RESOLUCIÓN 18 2020 SUBSECRETARIA TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD

Síntesis:

SE SUSTITUYE - ANEXO - RESOLUCIÓN 11-SSTES/20 - APRENDE PROGRAMANDO VIRTUAL - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - OBJETIVOS - PARTICIPANTES - ESTUDIANTES - HERRAMIENTAS BÁSICAS DE PROGRAMACIÓN - MODALIDAD VIRTUAL - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE GESTIÓN ESTATAL O PRIVADA - ESCUELAS SECUNDARIAS - ESCUELAS TÉCNICAS - ADULTOS 2000 - FORMACIÓN SUPERIOR - CONVOCATORIA - INSCRIPCIÓN - EXTENSIÓN - ORGANIZACIÓN DE LA CURSADA - CONTENIDO DEL PROGRAMA - RECURSOS HUMANOS - AULA VIRTUAL - EVALUACIÓN - CERTIFICACIÓN

Publicación:

28/06/2021

Sanción:

21/08/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria, los

Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/20, N° 297/20 y N° 677/20, el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el Decreto N° 463/19 y su modificatorio, la

Resolución Nacional N° 108-APNME/20, las Resoluciones Nros. 2.849-MEGC/16 y sus

modificatorias, 1.482-GCABA-MEDGC/20, 1.502-GCABA- MEDGC/20 y su ampliatoria

N° 1.559-GCABA-MEDGC/20, 11-SSTES/20, el Expediente Electrónico N° 18635863-

SSTES/20, y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus

(COVID-19) se está propagando aceleradamente a nivel mundial y, a razón de ello, la

ha catalogado como una pandemia, la cual exige la adopción de diferentes medidas de

prevención y control con el objeto de atender la situación epidemiológica y reducir el

riesgo de propagación del contagio en la población;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20, el Poder Ejecutivo de la Nación,

amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional N°

27.541, por el plazo de Un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del Coronavirus (COVID-19);

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/20, se prorrogó hasta el 31 de agosto

de 2020 la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1/20,

Que posteriormente, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder

Ejecutivo de la Nación estableció para todo el territorio nacional, la medida de

"Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas,

vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del Coronavirus

(COVID-19);

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 677/20 el Poder Ejecutivo

Nacional decidió prorrogar la vigencia del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio"

dispuesto por el Decreto N° 297/20;

Que mediante la Resolución N° 1.482-GCABA-MEDGC/20 se estableció la suspensión

de las actividades educativas presenciales en todos los establecimientos

educativos/centros, tanto de gestión estatal como privada, en todos sus niveles y

modalidades, institutos de educación superior, educación formal y no formal, en

concordancia con los términos establecidos por la Resolución Nacional N° 108-APN-

ME/20 del Ministerio de Educación de la Nación;

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que de acuerdo a lo establecido por la citada Ley, corresponde al Ministerio de

Educación "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social", así como "planificar y administrar los recursos del

sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que conforme el Decreto N° 463/19, y su modificatorio, la Subsecretaría Tecnología

Educativa y Sustentabilidad tiene entre sus responsabilidades primarias la de

"Investigar y promover la incorporación de tecnologías innovadoras para mejorar la

calidad educativa." y "Diseñar, coordinar e implementar el Plan Integral de Educación

Digital en todos los niveles del sistema educativo, en coordinación con las áreas

correspondientes del Ministerio.";

Que a través de la Resolución N° 2849-MEGC/16 y sus modificatorias se creó el

programa Aprendé Programando, a fin de formar a los estudiantes para que entiendan

la lógica digital y su funcionamiento, dotándolos de herramientas para que sean

capaces de usarlas para expresar ideas y solucionar problemas;

Que asimismo, con el objeto de adoptar las medidas que permitan continuar con las

actividades educativas ante la situación de emergencia sanitaria como consecuencia

de la pandemia de COVID-19, mediante la Resolución N° 11-SSTES/20 se creó el

Programa Aprendé Programando Virtual;

Que resulta oportuno incorporar entre los participantes del mismo, a aquellos alumnos

que se encuentren cursando, de manera regular, el 3° año de las escuelas técnicas del

Nivel Secundario de gestión estatal o privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

así como también de otra jurisdicción;

Que, a través de la Resolución N° 1.502-GCABA-MEDGC/20 y su ampliatoria la

Resolución N° 1.559-GCABA-MEDGC/20, se delegó de manera excepcional, en la

Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad en el marco de sus respectivas

competencias las facultades para la adopción de medidas y el dictado de los actos

administrativos que fueren necesarios para garantizar los servicios esenciales y para

el adecuado cumplimiento de las acciones y recomendaciones que disponga la

autoridad sanitaria, en el contexto de la emergencia y de la situación epidemiológica

ocasionada por el COVID-19 (Coronavirus);

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que modifique el Anexo

de la Resolución N° 11-SSTES/2020;

Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa ha tomado la

debida intervención;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, ha intervenido en el

ámbito de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL SUBSECRETARIO DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2020-12221753-GCABA-SSTES) de la

Resolución N° 11-GCABA-SSTES/20, por el Anexo (IF-2020-19293973-GCABA-

SSTES), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos efectúense las comunicaciones oficiales a la

Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa. Cumplido,

archívese. Andres


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6157

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 18-SSTES/20 <strong>(DEROGADA)</strong> sustituye el Anexo (IF-2020-12221753-GCABA-SSTES) de la Resolución 11-GCABA-SSTES/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 11/SSTES/21, deja sin efecto la Resolución 18-GCABA-SSTES/20.</p>