DISPOSICIÓN 16 2021 DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
Síntesis:
SE APRUEBA - ACTIVIDAD DE CAPACITACIÓN GRATUITA ACADEMIA BA EMPRENDE - TERCER BLOQUE DE CURSOS - FORMACIÓN PARA EMPRENDEDORES - SE APRUEBAN - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
03/06/2021
Sanción:
17/05/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347); los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 875/PEN/20, 287/PEN/21, el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/GCABA/20 y sus modificatorios, el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus
modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX-2021-06564684-GCABA-DGEMPRE y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292, (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en
el Capítulo VI, Artículo 21 al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a
la Subsecretaría de Desarrollo Económico;
Que, el mencionado Decreto estableció entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General Emprendedores dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, las de: "diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,
fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires"; "facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,
empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el
apoyo a la actividad emprendedora", entre otras;
Que el referido programa tiene por objetivo principal desarrollar y potenciar al máximo
las habilidades blandas emprendedoras, la implementación de metodologías ágiles y
el uso de la tecnología y la innovación como medio para resolver problemas, lo que le
permitirá al participante una mejor adaptación a los cambios y desafíos actuales, una
mejor inserción al mundo laboral del futuro como así también al emprendedurismo;
Que, resulta necesario impulsar y difundir la práctica y la cultura emprendedora a fin
de impulsar el rol del emprendedor como agente de cambio social y transmitir valores
emprendedores;
Que, en otro orden de ideas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado
que el Coronavirus (COVID-19), se está propagando de persona a persona,
aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°
875/PEN/20 se estableció la medida de "distanciamiento social, preventivo y
obligatorio" hasta el día 29 de noviembre de 2020 inclusive, para todas las personas
que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las
provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de los
parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en su artículo 2°;
Que el artículo 3° del referido Decreto de Necesidad y Urgencia, incluyó a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires entre las localidades alcanzadas por la medida de
"distanciamiento social, preventivo y obligatorio";
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287/PEN/21 se prorrogó la medida
denominada "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" dictada por el Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 875/PEN/20, hasta el día 21 de mayo de 2021, en el
aglomerado urbano denominado Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)
comprendiendo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7/GCABA/21 se prorrogó la
emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1/GCABA/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, hasta el 31 de mayo de 2021 a los fines de atender y adoptar las medidas
necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del virus COVID-19 (Coronavirus);
Que muchos emprendedores están atravesando un momento complejo consecuente
del aislamiento preventivo, por lo que resulta fundamental acompañarlos;
Que en este contexto, resulta esencial ofrecer a los emprendedores, actividades de
capacitación gratuitas así como charlas vinculadas con la temática emprendedora para
poner en práctica;
Que en este marco, se propone brindar a través de la modalidad virtual, cursos de
formación e intercambio de herramientas alternativas, con el objeto brindar a los
emprendedores ideas, experiencias y perspectivas de referentes del ecosistema,
quienes abordarán temáticas relacionadas al crecimiento profesional, emprendimiento
en marcha, ideación, expansión, mujeres emprendedoras, comunicación y oratoria,
triple impacto, equilibrio inteligente, Identidad de marca, análisis de datos, tecnologías
interactivas, inteligencia artificial, criptomonedas, fabricación digital, diseño de
producto, gestión de página web, herramientas digitales y Ciencia de datos;
Que dichos cursos se dictan de forma libre y gratuita, para todo vecino que desee
incorporar habilidades emprendedoras para la gestión o liderazgo de un proyecto, al
cual se inscribe a través del formulario de inscripción publicado en la página oficial de
Gobierno de la Ciudad.
Que en este contexto, esta Dirección General propicia la aprobación de la actividad
indicando que la misma no implicará erogación presupuestaria alguna para el
Gobierno de la Ciudad y que asimismo ayudará a potenciar habilidades
emprendedoras y promoverá el desarrollo académico de emprendedores mediante el
dictado de cursos virtuales;
Que por los motivos expuestos precedentemente, deviene necesario aprobar la
actividad de capacitación gratuita denominada "Academia BA Emprende", con el
objeto de brindar a los emprendedores herramientas virtuales a fin de promover y
difundir la práctica y la cultura emprendedora, sujeto a inscripción previa.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la actividad de capacitación gratuita "Academia BA Emprende-
Tercer bloque de cursos de formación para emprendedores", conforme los
lineamientos detallados en el Anexo I "Bases y Condiciones" (IF-2021- 15281564 -
GCABA-DGEMPRE), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la
presente Disposición.
Artículo 2°.- Apruébanse los Anexos I "Bases y Condiciones", (IF-2021-15281564-
GCABA-DGEMPRE), Anexo II" "Formulario de Inscripción" (IF-2021- 15281948-
GCABA-DGEMPRE), que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente
norma.
Artículo 3°.- Convóquese a toda persona humana mayor de 18 años que desee
incorporar herramientas emprendedoras participar del programa "Academia BA
Emprende- Tercer bloque de cursos de formación para emprendedores", edición 2021,
de conformidad con las Bases y Condiciones referidas en el Artículo 1°, quedando
habilitada la inscripción completando el formulario disponible
https://academiaba.buenosaires.gob.ar/cursos_presenciales/
Artículo 4°.- Difúndase la actividad a través de las redes sociales de la Dirección
General Emprendedores (Facebook, Linkedin, Instagram: BA Emprende).
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
en el sitio de internet del GCABA. Comuníquese a la Subsecretaría de Desarrollo
Económico. Cumplido, archívese. Saravia