RESOLUCIÓN 18 2020 SUBSECRETARIA TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD
Síntesis:
SE SUSTITUYE - ANEXO - RESOLUCIÓN 11-SSTES/20 - APRENDE PROGRAMANDO VIRTUAL - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - OBJETIVOS - PARTICIPANTES - ESTUDIANTES - HERRAMIENTAS BÁSICAS DE PROGRAMACIÓN - MODALIDAD VIRTUAL - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE GESTIÓN ESTATAL O PRIVADA - ESCUELAS SECUNDARIAS - ESCUELAS TÉCNICAS - ADULTOS 2000 - FORMACIÓN SUPERIOR - CONVOCATORIA - INSCRIPCIÓN - EXTENSIÓN - ORGANIZACIÓN DE LA CURSADA - CONTENIDO DEL PROGRAMA - RECURSOS HUMANOS - AULA VIRTUAL - EVALUACIÓN - CERTIFICACIÓN
Publicación:
28/06/2021
Sanción:
21/08/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria, los
Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/20, N° 297/20 y N° 677/20, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el Decreto N° 463/19 y su modificatorio, la
Resolución Nacional N° 108-APNME/20, las Resoluciones Nros. 2.849-MEGC/16 y sus
modificatorias, 1.482-GCABA-MEDGC/20, 1.502-GCABA- MEDGC/20 y su ampliatoria
N° 1.559-GCABA-MEDGC/20, 11-SSTES/20, el Expediente Electrónico N° 18635863-
SSTES/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus
(COVID-19) se está propagando aceleradamente a nivel mundial y, a razón de ello, la
ha catalogado como una pandemia, la cual exige la adopción de diferentes medidas de
prevención y control con el objeto de atender la situación epidemiológica y reducir el
riesgo de propagación del contagio en la población;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20, el Poder Ejecutivo de la Nación,
amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional N°
27.541, por el plazo de Un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del Coronavirus (COVID-19);
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/20, se prorrogó hasta el 31 de agosto
de 2020 la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1/20,
Que posteriormente, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder
Ejecutivo de la Nación estableció para todo el territorio nacional, la medida de
"Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas,
vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del Coronavirus
(COVID-19);
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 677/20 el Poder Ejecutivo
Nacional decidió prorrogar la vigencia del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio"
dispuesto por el Decreto N° 297/20;
Que mediante la Resolución N° 1.482-GCABA-MEDGC/20 se estableció la suspensión
de las actividades educativas presenciales en todos los establecimientos
educativos/centros, tanto de gestión estatal como privada, en todos sus niveles y
modalidades, institutos de educación superior, educación formal y no formal, en
concordancia con los términos establecidos por la Resolución Nacional N° 108-APN-
ME/20 del Ministerio de Educación de la Nación;
Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que de acuerdo a lo establecido por la citada Ley, corresponde al Ministerio de
Educación "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social", así como "planificar y administrar los recursos del
sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que conforme el Decreto N° 463/19, y su modificatorio, la Subsecretaría Tecnología
Educativa y Sustentabilidad tiene entre sus responsabilidades primarias la de
"Investigar y promover la incorporación de tecnologías innovadoras para mejorar la
calidad educativa." y "Diseñar, coordinar e implementar el Plan Integral de Educación
Digital en todos los niveles del sistema educativo, en coordinación con las áreas
correspondientes del Ministerio.";
Que a través de la Resolución N° 2849-MEGC/16 y sus modificatorias se creó el
programa Aprendé Programando, a fin de formar a los estudiantes para que entiendan
la lógica digital y su funcionamiento, dotándolos de herramientas para que sean
capaces de usarlas para expresar ideas y solucionar problemas;
Que asimismo, con el objeto de adoptar las medidas que permitan continuar con las
actividades educativas ante la situación de emergencia sanitaria como consecuencia
de la pandemia de COVID-19, mediante la Resolución N° 11-SSTES/20 se creó el
Programa Aprendé Programando Virtual;
Que resulta oportuno incorporar entre los participantes del mismo, a aquellos alumnos
que se encuentren cursando, de manera regular, el 3° año de las escuelas técnicas del
Nivel Secundario de gestión estatal o privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
así como también de otra jurisdicción;
Que, a través de la Resolución N° 1.502-GCABA-MEDGC/20 y su ampliatoria la
Resolución N° 1.559-GCABA-MEDGC/20, se delegó de manera excepcional, en la
Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad en el marco de sus respectivas
competencias las facultades para la adopción de medidas y el dictado de los actos
administrativos que fueren necesarios para garantizar los servicios esenciales y para
el adecuado cumplimiento de las acciones y recomendaciones que disponga la
autoridad sanitaria, en el contexto de la emergencia y de la situación epidemiológica
ocasionada por el COVID-19 (Coronavirus);
Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que modifique el Anexo
de la Resolución N° 11-SSTES/2020;
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa ha tomado la
debida intervención;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, ha intervenido en el
ámbito de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2020-12221753-GCABA-SSTES) de la
Resolución N° 11-GCABA-SSTES/20, por el Anexo (IF-2020-19293973-GCABA-
SSTES), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos efectúense las comunicaciones oficiales a la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa. Cumplido,
archívese. Andres