efectos de maximizar la capacidad de gestión de los

diagnósticos;

Que dichas medidas son consideradas como una estrategia priorizada en el marco de

la Pandemia COVID-19, en virtud de la necesidad de contar con datos para la toma de

decisiones y el aislamiento oportuno de los casos positivos y sus contactos estrechos

para interrumpir la circulación viral;

Que, a los fines de continuar con las acciones necesarias de este Ministerio en el

marco de la referida pandemia, la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión

en Red propicia la creación del Programa de Diagnóstico de SARS-CoV-2 (Covid-19);

Que, resulta necesario la formalización orgánica de las acciones desarrolladas en la

materia por el Ministerio de Salud en la red de laboratorios y los diferentes

dispositivos, la designación de una coordinación profesional para fortalecerlas y

contribuir a la definición de las intervenciones y estrategias de diagnóstico.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por las Leyes N° 153 y 6.292,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase el Programa de Diagnóstico de SARS-CoV-2 (Covid-19)

dependiente de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red, con el

propósito de definir las estrategias de implementación de los diferentes métodos de

diagnóstico de SARS-CoV-2, y la elaboración de recomendaciones en el marco la red

de laboratorios del subsistema público de salud.

Artículo 2°.- El Programa de Diagnóstico de SARS-CoV-2 (Covid-19) creado por el

artículo precedente tendrá las siguientes funciones:

a) Evaluar y generar recomendaciones acerca de los diferentes métodos diagnósticos;

b) Implementar estrategias de diagnóstico adaptadas a los diferentes escenarios

epidemiológicos;

c) Elaborar recomendaciones para la mejora continua de los procesos de diagnóstico

en los laboratorios de la red pública;

d) Asesorar al Subsecretario de Planificación Sanitaria y Gestión en Red en la

administración y gestión de insumos y equipamiento destinado al diagnóstico de

SARS-CoV-2.

Artículo 3°.- Desígnese, en carácter ad honorem y sin modificar su situación de revista,

a la Doctora María Belén Bouzas como Coordinadora del Programa de Diagnóstico de

SARS-CoV-2 (Covid-19). La Coordinación del Programa tendrá, entre sus funciones,

dar cumplimiento a las directivas establecidas por el Ministerio de Salud y elaborar las

acciones necesarias para el cumplimiento de las funciones del programa.

Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red.

Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1192-MSGC/21 crea el Programa de Diagnóstico de SARS-CoV-2 (Covid-19) con el propósito de definir las estrategias de implementación de los diferentes métodos de diagnóstico de SARS-CoV-2, y la elaboración de recomendaciones a la red de laboratorios del subsistema público de salud, en el marco del DNU N° 1/20.</p>