RESOLUCIÓN 54 2021 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE MODIFICA - ANEXO IV - RESOLUCIÓN N° 5-SGCBA/11 - ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD - SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA - SINDICATURA GENERAL - VIGENCIA ESPECIAL
Publicación:
12/07/2021
Sanción:
06/07/2021
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70
(BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 40-
SGCBA/12 (BOCBA N° 3.891), N° 111- SGCBA/20 (BOCBA N° 6.018) y N° 1.884-
MHFGC/21 (BOCBA 6.133), el Expediente Electrónico N° 19.224.561-GCABA-
GGTALSGCBA/21, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que por Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se fijan los Sistemas de
Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y se establecen la organización y funcionamiento de sus
órganos;
Que por la mencionada Ley, en el artículo 130, inciso 2), se otorga al/la Síndico/a
General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la
Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de
administración de personal;
Que conforme las atribuciones establecidas en el inciso 8) del artículo citado
anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba
los gastos del Organismo;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11, se aprueba el Sistema de Carrera Administrativa
de esta Sindicatura General;
Que el Anexo IV, Título I, de la citada Resolución, y modificatorios, establecen los
diferentes niveles salariales del Personal de Planta Permanente de la Sindicatura
General de la Ciudad;
Que por Resolución N° 40-SGCBA/12, se modifica el artículo 15 del Anexo I de la
Resolución N° 5-SGCBA/11, correspondiente al valor de la Unidad Retributiva;
Que por Resolución N° 111-SGCBA/20, se sustituye el artículo 4° del Anexo IV de la
Resolución N° 5-SGCBA/11, correspondiente al "Adicional por Antigüedad", a partir del
día 1° de diciembre de 2020;
Que por Resolución N° 1.884-MHFGC/21, se instrumentó el Acta de Negociación
Colectiva N° 01/21, celebrada en el marco de la Comisión Paritaria Central, entre los
representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato
Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires; mediante la cual se
acuerda, entre otras cosas, otorgar un incremento en el Adicional por Antigüedad para
el personal de Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que en virtud de lo expuesto, y siguiendo los lineamientos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, deviene necesario adecuar el Adicional por Antigüedad
establecido en el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la
Ciudad;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 19.981.562-GCABA-
GGTALSGCBA/21.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 130, incisos 2) y 8) de la
Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347),
Artículo 1°.- Sustitúyase, a partir del día 1° de julio de 2021, el artículo 4° del Anexo IV
de la Resolución N° 5-SGCBA/11, el que quedará redactado conforme se detalla en el
Anexo, IF N° 20.104.361-GCABA-GGTALSGCBA/21, que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Déjase sin efecto, a partir del día 1° de julio de 2021, la Resolución N°
111-SGCBA/20.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda