RESOLUCIÓN 1609 2021 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE LLAMA - CONCURSO UNIFICADO - RESIDENCIAS BÁSICAS Y ARTICULADAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES HOSPITAL EL CRUCE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER - ALTA COMPLEJIDAD EN RED - SAMIC - HOSPITAL DE PEDIATRÍA SAMIC PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN - RESIDENCIAS BÁSICAS Y ARTICULADAS EN HOSPITALES E INSTITUTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y MUNICIPIOS ADHERIDOS AL SISTEMA PROVINCIAL - RESIDENCIAS BÁSICAS ARTICULADAS Y CONCURRENCIAS EN HOSPITALES E INSTITUTOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - RESIDENCIAS POST-BÁSICAS - SE APRUEBAN REGLAMENTOS - RESIDENCIAS MEDICAS - SE CREA COMITE TECNICO - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

06/07/2021

Sanción:

01/07/2021

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146 (textos consolidados por Ley

N° 6.347), el Decreto N° 96/12, las Resoluciones Nros. 2036/MSGC/14 y

1923/MSGC/20, el Convenio registrado bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, y el

Expediente N° 18026259/GCABA-DGDIYDP/2021, y

CONSIDERANDO:

Que las Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo de Salud y de

Enfermería, aprobadas por las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146,

respectivamente, constituyen sistemas remunerados de capacitación a tiempo

completos, con actividad supervisada y programada;

Que el Sistema de Concurrencias, reglamentado por la Resolución N° 2036/MSGC/14,

constituye un sistema honorario de capacitación profesional de posgrado a tiempo

parcial, al que se ingresa por el mismo concurso que las residencias y siguiendo las

mismas condiciones de evaluación;

Que en las normas previamente señaladas se encuentra establecida la obligatoriedad

del ingreso a los Sistemas de Residencias y Concurrencias a través de concurso

llamado por el Departamento Ejecutivo;

Que por Decreto N° 96/12 se encomendó al Ministerio de Salud la convocatoria al

concurso anual de residentes;

Que con fecha 6 de noviembre de 2018 se suscribió un convenio con la Secretaría de

Gobierno de Salud de la Nación, registrado bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, por el

cual se establecieron las condiciones de cooperación para la implementación conjunta

del Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas;

Que el mismo favorece el acceso democrático y equitativo a la oferta de residencias

médicas, a la vez que brinda mayor transparencia y previsibilidad y aporta información

sobre las preferencias y formaciones de los postulantes;

Que, asimismo, se ha coordinado con el Ministerio de Salud de la Nación y con el

Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires la implementación de un concurso

unificado, acordándose el reglamento y cronograma común, así como la utilización del

Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas (EU), la realización de exámenes

específicos unificados para residencias básicas y residencias post-básicas del equipo

de Salud y la creación de un Comité Técnico con integrantes de las respectivas

jurisdicciones;

Que resulta necesario facultar a la Dirección General de Docencia, Investigación y

Desarrollo Profesional a distribuir los cupos de concurrentes, según capacidad

formativa de las sedes;

Que, en virtud de la Resolución N° 1923/MSGC/20, el Ciclo Lectivo 2021 tendrá

comienzo el 1° de octubre y finalizará el 30 de septiembre del año siguiente;

Que el aspirante a una residencia debe tener no más de cinco (5) años de egresado

desde la fecha de obtención del título habilitante hasta la fecha de cierre de inscripción

al Concurso, con excepción de las residencias post-básicas, en cuyo caso podrá tener

hasta ocho (8) años;

Que, en años anteriores, el cierre de inscripción del Concurso tenía como fecha el mes

de marzo, acorde con el inicio del Ciclo Lectivo en fecha 1° de junio, por lo que para el

presente año la fecha de cierre de inscripción pasará a ser el 8 de julio en virtud del

inicio del Ciclo Lectivo el 1° de octubre;

Que dicho aplazamiento de la fecha de cierre de inscripción imposibilitaría la

participación de aspirantes que, en el marco del cronograma tradicional, hubiesen

podido participar del Concurso por última vez, atento haberse recibido en los meses de

marzo, abril, mayo o junio;

Que de manera excepcional se considera necesario atender a la situación de estos

postulantes que ya se encontraban preparados para rendir el examen.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 96/12,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Llámase al "Concurso Unificado de Residencias Básicas y Articuladas del

Equipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales, Hospital El Cruce -"Dr.

Néstor Carlos Kirchner"- Alta Complejidad en Red SAMIC; Hospital de Pediatría

SAMIC "Prof. Dr. Juan P. Garrahan", Residencias Básicas y Articuladas en Hospitales

e Institutos de la Provincia de Buenos Aires y Municipios adheridos al Sistema

Provincial, y Residencias Básicas, Articuladas y Concurrencias en Hospitales e

Institutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", correspondiente al Ciclo Lectivo

2021, el que se llevará a cabo conforme se estipula en los Anexos I y III aprobados por

este acto.

Artículo 2°.- Llámase al "Concurso Unificado de Residencias Post-Básicas del Equipo

de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales, Hospital El Cruce -"Dr. Néstor

Carlos Kirchner"- Alta Complejidad en Red - SAMIC y el Hospital de Pediatría SAMIC

"Prof. Dr. Juan P. Garrahan", Hospitales e Instituciones de la Provincia de Buenos

Aires, Municipios adheridos al Sistema Provincial y Hospitales e Instituciones de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires", correspondiente al Ciclo Lectivo 2021, el que se

llevará a cabo conforme se estipula en los Anexos II y III aprobados por este acto.

Artículo 3°. Establécese el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas como

instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias y concurrencias

médicas, bioquímicas y de enfermería y la realización de exámenes específicos

unificados para residencias básicas y residencias post-básicas del Equipo de Salud.

Artículo 4°. Apruébase el Reglamento del Concurso Unificado 2021 para las

Residencias Básicas y Articuladas y Concurrencias como Anexo I (IF-2021-18837184-

GCABA-DGDIYDP), el Reglamento del Concurso Unificado 2021 para las Residencias

Post-Básicas como Anexo II (IF-2021-18838226-GCABA-DGDIYDP) y el Cronograma

del Concurso Unificado 2021 para las Residencias Básicas, Articuladas y Post-básicas

y Concurrencias como Anexo III (IF-2021-18838546-GCABA-DGDIYDP), los cuales

forman parte integrante del presente acto.

Artículo 5°. Créase el Comité Técnico del Concurso, que será presidido en forma

conjunta por la Subsecretaría de Gestión de la Información, Educación Permanente y

Fiscalización del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, por la Secretaría

de Regulación y Gestión Sanitaria e Institutos del Ministerio de Salud y Desarrollo

Social de la Nación, y por la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red

del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y coordinado

técnicamente en igual forma, por la Dirección de Formación y Educación Permanente,

por la Dirección Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional y por la Dirección

General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, dependientes,

respectivamente, de las mencionadas jurisdicciones.

Artículo 6°. El Comité creado por el artículo anterior estará integrado por

representantes de las dependencias competentes en docencia e investigación de las

instituciones comprendidas en este concurso y del Ministerio de Salud de la Provincia

de Buenos Aires, los que actuarán "adhonorem" y serán designados de acuerdo a las

respectivas reglamentaciones de las instituciones mencionadas.

Artículo 7°. El Comité Técnico del Concurso tendrá como principales funciones:

resolver y dictaminar sobre todas aquellas diferencias que surjan de interpretaciones

del reglamento y de la conversión de los promedios; redefinir la modalidad de

inscripción y de adjudicación de las especialidades post-básicas; confeccionar y

modificar el Cronograma en cualquier etapa del concurso; establecer o designar el

lugar, día y horarios para la adjudicación y re adjudicaciones; definir empates y

cuestiones referidas a la valoración de antecedentes que no puedan ser resueltos por

los mecanismos establecidos en el presente reglamento; resolver la adhesión de

nuevas instituciones al Concurso Unificado siempre y cuando sea previo a la

publicación de los cupos.

Artículo 8°.- Establécese que el Concurso Unificado 2021 proveerá de hasta 941

(novecientos cuarenta y uno) cargos de residentes para los Sistemas de Residencias

del Equipo de Salud, Apoyo al Equipo de Salud y Enfermería.

Artículo 9°.- Déjase establecido que la distribución de los cargos de residentes será

fijada en resolución posterior, a propuesta de la Dirección General de Docencia,

Investigación y Desarrollo Profesional.

Artículo 10.- Facúltase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo

Profesional a definir el número y distribución de los cargos de concurrentes, según

capacidad formativa de las sedes.

Artículo 11.- El Ciclo Lectivo 2021 tendrá comienzo el 1° de octubre y finalizará el 30

de septiembre del año siguiente, conforme lo establecido en la Resolución N°

1923/MSGC/20.

Artículo 12.- Establécese que podrán aspirar a residencias básicas y articuladas los/as

postulantes con título habilitante expedido con posterioridad al 1° de marzo de 2016 y

que podrán aspirar a residencias post-básicas los/as postulantes con título habilitante

expedido con posterioridad al 1° de marzo de 2013, en virtud de los argumentos

vertidos en los Considerandos de la presente.

Artículo 13.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, tomará los recaudos necesarios

para la atención del gasto ocasionado por el cumplimiento del presente.

Artículo 14.- Publíquese durante dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y en la página web de la Dirección General de Docencia,

Investigación y Desarrollo Profesional y pase, para su conocimiento y demás efectos,

a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Resolucion 1609-MSGC-21 llama a Concursos Unificados de Residencias Basicas y Articuladas y Residencias Post - Basicas del Euipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales en el marco de la Ordenanza 40997.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3304-MSGC/21 la distribución de los 941 (novecientos cuarenta y uno) cargos de Residentes de Primer Año para el Ciclo Lectivo 2021 de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo de Salud y de Enfermería, correspondientes al Concurso Unificado de Residencias del Equipo de Salud y al Concurso Unificado de Residencias Post-Básicas del Equipo de Salud llamados por la Resolución N° 1609-MSGC/21.</p>
INTEGRA
<p>Resolucion 1609-MSGC-21 llama a Concursos Unificados de Residencias Basicas y Articuladas y Residencias Post - Basicas del Euipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales en el marco de la Ordenanza 40997.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art 1°.Resolucion 1609-MSGC-21  llama al Concurso Unificado de Residencias Básicas y Articuladas del<br />Equipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales correspondiente al Ciclo Lectivo 2021en el marco de la Resolucion 1923-MSGC-20.</p><p>Art 2°.llama  al Concurso Unificado de Residencias Post-Básicas del Equipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales,<br /> </p>