RESOLUCIÓN 482 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 82-MHFGC/21 - SE ESTABLECE - VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - MÓDULO RETRIBUTIVO PARA EL PERSONAL NO POLICIAL -MONOPOL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - VALOR DEL SUPLEMENTO POR SERVICIO EN LA VÍA PÚBLICA - VALOR DEL SUPLEMENTO POR PRESENTISMO - MARZO - JULIO - AGOSTO - SEPTIEMBRE - OCTUBRE NOVIEMBRE - DICIEMBRE
Publicación:
30/07/2021
Sanción:
28/07/2021
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Leyes Nros. 6.292 y 5.688 (conforme textos consolidados por Ley N°
6.347), el Decretos N° 47/17 y sus modificatorios, las Resoluciones de Firma Conjunta
Nros. 53-GCABA-MHFGC/21, 82- GCABA-MHFGC/21 y su modificatoria 234-GCABA-
MHFGC/21 y el Expediente Electrónico EX-2021- 21078587- -GCABA-DGCOMP, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.347) dispuso la creación de la
Policía de la Ciudad;
Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en
el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico
correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje
del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos
Retributivos Policiales (MOPOL);
Que en la misma norma se decretó que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y
que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial
(MONOPOL);
Que en el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los Ministerios de
Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, en forma conjunta, a fijar
el valor de los Módulos Retributivos referidos;
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta Nro. 82-GCABA-MHFGC/21 y su
modificatoria N° 234-GCABA-MHFGC/21, se estableció la última actualización de los
valores del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el
Personal No Policial (MONOPOL), ambos creados por el artículo 2° del Decreto N°
47/17;
Que, asimismo, en el artículo 6° del Anexo I del Decreto N° 47/17 y sus modificatorios,
se establecieron los suplementos para el personal con estado policial;
Que, asimismo, por artículos 16 y 18, se definieron los suplementos por Servicio en la
Vía Pública y Presentismo, respectivamente, ambos de carácter no remunerativo y no
bonificable;
Que en los artículos 17 y 18 del Anexo referenciado se determinó que el monto de los
suplementos en cuestión es establecido por resolución conjunta de los Ministros de
Justicia y Seguridad y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 53-GCABA-MHFGC/21, se estableció la última actualización
de los valores de los suplementos en cuestión;
Que resulta oportuno establecer una actualización de los Módulos Retributivos citados
conforme la pauta salarial para el año 2021, como así también de los suplementos por
servicio en la vía pública y presentismo;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente;
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 (Texto
consolidado Ley 6.347), y por el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Modifícase la Resolución N° 82-GCABA-MHFGC/21 (modificada por la
Resolución N° 234-GCABA-MHFGC/21), la cual quedará redactada de la siguiente
manera: "Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de marzo de 2021, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS VEINTISÉIS CON 6284/10000 ($ 26,6284).
Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de marzo de 2021, el valor del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del
Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS TREINTA Y TRES CON 3252/10000 ($
33,3252).
Artículo 3°.- Establecer, a partir del 1° de julio de 2021, el valor del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS
VEINTINUEVE CON 5230/10000 ($ 29,5230).
Artículo 4°.- Establecer a partir del 1° de julio de 2021, el valor del Módulo Retributivo
para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°
47/17 en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS CON 9478/10000 ($ 36,9478).
Artículo 5°.- Establecer, a partir del 1° de agosto de 2021, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS TREINTA CON 9704/10000 ($ 30,9704).
Artículo 6°.- Establecer a partir del 1° de agosto de 2021, el valor del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del
Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS TREINTA Y OCHO CON 7592/10000 ($
38,7592).
Artículo 7°.- Establecer, a partir del 1° de septiembre de 2021, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS TREINTA Y DOS CON 4177/10000 ($ 32,4177).
Artículo 8°.- Establecer a partir del 1° de septiembre de 2021, el valor del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del
Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CUARENTA CON 5705/10000 ($ 40,5705).
Artículo 9°.- Establecer, a partir del 1° de octubre de 2021, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS TREINTA Y TRES CON 8651/10000 ($ 33,8651).
Artículo 10.- Establecer a partir del 1° de octubre de 2021, el valor del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del
Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS CON 3819/10000 ($
42,3819).
Artículo 11.- Establecer, a partir del 1° de noviembre de 2021, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS TREINTA Y CINCO CON 3124/10000 ($ 35,3124).
Artículo 12.- Establecer a partir del 1° de noviembre de 2021, el valor del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del
Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO CON 1932/10000 ($
44,1932).
Artículo 13.- Establecer a partir del 1° de julio de 2021 el valor del Suplemento por
Servicio en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en
la suma fija de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 5.589.-).
Artículo 14.- Establecer a partir del 1° de diciembre de 2021 el valor del Suplemento
por Servicio en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N°
47/17 en la suma fija de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS CUATRO ($ 6.804.-).
Artículo 15.- Establecer a partir del 1° de julio de 2021 el valor del Suplemento por
Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma fija
de PESOS DOS MIL QUINIENTOS TREINTA ($ 2.530.-).
Artículo 16.- Establecer a partir del 1° de diciembre de 2021 el valor del Suplemento
por Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma
fija de PESOS TRES MIL OCHENTA ($ 3.080.-).
Artículo 17.- Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,
15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus
modificatorios se ajustan en la misma proporción e idéntico cronograma de aplicación,
que el salario básico indicado en los artículos 1 a 12 de la presente.
Artículo 18.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes."
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el
Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y
Finanzas; a la Secretaría de Justicia y Seguridad, a la Subsecretaría Capital Humano,
a la Dirección General Compensaciones y a la Dirección General Administración de
Recursos Humanos del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de
Seguridad Pública, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.
D'Alessandro - Mura