DISPOSICIÓN 140 2021 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

Síntesis:

SE AUTORIZA LA INSCRIPCIÓN DE OFICIO DE LOS NACIMIENTOS OCURRIDOS EN LOS MESES DE JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE DE 2020 - RECIÉN NACIDOS - NIÑAS - NIÑOS - INSCRIPCIONES - REGISTRO CIVIL - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

08/07/2021

Sanción:

30/06/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS


VISTO: La Ley Nacional 26.413, el Decreto CABA 463/2019 y complementarios, la

Disposición N° 18/DGRC/18, la DI-59-2021-DGRC, la DI-105-2021- DGRC, la NO-

2021-19497418-GCABA-DGRC, el EX-2020-10848592-GCABA-DGRC, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 26.413 en su artículo 2° establece que el Registro del Estado

Civil y Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos provinciales y de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estará a cargo de un Director General;

Que el Decreto CABA 463/2019 establece la estructura orgánica del Ministerio de

Gobierno y de la Dirección Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas;

Que de las normas precedentes, se infiere que el legislador le otorgó a cada

jurisdicción territorial y al Director General del Registro en cuestión, cierto margen de

discrecionalidad organizacional;

Que la Disposición N° 59/2021/DGRC, dispuso en su artículo 1° autorizar la inscripción

de oficio de los nacimientos ocurridos dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, durante los meses de enero, febrero y marzo de 2020, de conformidad

con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 26.413 y artículo 1° del Anexo de la

Disposición N° 18/DGRC/18, lo que ha sido prorrogado mediante Disposición N°

105/2021/DGRC para los meses de abril, mayo y junio de 2020;

Que la situación epidemiológica de público conocimiento persiste, razón por la cual por

NO-2021-19497418-GCABA-DGRC, esta Dirección ha solicitado la proyección de una

Disposición autorizando la inscripción de oficio de los nacimientos ocurridos en esta

Ciudad en los meses de julio, agosto y septiembre de 2020, en aquellos casos en que

los progenitores no hayan comparecido a hacerlo;

Que la medida administrativa objeto de evaluación, se enmarca dentro de la lógica que

los trámites administrativos deben ser facilitadores de los derechos en cabeza de los

ciudadanos y no un obstáculo burocrático, teñido de obsoletas e innecesarias

exigencias, que atentan contra el adecuado acceso al ejercicio de los derechos;

Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención que le corresponde de su

competencia.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO

DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

DISPONE

Artículo 1°.- Autorícese la inscripción de oficio de los nacimientos ocurridos dentro del

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relación a los meses de julio,

agosto y septiembre de 2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la

Ley 26.413 y artículo 1° del Anexo de la Disposición N° 18/DGRC/18.

Artículo 2°.- Comuníquese a las Gerencias Operativas Legal, Documentación y

Cercanía con el Ciudadano, Registración e Inscripciones, Archivo y Soporte

Administrativo, y a todos los oficiales públicos y agentes de esta Dirección General

que intervengan en el trámite en cuestión y a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno. Publíquese y cumplido, archívese.

Bargallo Benegas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 140-DGRC/21 autoriza la inscripción de oficio de los nacimientos ocurridos dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relación a los meses de julio, agosto y septiembre de 2020, complementando lo establecido por Disposición 59-DGRC/21.</p>