ACORDADA ELECTORAL 5 2021 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - CRONOGRAMA ELECTORAL APROBADO POR ACORDADA ELECTORAL 4-21 - SE APRUEBA CRONOGRAMA ELECTORAL - ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIAS - ELECCIONES GENERALES -TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Publicación:

09/06/2021

Sanción:

04/06/2021

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


Buenos Aires, 4 de Junio de 2021

Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M.

Weinberg, vicepresidente, la jueza Marcela De Langhe y los jueces Alicia E. C. Ruiz y

Santiago Otamendi; y

CONSIDERAN:

En la Acordada Electoral n° 4/2021 el Tribunal Superior de Justicia aprobó el

cronograma electoral de conformidad con lo establecido en el decreto de convocatoria

n° 118/GCBA/2021 que dispuso la adhesión al régimen de simultaneidad de

elecciones previsto en la ley nacional n° 15.262 y en el artículo 46 de la ley nacional n°

26.571 para las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y para las

Elecciones Generales.

Recientemente se sancionó la ley nacional n° 27.631, publicada el 4 de junio de 2021

(Boletín Oficial de la República Argentina n° 34.671), que modifica por única vez la

fecha de los comicios, estableciendo para la realización de las elecciones primarias

abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) el segundo domingo de septiembre del

año 2021 y para las elecciones nacionales generales, el segundo domingo de

noviembre del año 2021.

En consecuencia, corresponde dejar sin efecto el citado cronograma electoral y

aprobar un cronograma que se adecue a las fechas en que se celebrarán los

mencionados comicios, esto es, el 12 de septiembre de 2021 las elecciones primarias

abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) y el 14 de noviembre de 2021 las

elecciones generales.

Por ello,

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA,

ACUERDA:

1. Dejar sin efecto el cronograma electoral aprobado por la Acordada Electoral n°

4/2021.

2. Aprobar el cronograma electoral que como Anexo integra esta Acordada.

3. Mandar que se registre, se ponga en conocimiento del Jefe de Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires, del Instituto de Gestión Electoral, del Ministro de Gobierno,

de la Subsecretaría de Asuntos Políticos y de la Dirección General de Reforma Política

y Electoral del GCBA, de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, del Ministerio

Público Fiscal, de la Auditoría General de la Ciudad, y del Juzgado Nacional en lo

Criminal y Correccional Federal n° 1 con competencia electoral en el distrito; y se

publique por un día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio web

electoral del Tribunal Superior de Justicia www.eleccionesciudad.gob.ar

El juez Luis Francisco Lozano no suscribe la presente por encontrarse en uso de

licencia. Weinberg - de Langhe - Ruiz - Otamendi


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 463-MJYSGC/21 detrmina para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12 de septiembre del 2021 el monto del aporte público para el financiamiento de la campaña electoral de los Partidos Políticos y Alianzas electorales.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 Acordada Electoral 5-TSJ-21 deja sin efecto la Acordada Electoral 4-TSJ-21</p>