RESOLUCIÓN 643 2021 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE APRUEBA - CELEBRACIÓN - CONVENIO A SUSCRIBIRSE - CONSEJO DELOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - UBA - ASISTENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL

Publicación:

22/06/2021

Sanción:

16/06/2021

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 112-

GCABA/17, el Expediente Electrónico N° EX-2021-16919706- -GCABA-DGLTACDN, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 112-GCABA/17 el Jefe de Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires delegó la facultad de suscribir convenios de colaboración

técnica, científica o académica con entes públicos nacionales, provinciales,

municipales e internacionales;

Que mediante IF-2021- 17473436-GCABA-DGLTACDN la titular de la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa de este Organismo propicia la aprobación del

convenio de asistencia técnica a suscribirse entre este Consejo de los Derechos de

Niñas, Niños y Adolescentes y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad

de Buenos Aires (UBA), cuyo objeto es que la Facultad brinde Asistencia Técnica y

Profesional al Consejo, así como capacitación en los procesos, temas y/o áreas que

éste considere necesario abordar por este medio, a fin de analizar, evaluar y proponer

alternativas a los distintos problemas derivados de su gestión;

Que, asimismo, a través de la suscripción de este Convenio se pretende brindar una

oportunidad para el desarrollo profesional, permitiendo a su vez, la conformación de

grupos interdisciplinarios de trabajo que apoyen al personal de este Organismo;

Que, el referido Convenio se enmarca en el Convenio Marco N° 5, suscripto con fecha

11 de marzo de 1997, entre la UBA y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, por tratarse la UBA de un ente autárquico nacional, los pagos que deban

realizarse en virtud del Convenio de Asistencia Técnica que se aprueba por la

presente, serán depositados en la cuenta corriente de titularidad de la Facultad de

Económicas de la UBA en el Banco de la Nación Argentina;

Que la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA suscribió la Resolución 3382/21,

propiciando el presente convenio;

Que, por su parte, la Dirección Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la

Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, tomó intervención en el ámbito de

su competencia;

Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, resulta procedente dictar el

acto administrativo por el que se apruebe la celebración del convenio de asistencia

técnica a suscribirse entre este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes y la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA;

Que encontrándose vacante la Presidencia de este Consejo, corresponde a esta

Vicepresidente desempeñar tales funciones, de conformidad con lo normado por el

artículo 56, inciso a) de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347);

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 54, inciso n), de la Ley

N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y los Decretos N° 464/19 y 192/21,

LA VICEPRESIDENTE

DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruebase la celebración del convenio a suscribirse entre este Consejo de

los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Facultad de Ciencias Económicas

de la Universidad de Buenos Aires (UBA), que como Anexo IF-2021-18196572-

GCABA-CDNNyA forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Suscripto el convenio, y a los efectos de

su registración, remítase a la Dirección General de la Escribanía General de la

Secretaría Legal y Técnica de Jefatura de Gobierno por intermedio de la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo. Comuníquese a la Dirección

Operativa de Articulación Institucional Área Presidencia y a la Dirección Operativa de

Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y

Administrativa. Martínez Bedini


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6153

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución 57-CDNNYA/25 aprueba la prórroga del convenio suscripto entre este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA), mediante Resolución 643-CDNNYA/21</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 166/CDNNYA/24 aprueba la prórroga del convenio entre el Consejo de los Derechos de<br />Niñas, Niños y Adolescentes y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA) para el año 2024.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 35-CDNNYA/23 aprueba la prórroga del convenio, suscripto por la Resolucion N° 35-CDNNYA/23, entre este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA) para el año 2023.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° Resolucion N° 15-CDNNYA-22 -aprueba la Adenda que prorroga el convenio suscripto entre este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (prorroga clausula 9°)<br /> </p>