RESOLUCIÓN 3369 2019 MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN 1856-MEGC-18 - SE SUSTITUYE ANEXO - RESOLUCIÓN 2849-MEGC-16 - PROGRAMA APRENDE PROGRAMANDO - SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - DIRECCIÓN GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN
Publicación:
28/05/2019
Sanción:
17/05/2019
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION
Estado:
No vigente
VISTO: Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria
5.960, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 2849-MEGC/16,
N° 1454-MEGC/17, Resolución N° 1856-MEGC/18, el Expediente Electrónico N°
10.007.715-GCABA-DGTEDU/19, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 5.460 y su modificatoria 5.960, se aprueba la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al
Ministerio de Educación e Innovación;
Que la mencionada Ley establece en su artículo 20 que el Ministerio de Educación e
Innovación "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social", "planificar y administrar los recursos del sistema
educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "diseñar, promover
e implementar planes, programas, proyectos e instrumentos para el desarrollo de la
ciencia, la tecnología y la innovación", entre otras;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprueba la estructura
organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de la cual
se incluye al Ministerio de Educación e Innovación;
Que mediante la Resolución N° 2849-MEGC/16 se crea el Programa "Aprende
Programando" con el claro objetivo de enseñar a los alumnos que estén cursando los
dos últimos años de escuelas medias y técnicas de gestión estatal aprender a
programar, cuya virtud es aprender a pensar desarrollando el pensamiento
computacional que fomenta una forma de pensamiento más abstracta, analítica y en
búsqueda de la eficiencia;
Que el Programa "Aprende Programando" tiene como fin formar a los estudiantes para
que entiendan la lógica digital, su funcionamiento, dotándolos de herramientas para
que sean capaces de usarlas para expresar ideas y solucionar problemas;
Que asimismo conlleva la enseñanza de habilidades cognitivas y socioemocionales
que son multidisciplinares y favorecen el desarrollo de las llamadas habilidades
blandas, fomentando el pensamiento computacional, desarrollando habilidades y
competencias que podrán ser aplicadas en cualquier contexto de formación y laboral;
Que mediante la Resolución N° 1454-MEGC/17 se extiende el Programa mencionado
para los años sucesivos, afectando a un mayor número de alumnos que participen del
mismo e incorporando a los alumnos de adultos que se encuentran terminando la
secundaria y se incrementa el número de sedes en donde se dictarán las clases;
Que posteriormente, con el objetivo de ampliar el contenido del programa mediante la
Resolución N° 1856- MEGC/18 se dejó sin efecto la Resolución N° 1454-MEGC/17 y
se sustituyó el Anexo de la Resolución N° 2849-MEGC/16;
Que en este sentido y con el objeto de garantizar la continuidad de las políticas
educativas que el Ministerio de Educación e Innovación viene llevando a cabo, la
Dirección General de Tecnología Educativa considera necesario ampliar el programa,
incorporando herramientas para el uso de nuevas tecnologías, que les permita a los
alumnos, construir un futuro con más y mejores oportunidades, reduciendo la brecha
digital;
Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa
pertinente;
Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que las Subsecretarías de Planeamiento e Innovación Educativa y de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa tomaron la debida intervención;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y de acuerdo con las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto el Artículo 2 de la Resolución N° 1856-MEGC/18.
Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2016-17562744-DGTEDU) de la Resolución N°
2849-MEGC/16 por el Anexo (IF-2019-10173522-DGTEDU), el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto será afectado a la UE 586 - Programa 44 - Actividad 15.000 - Inciso 5.1.4 y
en la UE 581 - Programa 12 - Actividad 1.000 - Inciso 1.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías de
Planeamiento e Innovación Educativa y Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa, a las Direcciones Generales de Tecnología Educativa y Educación de
Gestión Estatal. Cumplido, archívese. Acuña