DISPOSICIÓN 1123 2019 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Síntesis:
SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE CONSERVACIÓN DE FACHADAS - MANUAL DEL USUARIO - DIRECCION GENERAL FISCALIZACION Y CONTROL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
Publicación:
18/08/2021
Sanción:
28/11/2019
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
VISTO: LAS LEYES N° 6116, N° 2624 (TEXTO CONSOLIDADO POR LA LEY N° 6017
405/AGC-2019, EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 36527983/AGC/2019, EL
DICTÁMEN LEGAL y;
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley 6116 la Legislatura de la ciudad aprobó la modificación de las
Leyes N° 257/1999 y la Ordenanza N° 40.473/1984;
Que a través del Decreto 151/AJG/2019 el Jefe de Gobierno en el artículo 1° designó a
la Agencia Gubernamental de Control como autoridad de aplicación de la Ley N° 257
(texto consolidado por la Ley 6017) y su modificatoria la Ley 6116;
Que el artículo 3° del mismo decreto faculta a la Agencia Gubernamental de Control a
dictar los actos administrativos y las normas complementarias, aclaratorias y
operativas que resulten necesarias para la instrumentación y procedimiento de la Ley
257;
Que, mediante la Resolución N° 405-AGC/2019 el Director Ejecutivo de la Agencia
Gubernamental de Control aprobó el anexo IV "Conservación de fachadas" en el cual
se estableció el procedimiento aplicable para el debido cumplimiento de la normativa;
Que el artículo 4° del mismo plexo normativo facultó a esta Dirección General de
Fiscalización y Control de Obras a dictar los actos administrativos y normas
complementarias y aclaratorias de la Ley N° 257;
Que en el marco de la readecuación al nuevo procedimiento de presentación de los
certificados de conservación en forma digital, resulta necesario aprobar el manual del
usuario para la "Conservación de Fachadas";
Por ello, y visto lo manifestado en el Dictamen Legal y en uso de las que le fueran
conferidas por la Resolución 405-AGC/2019;
Artículo 1°.- Apruébase el Procedimiento de "Conservación de Fachadas Manual del
usuario" obrante en el Anexo I de la presente (IF-2019-36572643-GCABA-DGFYCO)
que forma parte integrante de la presente.-
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a los Consejos Profesionales CPAU, CPIC. Cumplido Archívese.
Alonso