DISPOSICIÓN 6 2021 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
SE APRUEBA REALIZACIÓN - TALLER - LA REPRESENTACIÓN DEL JUEGO Y LOS JUGUETES EN LIBROS ANTIGUOS - REDESCUBRIENDO EL ABASTO - CHARLA - INMIGRACIÓN Y DIVERSIDAD CULTURAL EN EL ABASTO - PANEL DE EXPOSICIÓN - PATRIMONIO E INFANCIA RECONECTANDO CON SUS CULTURAS - ESPECTÁCULO MUSICAL - LAS HERMANAS FETÉN FETÉN VIVENCIA TANGUERA - LIBRE Y GRATUITO - SE APRUEBA - CRONOGRAMA - CONTENIDOS - CUPOS - METODOLOGÍA DE INSCRIPCIÓN - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - MAYORES Y MENORES DE 18 AÑOS - DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO - JULIO 2021
Publicación:
12/07/2021
Sanción:
30/06/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado según Ley N°6.347), los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020, y sus prórrogas, N° 381/PEN/21, N°
1/GCABA/20 y sus prórrogas, N.° 8/21, la Disposición DI-2021-2-GCABA-DGPSE, el
EX-18836032-DGPSE-2021, y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley
Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial
de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1)
año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto; Que por Decreto de Necesidad
y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de atender y
adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del
contagio en la población del coronavirus (COVID-19), prorrogándose dicha emergencia
mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y 5/21
hasta el 31 de marzo de 2021;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20 y 9-LCABA/21, la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20,
8/20, 12/20, 15/20, 16/20 y 17/20 respectivamente;
Que, por otro lado, por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional
N° 297-PEN/20 y sus sucesivas prórrogas se dispuso la medida de "aislamiento social,
preventivo y obligatorio";
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 334-
PEN/21, se dictaron nuevas medidas preventivas hasta el 11 de junio de 2021;
Que, a su vez, la Ley N° 6.384 prorrogó la declaración de emergencia de la situación
económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuada por Ley N
6.301 hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que con fecha 5 de marzo de 2021 se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia
N°5/21, prorrogándose hasta el 31 de marzo de 2021, la emergencia sanitaria
declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de atender y adoptar
las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio
en la población del coronavirus (COVID-19), contemplando el funcionamiento de las
actividades autorizadas en el marco de los protocolos aprobados para cada caso;
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 8/21, prorrogó la emergencia
sanitaria hasta el 31 de julio de 2021;
Que por la Ley N°6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347), se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de
Dirección General;
Que por el citado Decreto y sus posteriores modificatorios, se estableció dentro de las
responsabilidades primarias de la Dirección General de Planificación y Seguimiento la
de "coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito
cultural", entre otras;
Que, mediante Disposición DI-2021-2-GCABA-DGPSE, se creó la actividad
"Patrimonio e Identidad Abasto", con miras a la implementación de una serie de
actividades, talleres y encuentros organizados en conjunto con emprendedores y
organizaciones barriales, espacios culturales independientes, con el objeto de brindar
a los actores público y privados integrantes de la comunidad y del ecosistema cultural
de la Ciudad de Buenos Aires nuevas plataformas para la investigación,
experimentación y creación artística y cultural;
Que la noción de patrimonio se crea desde la infancia de manera casi imperceptible, a
través de la mediación con objetos y recuerdos que remiten a situaciones y personas
que generan en cada uno un sentido de pertenencia y de identidad;
Que, en dicho marco, bajo la temática Patrimonio e infancia, resulta de interés
implementar un panel de exposición, talleres con diferentes propuestas, charla y
espectáculo musical para diferentes públicos y acompañar el receso escolar de los
niñas y niños junto a sus familias;
Que este ciclo se presenta como una oportunidad para el trabajo interdisciplinario y
transversal en la comunidad que promoverá la difusión y la comunicación del
patrimonio a nivel general y específicamente a los más jóvenes;
Que las actividades descritas en el Anexo I DI-2021-19493635-GCABA-DGPSE donde
se consigna el cronograma, los contenidos temáticos, la metodología de inscripción y
la planificación del panel de exposición, talleres, charla y espectáculo dirigidos a niñas
y niños, jóvenes y adultas organizados por DGPSE, conforman espacios propicios de
intercambio y enriquecimiento mutuo;
Que, debido a la modalidad de taller, resulta necesario establecer cupos para la
participación, conforme se consigna en el Anexo I DI-2021-19493635-GCABA-DGPSE
de la presente, para asegurar el desarrollo óptimo de la actividad, con participación
gratuita;
Que tales actividades se implementarán en modalidad virtual y remota, en estricta
observancia de los protocolos de emergencia sanitaria que se encuentren vigentes,
con participación libre y gratuita en el enlace que consta en el Anexo de la presente;
Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Apruébase la realización del taller "La representación del juego y los
juguetes en libros antiguos"a realizarse el martes 6 de julio de 17 a 19 horas y el
martes 14 de julio de 17 a 18 horas; la charla "Inmigración y diversidad cultural en el
Abasto" a realizarse el miércoles 7 y el miércoles 14 de julio de 16 a 17 horas; el panel
de exposición "Patrimonio e infancia: Reconectando con sus culturas" a realizarse el
viernes 16 de julio de 18:30 a 20 horas; el taller "Arte Reciclaje" a realizarse el sábado
17 de julio de 17 a 18 horas; el taller "Redescubriendo el Abasto" a realizarse el jueves
22 y jueves 29 de julio de 17 a 18 horas y el espectáculo musical "Las hermanas Fetén
Fetén: vivencia tanguera", todas con participación gratuita, de forma libre o con los
cupos establecidos en el Anexo I, según corresponda a cada actividad.
Artículo 2°.- Apruébase el cronograma, contenidos, cupos y metodología de inscripción
descritos en el Anexo I DI-2021-19493635-GCABA-DGPSE que forma parte integral de
la presente disposición.
Artículo 3°.- Apruébase el formulario de inscripción para mayores de 18 años
identificado como Anexo II DI-2021-19494439-GCABA-DGPSE que forma parte
integral de la presente disposición.
Artículo 4°.- Apruébase el formulario de inscripción para menores de 18 años
identificado como Anexo III DI-2021-19495108-GCABA-DGPSE que forma parte
integral de la presente disposición.
Artículo 5°.- Invítase a los vecinos de la Ciudad a la programación de actividades que
se detallan en el Anexo de la presente.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y
demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Suárez