RESOLUCIÓN 65 2021 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

SE ESTABLECEN - GUARDIAS MÍNIMAS - ATENCIÓN AL PÚBLICO - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - DURANTE LOS DÍAS 26 - 27 - 28 DE MAYO DE 2021 - PANDEMIA - COVID 19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

27/05/2021

Sanción:

22/05/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


VISTO: La Ley N° 451 (texto consolidado según Ley N° 6.017), Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20, 287-PEN/21 y 334-PEN/21, los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21 y

181/21, las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95- LCABA/20, 122-

LCABA/20 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21 y 15-LCBABA/21 y la

Resolución N° 83/SSJUS/20, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 451 (texto consolidado Ley N° 6.017), se aprobó el Régimen

de Faltas que resulta aplicable a todas las infracciones que se cometan en el ámbito

territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o cuyos efectos se produzcan o

deban producirse en éste;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21 y 7/21 hasta el 31 de mayo de 2021;

Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-

LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21 y 15-LCABA/21, la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21 y 15/21,

respectivamente;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 287-

PEN/21, se establecieron medidas generales de prevención respecto del Coronavirus

(COVID-19) y disposiciones locales y focalizadas de contención de contagios, que se

aplicarán en todo el país, las que fueron prorrogadas hasta el día 11 de junio de 2021,

inclusive a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 334-PEN/21;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 181/21 se establecieron nuevas

medidas para restringir transitoriamente la realización de actividades con un alcance

que permita un seguimiento en la evolución de la situación epidemiológica sanitaria;

Que la Resolución N° 83/SSJUS/20 dispuso la aplicación del "PROTOCOLO DE

FUNCIONAMIENTO PARA TODA DEPENDENCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES CON ATENCIÓN AL PÚBLICO DURANTE LA

EMERGENCIA SANITARIA COVID-19" y su Anexo (Informes N° IF-2020-17523333-

GCABA-DGATCIUD y N° IF-2020-17523305-GCABA-DGATCIUD) a la Dirección

General de Administración de Infracciones;

Que asimismo, la ut supra referenciada resolución estableció guardias mínimas de

atención al público en la Dirección General de Administración de Infracciones por 60

(sesenta) días corridos a partir de la publicación de la misma en el Boletín Oficial, con

el objeto de minimizar el personal presente en la repartición y restringir la circulación

de personas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud de la situación epidemiológica en el ámbito local y de acuerdo con las

evaluaciones efectuadas por el Ministerio de Salud, resulta necesario continuar con el

abordaje de las medidas pertinentes, a los fines de prevenir y mitigar la propagación

del coronavirus (COVID-19);

Que tal situación torna necesario el reestablecimiento de las medidas de prevención y

control que fueran adoptadas oportunamente, y que tuvieran por fin reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población, tal como sucede mediante la restricción

en la concentración y circulación de personas;

Que, por todo lo expuesto,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establecer guardias mínimas de atención al público en la Dirección

General de Administración de Infracciones durante los días 26, 27 y 28 de mayo de

2021, con el objeto de minimizar el personal presente en la repartición y restringir la

circulación de personas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de

Administración de Infracciones. Djivaris

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art.1 de la Resolución  65-SSJUS/21, estable guardias mínimas de atención al público en la Dirección General de Administración de Infracciones durante los días 26, 27 y 28 de mayo de 2021, complementando lo dispuesto por la Resolución  83-SSJUS/20.</p>