DECRETO 203 2021

Síntesis:

SE APRUEBA - REGLAMENTACIÓN - LEY 6114 - LEY DE TRANSPARENCIA PRESUPUESTARIA -  ACCESO DE LA CIUDADANÍA A LA INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA -  CIUDADANOS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - PUBLICACIÓN PAGINA WEB GCBA - INFORMES - AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CRONOGRAMA - PARTICIPACIÓN CIUDADANA - PRESUPUESTO ABIERTO - ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA

Publicación:

15/06/2021

Sanción:

11/06/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Expediente

Electrónico N° 2021- 15.878.500-GCABA-DGOGPP, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.114 tiene por objeto garantizar el acceso de la ciudadanía a la

información pública presupuestaria en cualquier instancia del proceso de planificación

y evaluación del presupuesto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y garantizar las

practicas del presupuesto abierto entendido como la accesibilidad de los vecinos a la

información presupuestaria general, contable y financiera que hagan a la estructura

económica de gastos de la Ciudad;

Que el artículo 3° de la citada Ley establece que dicha norma será de aplicación

complementaria a lo dispuesto en las Leyes Nros. 70, 3.297 y 104, sus respectivas

modificatorias y sus decretos reglamentarios;

Que, asimismo, por el artículo 6° se establece que la autoridad de aplicación de la

misma será designada por el Poder Ejecutivo al momento de la reglamentación;

Que el artículo 10 dispone que en abril de cada año la autoridad de aplicación

publicará el cronograma orientativo de la publicación de los respectivos informes y de

las distintas etapas en la elaboración del proyecto de presupuesto por parte del Poder

Ejecutivo;

Que en consecuencia y a fin de establecer los lineamientos, pautas y plazos a los que

debe ceñirse la información a publicarse, de conformidad con lo normado por la Ley N°

6.114, resulta necesario proceder a la reglamentación de la misma.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo1°.- Apruébase la reglamentación de la Ley N° 6.114, que como Anexo I (IF-

2021-15882502-GCABA-DGOGPP) forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.-- Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la Ley de "Transparencia

Presupuestaria" a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que

resulten necesarias para la implementación de la Ley N° 6.114.

Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Direcciones Generales Contaduría del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y de Seguimiento Organismos de Control y Acceso a la Información del

Ministerio de Gobierno, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a

través de la Dirección General Asuntos Legislativos y a la Auditoría General de la

Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel p/p - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6149

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art 1° Resolucion 3131-MHFGC-21 aprueba  cronograma orientativo de publicación de  informes establecidos en la Ley  6114 y de las distintas etapas de la elaboración del Proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2022,<br />en el marco del art. 10 Anexo del Decreto  203-21.</p>
REGLAMENTA
<p>Anexo I del Decreto 203/2021 reglamenta a la Ley 6114 (arts 5, 6, 7, 10, 13, 14).</p><p>Art. 6 del Anexo I designa como Autoridad de Aplicación al Ministerio de Hacienda y Finanzas o el organismo que en un futuro lo reemplace.</p>