RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 637 2021 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SE HACE SABER - NOTIFICACIONES DE TODOS LOS PROCESOS JUDICIALES - QUE TRAMITEN POR ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD - DONDE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SEA PARTE - DEBEN SER PRACTICADAS - DOMICILIO ELECTRÓNICO CONSTITUIDO POR LA RESOLUCIÓN 108-PG-21 - MEDIANTE EL USO - SISTEMA EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO

Publicación:

19/07/2021

Sanción:

13/07/2021

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: La Ley N°6402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el TEA A-01-

00007646-1/2021 mediante el cual se pone en conocimiento la Resolución 108-GCBA-

PG2021 referido al Domicilio Electrónico del GCBA, la Resolución 285-GCBA-PG-

2020, el Dictamen CAGyMJ N° 13, y

CONSIDERANDO:

Que a fin de continuar con la prestación del servicio de justicia a través del expediente

digital, mediante Resolución CM N° 59/2020, se ordenó que las notificaciones

judiciales se canalicen vía correo electrónico mientras dure el esquema sanitario en

análisis. También, entre otras medidas para afrontar la pandemia, se dispuso la

canalización de peticiones mediante el uso del Sistema Expediente Judicial Electrónico

EJE o presentadas ante el Portal del Litigante.

Que en el marco de dicha acciones la Procuración General de la CABA dicta la

Resolución N° 108/2021 GCABA-PG, y da a conocer el domicilio electrónico que fijará

para todas las actuaciones que tramiten ante el Poder Judicial de la Ciudad,

circunstancia que exige que sea puesta en conocimiento de todos los juzgados del

fuero Contencioso, Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (CATyRC)

y del fuero Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas (PPJCyF).

Que el Consejo de la Magistratura debe impulsar las acciones necesarias para hacer

operativa la constitución de dicho domicilio, pues con ello se favorecerá la

administración de justicia en el entorno de la emergencia sanitaria, lo cual requiere

modificaciones en el entorno tecnológico del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y el

Portal del Litigante.

Que la Secretaria de Innovación ha tomado intervención en el ámbito de sus

competencias, tras evaluar la necesidad de adecuar la normativa vigente a los

cambios que se vienen desarrollando, a partir del expediente judicial electrónico, y

conjuntamente con la Dirección General de Informática y Tecnología, constituyendo el

domicilio electrónico de GCBA para operar en EJE y Portal del Litigante.

Que la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial se ha expresado

favorablemente mediante Dictamen CAGyMJ N° 13/2021 proponiendo a la Presidencia

del Consejo de la Magistratura el dictado de la presente resolución.

Que la Presidencia del Consejo resulta competente para el dictado de la misma

conforme la delegación dispuesta en el art. 3 de la Res. CM N° 19/2019 en lo

concerniente al EJE

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 25, Inc. 4, de la Ley 31,

LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Hágase saber a los órganos jurisdiccionales de los distintos fueros e instancias

del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que todas las

notificaciones - incluidos los traslados de la demanda- de todos los procesos judiciales

que tramiten por ante el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

donde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea parte - deben ser

practicadas al domicilio electrónico constituido por la Resolución PG GCBA- N°

108/2021, mediante el uso del Sistema Expediente Judicial Electrónico EJE y/o del

Portal Litigante según corresponda, con exclusión de las ejecuciones fiscales a cargo

de los Mandatarios Fiscales del GCABA.

Art. 2°; Instruir a la Dirección General de Informática y Tecnología, arbitrar los medios

necesarios a efectos de realizar las modificaciones necesarias al Sistema de Gestión

Expediente Judicial Electrónico (EJE) y el Portal del Litigante (PDL).

Art. 3°: Regístrese, comuníquese vía electrónica a los Sres. Consejeros, a la

Secretaría Legal y Técnica, a la Secretaría de Administración General y Presupuesto

del Poder Judicial, a la Secretaría de Innovación, a la Dirección General de informática

y Tecnología, y a todas las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad, al Tribunal

Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los

Ministerios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Cámaras de

Apelaciones, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

publíquese en la página de Internet consejo.jusbaires.gob.ar, en el boletín oficial de la

Ciudad de Buenos Aires, y oportunamente, archívese. Maques

Tipo de relación

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Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución de Presidencia N° 637-CMCABA/21 hace saber a los órganos jurisdiccionales de los distintos fueros e instancias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que todas las notificaciones - incluidos los traslados de la demanda- de todos los procesos judiciales que tramiten por ante el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y donde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea parte - deben ser practicadas al domicilio electrónico constituido por la Resolución 108-PG/21.</p>