RESOLUCIÓN 1261 2022 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE SUSTITUYE ANEXO DE LA RESOLUCIÓN 2849-MEGC/16 - SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIONES 3369-MEIGC/19 Y 11-SSTES/20 - PROGRAMA APRENDE PROGRAMANDO - EMERGENCIA SANITARIA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - COVID-19 - CORONAVIRUS - VIRTUAL - PRESENCIAL - ALUMNOS - ALUMNAS
Publicación:
22/04/2022
Sanción:
31/03/2022
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463/19 y
sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 2.849-MEGC/16, 1.454-MEGC/17, 1.856-
MEGC/18, 3.369-GCABA-MEIGC/19, 11-GCABA-SSTES/20, 18-GCABA-SSTES/20 y
11-GCABA-SSTES/21, el Expediente Electrónico N° 10.875.380-GCABA-SSTES/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 6.292 de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece
que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad
con las facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación,
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que conforme al Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, que aprobaron la estructura
organizativa del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad tiene entre sus
responsabilidades primarias la de "Investigar y promover la incorporación de
tecnologías innovadoras para mejorar la calidad educativa" y la de "Diseñar, coordinar
e implementar el Plan Integral de Educación Digital en todos los niveles del sistema
educativo, en coordinación con las áreas correspondientes del Ministerio";
Que mediante la Resolución N° 2.849-MEGC/16 se creó el Programa "Aprende
Programando", a fin de formar a los estudiantes para que entiendan la lógica digital y
su funcionamiento, dotándolos de herramientas para que sean capaces de usarlas
para expresar ideas y solucionar problemas;
Que las Resoluciones Nros. 1.454-MEGC/17, 1.856-MEGC/18 y 3.369-GCABA-
MEIGC/19 modificaron parcialmente la Resolución N° 2.849-MEGC/16;
Que con el objeto de adoptar las medidas que permitieran continuar con las
actividades educativas ante la situación de emergencia sanitaria como consecuencia
de la pandemia de COVID-19 y la consecuente suspensión de actividades educativas
presenciales, mediante la Resolución N° 11-GCABA-SSTES/20 se creó el Programa
"Aprendé Programando Virtual";
Que ello permitió que las/os estudiantes pudieran seguir incorporando herramientas y
conocimientos de programación a través de una modalidad 100% virtual, brindándoles
distintos enfoques teóricos acompañados de ejercicios y proponiéndoles la realización
de distintos proyectos, con los que pondrían en práctica los conocimientos aprendidos
de manera remota, bajo la supervisión de los mentores;
Que posteriormente, las Resoluciones Nros. 18-GCABA-SSTES/20 y 11-GCABA-
SSTES/21 modificaron parcialmente la Resolución N° 11-GCABA-SSTES/20;
Que, en este sentido, cabe señalar que desde su creación el Programa "Aprendé
Programando Virtual" ha presentado un considerable éxito en la comunidad educativa,
participando del mismo una gran cantidad de estudiantes tanto de establecimientos
educativos de Gestión Estatal como Privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
así como también de otras jurisdicciones;
Que, en virtud de ello y a los fines de continuar permitiéndoles a las/os estudiantes
descubrir su vocación en el mundo de la tecnología resulta oportuno establecer que el
Programa "Aprendé Programando" podrá cursarse también de forma virtual con el fin
de que las/los estudiantes puedan optar por su modalidad de cursada;
Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
Que la medida que se propicia cuenta con reflejo presupuestario;
Que las Subsecretarías de Tecnología Educativa y Sustentabilidad y de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa tomaron la debida intervención;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención
que le compete.
Por ello, y de acuerdo con las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2016-17562744-DGTEDU) de la Resolución N°
2.849-MEGC/16 por el Anexo (IF-2022-12053625-GCABA--SSTES), el que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Déjanse sin efecto las Resoluciones Nros. 3.369-GCABA-MEIGC/19 y 11-
GCABA-SSTES/20.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2° de
la presente medida será deducido del presupuesto vigente: UE 586 - Programa 44 -
Actividad 150000 Partida 5.1.4.51 FF 11.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de
Tecnología Educativa y Sustentabilidad y de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa. Cumplido, archívese. Acuña