RESOLUCIÓN 11 2020 SUBSECRETARIA TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD
Síntesis:
SE CREA - PROGRAMA APRENDÉ PROGRAMANDO VIRTUAL - SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABLE - MODALIDAD - OBJETIVOS - CONVOCATORIA - PARTICIPANTES - AULA VIRTUAL - EVALUACION - CERTIFICACION - EXTENSION - ORGANIZACION DE CURSADA - CONTENIDO DEL PROGRAMA - RECURSOS - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
25/01/2021
Sanción:
29/04/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD
Estado:
No vigente
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 08 de julio del 2021.
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria, los
Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/20, N° 297/20 y N° 355/20, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el Decreto N° 463/19 y su modificatorio, la
Resolución Nacional N° 108-APNME/20, las Resoluciones Nros 2.849-MEGC/16,
3.369-MEIGC/19, 1.482-GCABA-MEDGC/20, 1502-MEDGC/20 y su ampliatoria, el
Expediente Electrónico N° 12.186.022-SSTES/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus
(COVID-19) se está propagando aceleradamente a nivel mundial y, a razón de ello, la
ha catalogado como una pandemia, la cual exige la adopción de diferentes medidas de
prevención y control con el objeto de atender la situación epidemiológica y reducir el
riesgo de propagación del contagio en la población;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20, el Poder Ejecutivo de la Nación,
amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional N°
27.541, por el plazo de Un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del Coronavirus (COVID-19);
Que posteriormente, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder
Ejecutivo de la Nación estableció para todo el territorio nacional, la medida de
"Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la prohibición de desplazarse por rutas,
vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del Coronavirus
(COVID-19);
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 355/20 el Poder Ejecutivo
Nacional decidió prorrogar la vigencia del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio"
dispuesto por el Decreto N° 297/20;
Que mediante la Resolución N° 1.482-GCABA-MEDGC/20 se estableció la suspensión
de las actividades educativas presenciales en todos los establecimientos
educativos/centros, tanto de gestión estatal como privada, en todos sus niveles y
modalidades, institutos de educación superior, educación formal y no formal, en
concordancia con los términos establecidos por la Resolución Nacional N° 108-APN-
ME/20 del Ministerio de Educación de la Nación;
Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que corresponde al Ministerio de Educación diseñar, promover, implementar y evaluar
las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e
integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, así como planificar y
administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que conforme el Decreto N° 463/19, y su modificatorio, la Subsecretaría Tecnología
Educativa y Sustentabilidad tiene entre sus responsabilidades primarias la de
"Investigar y promover la incorporación de tecnologías innovadoras para mejorar la
calidad educativa." y "Diseñar, coordinar e implementar el Plan Integral de Educación
Digital en todos los niveles del sistema educativo, en coordinación con las áreas
correspondientes del Ministerio.";
Que a través de la Resolución N° 2849-MEGC/16 y sus modificatorias se creó el
programa Aprende Programando, a fin de formar a los estudiantes para que entiendan
la lógica digital, su funcionamiento, dotándolos de herramientas para que sean
capaces de usarlas para expresar ideas y solucionar problemas;
Que dado el éxito del programa, resultó necesario extender el alcance del mismo para
los años sucesivos, afectando a un mayor número de alumnos que participen del
mismo e incorporando herramientas para el uso de nuevas tecnologías, que les
permita a los alumnos construir un futuro con más y mejores oportunidades,
reduciendo la brecha digital;
Que conforme ello, con el objetivo de ampliar el contenido del programa mediante la
Resolución N° 3369-MEIGC/19, se dejó sin efecto la Resolución N° 1856-MEGC/18 y
se sustituyó el Anexo de la Resolución N ° 2849-MEGC/16;
Que, en este contexto, a tenor del estado de emergencia sanitaria de público
conocimiento, resulta necesario aprobar la versión virtual del Programa Aprendé
Programando, adoptando así medidas que permitan continuar con las actividades
educativas;
Que en este marco, a través de la Resolución N° 1502-MEDGC/20 y su ampliatoria, se
delegó de manera excepcional, en la Subsecretaría de Tecnología Educativa y
Sustentabilidad en el marco de sus respectivas competencias las facultades para la
adopción de medidas y el dictado de los actos administrativos que fueren necesarios
para garantizar los servicios esenciales y para el adecuado cumplimiento de las
acciones y recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria, en el contexto de la
emergencia y de la situación epidemiológica ocasionada por el COVID-19
(Coronavirus);
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa ha tomado la
debida intervención;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, ha intervenido en el
ámbito de su competencia.
Por ello, en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Créase el Programa Aprendé Programando Virtual, de conformidad con
los objetivos y pautas que se establecen en el Anexo (IF-2020-12221753-GCABA-
SSTES), que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de Buenos
Aires. Para su conocimiento y demás efectos efectúense las comunicaciones oficiales
a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa. Cumplido,
archívese. Andrés