RESOLUCIÓN 125 2021 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
SE PRORROGA - HASTA EL DÍA 30 DE JUNIO 2021 - PLAZO PARA INFORMAR EL/LOS DOMICILIO/S DE EXPLOTACIÓN - REGISTRO DE DOMICILIOS DE EXPLOTACIÓN - RDE - INAPLICABILIDAD DE PRORROGA PARA INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL/DE LOS DOMICILIO/S DE EXPLOTACIÓN - CONTRIBUYENTES Y/O RESPONSABLES - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - IMPUESTOS - TRIBUTOS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - COVID 19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS
Publicación:
28/05/2021
Sanción:
27/05/2021
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: el artículo 95 del Código Fiscal (t.o. 2021) y las Resoluciones Nros. 312-
GCABA-AGIP/20 (BOCBA N° 6025) y 1-GCABA-AGIP/21 (BOCBA N° 6029), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 95 del Código Fiscal vigente se establece que los
contribuyentes y demás responsables están obligados a facilitar la verificación,
fiscalización, determinación y recaudación de los tributos a cargo de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que por la Resolución N° 312-GCABA-AGIP/20 se implementa el Registro de
Domicilios de Explotación (RDE), en aras de facilitar la adopción de medidas de
política tributaria sobre la base de la información relativa al desarrollo de actividades
económicas en los inmuebles de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Resolución define el domicilio de explotación como el
inmueble en el cual el contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o
desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica en esta jurisdicción;
Que posteriormente, por medio de la Resolución N° 1-GCABA-AGIP/21, se ha
prorrogado la entrada en vigencia del Registro de Domicilios de Explotación (RDE),
incorporándose la potestad de la Dirección General de Rentas para establecer
paulatinamente el momento de exigibilidad de la declaración del domicilio de
explotación para los trámites o procedimientos a los que se refiere el artículo 5° de la
Resolución N° 312-GCABA- AGIP/20;
Que en virtud de las medidas de prevención y control recientemente adoptadas por el
Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendientes a
reducir el riesgo de propagación del contagio de la Pandemia COVID-19, deviene
oportuno disponer una prórroga de la entrada en vigencia del Registro de Domicilios
de Explotación (RDE).
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 30 de junio de 2021, el plazo para informar el/los
domicilio/s de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), cuyo
vencimiento original opera el día 31 de mayo de 2021, respecto de los contribuyentes
y/o responsables detallados en el artículo 3° de la Resolución N° 312-GCABA-AGIP/20
y su modificatoria Resolución N° 1-GCABA-AGIP/21.
Artículo 2°.- La prórroga prevista en el artículo anterior no resulta aplicable para la
inscripción o actualización del/de los domicilio/s de explotación en el Registro de
Domicilios de Explotación (RDE), establecida con carácter obligatorio para la
realización de trámites o procedimientos y/o el reconocimiento de beneficios.
Artículo 3°.- La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales y demás áreas
dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido,
archívese. Ballotta