RESOLUCIÓN 2801 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBAN - LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE INFORMES DE PRESUPUESTO CIUDADANO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Publicación:

15/07/2021

Sanción:

12/07/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 6.114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 203/21, el

Expediente Electrónico N° 15878500-GCABA-DGOGPP/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) tiene por objeto garantizar el

acceso de la ciudadanía a la información pública presupuestaria en cualquier instancia

del proceso de planificación y evaluación del presupuesto de la Ciudad de Buenos

Aires y garantizar las practicas del presupuesto abierto entendido como la

accesibilidad de los vecinos a la información presupuestaria general, contable y

financiera que hagan a la estructura económica de gastos de la Ciudad conforme lo

establece la misma y su reglamentación;

Que el artículo 11 de la ley mencionada establece que la información contenida en los

incisos a), e) y f) de su artículo 7° será complementada con un respectivo informe de

"presupuesto ciudadano";

Que por su parte, la Cláusula Transitoria Segunda de la Ley N° 6.114 dispone que la

Autoridad de Aplicación hará pública una propuesta de Lineamientos para el

Presupuesto Ciudadano con la información mínima que los informes deberán incluir en

cumplimiento con las directivas establecidas en dicha ley;

Que, de igual forma, la misma cláusula establece que en el mismo acto en que se

haga la propuesta de lineamientos se debe fijar el plazo de cinco (5) días hábiles para

la recepción de observaciones ciudadanas respecto de tal propuesta;

Que mediante el Decreto N° 203/21 se reglamentó la citada Ley N° 6.114;

Que a través del artículo 6° del Anexo del decreto mencionado se designó como

Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.114 al Ministerio de Hacienda y Finanzas o el

organismo que en el futuro lo reemplace;

Que, corresponde establecer la propuesta de los lineamientos básicos para la

elaboración de los distintos informes de Presupuesto Ciudadano especificados en el

artículo 11 de la Ley N° 6.114;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Ley N° 6114,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo1°.- Apruébense los Lineamientos para la elaboración de los informes de

Presupuesto Ciudadano determinados en el artículo 11 de la Ley N° 6.114, que como

Anexo (IF-2021-18515270-GCABA-DGOGPP) y a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que la información contemplada en el Anexo es la mínima

que deberán contener los distintos informes de Presupuesto Ciudadano.

Artículo 3°.- Fijase el plazo de cinco (5) días hábiles a partir del 10 de agosto de 2021

para la recepción de observaciones ciudadanas respecto de los Lineamientos

aprobados por el artículo 1°. Las observaciones ser remitidas por correo electrónico a

la casilla lineamientospresupuestociudadano@buenosaires.gob.ar, individualizando el

remitente con nombre, apellido y núdeben mero de documento.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Contaduría y a la Legislatura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires a través de la Dirección General Asuntos Legislativos y a

la Auditoría General de la Ciudad, y para su conocimiento y demás efectos, a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.

Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6171

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 2801-MHFGC/21 aprueba los Lineamientos para la elaboración de los informes de Presupuesto Ciudadano determinados en el artículo 11 de la Ley N° 6114.</p>