RESOLUCIÓN 2843 1999 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO, CON EL SEÑOR PABLO COLANTONE

Publicación:

14/12/1999

Sanción:

18/11/1999

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 0076-CVD ex MCBA-97, y

CONSIDERANDO:

Que por el indicado Registro tramita la presentación efectuada por la firma MI PLATITO S.R.L. gestionando la verificación de un crédito originado por el servicio de comedor, refrigerios y viandas prestado en comedores escolares dependientes de la Secretaría de Educación de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por las tareas indicadas, reclamó acreencias, posterires al 6-8-96, por un monto de pesos quinientos noventa mil ochocientos quince con cincuenta y cuatro centavos ($ 590.815,54);

Que en el diligenciamiento de su petición intervino la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires la cual impuso a la misma el procedimiento previsto por el Decreto N° 225-GCBA-96 y sus normas complementarias;

Que posteriormente se presentó el Señor Pablo Colantone como cesionario del crédito reclamado, acompañando documentación justificatoria del carácter invocado, y a quien se le transmitieron las opciones de pago para satisfacerle la deuda verificada, luego de haberse practicado, a la misma, una reducción del orden del diez punto treinta por ciento (10,30 %) según readecuación de precios efectuada en comedores escolares de acuerdo con la Licitación Pública N° 38 /97;

Que el Señor Pablo Colantone también fue cesionario de otros créditos cuyas verificaciones culminaron con la suscripción de las respectivas Actas Acuerdo, en las que se dejó expresado el desistimiento del acreedor a cualquier otro reclamo administrativo o judicial, sin tenerse en cuenta el trámite ya iniciado del presente crédito;

Que sin perjuicio del desistimiento oportunamente comprometido, corresponde rectificar el error en que se ha incurrido atendiendo a que la verificación intentada en estas actuaciones ya se encontraba en trámite en oportunidad de suscribirse las Actas Acuerdo de los Registros N° 0048-CVD ex MCBA-97 y N° 0082-CVD ex MCBA-97, correspondiendo en consecuencia continuar con la verificación del presente;

Que las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, con relación a créditos posteriores al 6-8-96, han verificado, al 19 de noviembre de 1998, la suma de pesos ciento treinta y ocho mil quinientos cincuenta y seis con cuarenta y seis centavos ($ 138.556,46);

Que dicho monto resulta de deducir pesos setenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y tres con veintitrés centavos ($ 72.443,23) -por la readecuación mencionada- del total liquidado de pesos setecientos tres mil trescientos veintitrés con treinta y tres centavos ($ 703.323,33) y efectuar las deducciones de pesos cuatrocientos noventa y dos mil trescientos treinta y dos con sesenta y cuatro centavos ($ 492.332,64) en concepto de pagos a cuenta realizados y de pesos veinticinco con sesenta y tres centavos ($ 25,63) por multa aplicada según Resolución N° 18/96, en la Carpeta N° 5.806-DGCG-96;

Que el indicado importe de pesos ciento treinta y ocho mil quinientos cincuenta y seis con cuarenta y seis centavos ($ 138.556,46) debe ser reconocido como crédito a percibir por el cesionario señor Pablo Colantone, en los términos del Art. 14, Inc. a) del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que el nombrado aceptó cobrar su acreencias, sin quita alguna, en veinticuatro (24) cuotas mensuales a partir del 1° de enero de1998;

Que el monto de cada obligación devengará un interés a la tasa fija del doce por ciento (12 %) efectivo anual desde el vencimiento incluido en cada una de ellas y hasta la fecha prevista para la cancelación total de la deuda, siguiendo la propuesta aceptada;

Que los pagos de referencia se documentarán mediante pagarés Decreto N° 225-GCBA-96 emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos, y con cláusula sin protesto;

Que el primer instrumento cancelatorio de la obligación se satisfará a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe será del valor de una (1) cuota con más un único adicional equivalente a los montos sumados de aquellas vencidas a la indicada fecha y conforme al ofrecimiento de pago conformado (Art.1° incisos a) y b) de la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97);

Que la suma resultante, relacionada en el párrafo precedente, se verá afectada por la retención correspondiente en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;

Que los restantes pagarés, por los importes pertinentes, también tendrán incorporados los intereses sobre saldos de acuerdo al sistema francés de amortización a la tasa fija del doce por ciento (12 %) efectivo anual referenciada ut supra;

Que los mismos serán cancelados mensual y consecutivamente -luego de cumplida la primera obligación- de acuerdo con la recordada alternativa de cobro decidido por el interesado;

Que en su Dictamen del 14 de octubre de 1999, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires manifestó su conformidad con la suscripción del documento de estilo por el cual se materializare lo acordado por las partes, diligencia formalizada, a través de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, mediante Acta de fecha 5 de noviembre de 1999;

Que con tales intervenciones se ha dado cumplimiento, respectivamente, a lo establecido por los artículos 8° y 9° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Por ello, y conforme con lo establecido en el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 5 de noviembre de 1999, por la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y el señor Pablo Colantone (D.N.I. N° 06.561.545), que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Secretaría de Educación, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría.

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