RESOLUCIÓN 1856 2018 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 1454-MEGC-17 - SUSTITUYE ANEXO RESOLUCIÓN 2849-MEGC-16 - PROGRAMA APRENDE PROGRAMANDO - PENSAMIENTO COMPUTACIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
27/04/2018
Sanción:
17/04/2018
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO:
La Ley N° 5460, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 2849-
MEGC/16, N° 1454-MEGC/17, el Expediente Electrónico N°
6.056.934/MGEYADGTEDU/18, y
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N° 5460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la mencionada Ley establece en su artículo 20, que el Ministerio de Educación
tiene entre sus objetivos "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social", "planificar y administrar los recursos del
sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "promover
y coordinar las acciones vinculadas con el fomento de la ciencia y la tecnología";
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprueba la estructura
organizativa del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 2849-MEGC/16 se crea el Programa "Aprende
Programando" con el claro objetivo de enseñar a los alumnos que estén cursando los
dos últimos años de escuelas medias y técnicas de gestión estatal aprender a
programar, cuya virtud es aprender a pensar desarrollando el pensamiento
computacional que fomenta una forma de pensamiento más abstracta, analítica y en
búsqueda de la eficiencia;
Que el Programa "Aprende Programando" tiene como fin formar a los estudiantes para
que entiendan la lógica digital, su funcionamiento, dotándolos de herramientas para
que sean capaces de usarlas para expresar ideas y solucionar problemas;
Que asimismo conlleva la enseñanza de habilidades cognitivas y socioemocionales
que son multidisciplinares y favorecen el desarrollo de las llamadas habilidades
blandas, fomentando el pensamiento computacional, desarrollando habilidades y
competencias que podrán ser aplicadas en cualquier contexto de formación y laboral;
Que posteriormente mediante la Resolución N° 1454-MEGC/17 se extiende el
Programa mencionado para los años sucesivos, afectando a un mayor número de
alumnos que participen del mismo e incorporando a los alumnos de adultos que se
encuentran terminando la secundaria y se incrementa el número de sedes en donde
se dictarán las clases;
Que teniendo en consideración el éxito del programa, resulta necesario extender
nuevamente el mismo para los años sucesivos, afectando a un número aún mayor de
alumnos que participen del mismo, como así también el agregado de un nuevo nivel e
incorporando el aprendizaje de nuevas tecnologías;
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 1454-MEGC/17 y
sustituir el Anexo de la Resolución N° 2849-MEGC/16;
"2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
Que en razón de lo expuesto corresponde el dictado de la norma administrativa
pertinente;
Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa tomó la debida
intervención;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y de acuerdo con las facultades legales que le son propias,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Artículo 1.- Déjase sin efecto la Resolución N° 1454-MEGC/17.
Artículo 2.- Sustitúyase el Anexo (IF-2016-17562744-DGTEDU) de la Resolución N°
2849-MEGC/16, por el Anexo (IF-2018-09159864-DGTEDU), el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 - UE 586 - Programa 44 - Actividad 15.000
- Inciso 1 - Fuente 11.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a la Subsecretaría de
Planeamiento e Innovación Educativa y a la Dirección General de Tecnología
Educativa. Cumplido, archívese. Acuña