RESOLUCIÓN 727 2021 SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED
Síntesis:
SE DEROGA - RESOLUCIÓN 859-SSPSGER/20 - SE APRUEBA - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS DE CORONAVIRUS - COVID-19 - EN RESIDENCIAS GERIÁTRICAS - MEDIDAS INSTITUCIONALES EN PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
02/08/2021
Sanción:
28/07/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la
Organización Panamericana de la Salud, las Leyes N° 27.541 y 5.670, los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 167/PEN/21, 287/PEN/21,
334/PEN/21, 381/PEN/21,411/PEN/21 y 455/PEN/21, la Ley N° 6.292, el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21, el Decreto
N° 147/GCBA/20, la Resolución N°842/SSPSGER/20, la Resolución N°
859/SSPSGER/20 y EX- 2020-12449355-GCABA-DGPLO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional
N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto, término que fuera prorrogado por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de
2021;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21 y 8/21 hasta el 31 de julio de 2021;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21 y 74-
LCABA/21, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos
de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21 y
8/21, respectivamente
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 287-
PEN/21, modificado por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 334-PEN/21,
381-PEN/21 y 411-PEN/21, se establecieron medidas generales de prevención y
disposiciones locales y focalizadas de contención de contagios respecto del
Coronavirus (COVID-19).
Que dichas medidas fueron prorrogadas por Decretos de Necesidad y Urgencia Nro.
455-PEN/21 hasta el día 6 de agosto de 2021 inclusive.
Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas de
máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia
Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior
a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la
situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios.
Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el
"PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS
DE CORONAVIRUS COVID-19" el cual contempla la adopción de medidas que
garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus
(COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de
investigación, prevención y control pertinentes.
Que por Resolución N° 859/SSPSGER/20 se aprobó el "PROTOCOLO DE
ACTUACIÓN PARA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS;
CONTINGENCIA Y DERIVACIÓN DE CASOS CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS
(COVID-19) EN RESIDENCIAS GERIÁTRICAS", mediante el cual se establecieron los
lineamientos, pautas y demás medidas para prevenir la propagación del virus COVID-
19 (Coronavirus) en las residencias geriátricas privadas en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Que la situación epidemiológica de la Ciudad muestra una mejoría progresiva.
Que, en este contexto de mejora de los parámetros epidemiológicos, no es menor
indicar que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la campaña de vacunación
muestra una aceleración de la velocidad en su implementación en las últimas semanas
habiéndose logrado vacunar a un alto porcentaje de la población mayor de 18 años,
mostrando un importante beneficio sobre la población objetivo.
Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19, y la actual situación
epidemiológica en el ámbito de la Ciudad, es que resulta pertinente realizar la
actualización del "PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA PREVENCIÓN Y MANEJO
DE CASOS SOSPECHOSOS, CONTINGENCIA Y DERIVACIÓN DE CASOS
CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19) EN RESIDENCIAS
GERIÁTRICAS.".
Que la Ley N° 5670 establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud, el
cual debe regular la actividad de los Establecimientos privados para personas mayores
que presten servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N°
6.292 y el Decreto N °147/GCBA/20;
Artículo 1°.- Apruébese el "PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA PREVENCIÓN Y
MANEJO DE CASOS DE CORONAVIRUS (COVID-19) EN RESIDENCIAS
GERIÁTRICAS. MEDIDAS INSTITUCIONALES EN PANDEMIA"", que como Anexo I
(IF-2021-22204433-GCABA-DGPLO) forma parte Integrante de la presente
Resolución."-
Artículo 2°. - Derógase la Resolución N° 859/SSPSGER/20.-
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,
archivese. Ferrante