RESOLUCIÓN 28 2021 SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES

Síntesis:

SE DEROGA - RESOLUCIÓN 53-SSRIEI/20 - SE APRUEBA - PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LUGARES DE CULTO CELEBRACIONES LITÚRGICAS EN INSTITUCIONES RELIGIOSAS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

18/06/2021

Sanción:

16/06/2021

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-

PEN/20 y 167- PEN/21, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20,

15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21, las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20,

95-LCABA/20, 122-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9- LCABA/21 y 15-LCBABA/21, los

Decretos Nros. 463/19 y modificatorios y 206/21, la Resolución N° 53- SSRIEI/20, el

Expediente Electrónico N° 18129373-GCABA-SSRIEI/21, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) por el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de dicho decreto, el que

fue prorrogado por Decreto N° 167-PEN/21 hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que, para el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria hasta el 15 de junio

de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y

reducir el riesgo de propagación del contagio en la población, del virus COVID-19

(Coronavirus), prorrogándose dicha emergencia sucesivamente mediante los Decretos

de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21, hasta el

31 de julio de 2021;

Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-

LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21 y 15-LCBABA/21, la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20,

8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21 y 7/21, respectivamente;

Que, por Decreto N° 206/21, se autorizaron un conjunto de actividades identificadas en

el cronograma y con el alcance detallado en su Anexo I (IF-2021-17777392-GCABA-

MDEPGC), entre las que se encuentran las actividades de culto, a partir del día

viernes 18 de junio de 2021, en la franja horaria de 06:00 a 23:00 hs., con un

coeficiente de ocupación de las superficies cerradas del TREINTA POR CIENTO (30%)

del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada;

Que, por el citado decreto se estableció que, para el ejercicio de las actividades

autorizadas, se deberán dar cumplimiento a las pautas indicadas en los protocolos

aprobados para dichas actividades;

Que por NO-2021-18149827-GCABA-DGECUL, el Director General de Entidades y

Cultos solicita la aprobación de un nuevo protocolo para las actividades de culto, el

cual se elaboró a partir de los protocolos que fueran oportunamente aprobados por el

Ministerio de Salud;

Que, en atención al dictado de las normas reseñadas, resulta necesaria la

actualización del "PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LUGARES DE

CULTO Y CELEBRACIONES LITÚRGICAS EN INSTITUCIONES RELIGIOSAS" que

fuera aprobado por Resolución N° 53-SSRIEI/20;

Que, por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se asignó a la Subsecretaría de

Relaciones Internacionales e Institucionales "Asistir al Secretario en la articulación de

las relaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la comunidad y los cultos";

Que, previo al dictado de la presente, ha tomado intervención la Dirección General de

Coordinación Legal y Consolidación Normativa de la Secretaría Legal y Técnica;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 463/19 y sus

modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES INTERNACIONALES E

INSTITUCIONALES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el "PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE

LUGARES DE CULTO Y CELEBRACIONES LITÚRGICAS EN INSTITUCIONES

RELIGIOSAS" que, como ANEXO (IF-2021-18135891-GCABA-DGECUL), forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Derógase la Resolución N° 53-SSRIEI/20.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Resnicoff


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6152

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 28-SSRIEI/21 aprueba el PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LUGARES DE CULTO Y CELEBRACIONES LITÚRGICAS EN INSTITUCIONES RELIGIOSAS”, en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por DNU 1/2020.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 2 Resolucion 35-SSRIEI-21 deroga la Resolucion 28-SSRIEI-21.</p>
DEROGA
<p>Art. 2 de la Resolucion 28-SSRIEI/21 deroga la Resolución 53-SSRIEI/20.</p>