DISPOSICIÓN 30 2021 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ENTUR

Síntesis:

SE APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA - LEY N° 104 - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ENTE DE TURISMO

Publicación:

19/08/2021

Sanción:

12/03/2021

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ENTUR


VISTO: Las Leyes Nros. 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347), 104 (texto

subrogado por la Ley N° 5.784) y 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el

Decreto N° 260-GCABA/17, la Resolución N° 7- ENTUR/21, el Expediente Electrónico

N° 8.420.618-GCABA-ENTUR/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347) fijó los sistemas de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y

estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que por Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se creó el Ente de Turismo

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Secretaría General y

Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto

de diseñar y ejecutar políticas y programas de promoción, desarrollo y fomento del

turismo como actividad económica estratégica de la Ciudad;

Que mediante la Ley N° 104 (texto subrogado por la Ley N° 5.784) se garantiza el

acceso a la información pública y se establecen los lineamientos a tener en cuenta por

las áreas de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de garantizar

dicho acceso;

Que por Decreto N° 260-GCABA/17 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 104

(texto subrogado por la Ley N° 5.784);

Que, mediante nota N° NO-2019-06964394-DGSOCAI, la Dirección General

Seguimiento de Organismos de Control y Acceso al Información, órgano de aplicación

de la referida Ley, ha remitido un "Modelo de Protocolo de Tramitación de Solicitudes

Acceso a la Información Pública (Ley 104)" como documento de apoyo para

estandarizar los mecanismos de tramitación de solicitudes de información pública y

mejorar el cumplimiento de los plazos legales y calidad de las respuestas brindadas

por las distintas reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, la Resolución N° 7-ENTUR/21, estableció entre las responsabilidades primarias

de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires la de "[i]ntervenir en el cumplimiento de los

procedimientos administrativos previstos en la Ley N° 104 (Acceso a la Información

Pública)...";

Que el artículo 122 inciso 1 de la Ley N° 70 establece que el titular de cada jurisdicción

o entidad dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es responsable de

la implantación y mantenimiento de un adecuado sistema de control interno, que

incluye instrumentos de control previo y posterior incorporados en la estructura

organizativa, el plan de organización y los reglamentos y manuales de procedimiento

de cada organismo, que tendrán en cuenta las normas de control interno que dicte la

Sindicatura General y de la adopción de las medidas necesarias para su efectivo

cumplimiento;

Que, a los fines de agilizar y lograr una mayor eficiencia y eficacia en relación a los

pedidos de acceso a la información pública, así como también establecer un adecuado

control en el trámite de los mismos, corresponde aprobar el "Manual de Procedimiento

para la Tramitación de Solicitudes de Información Pública Ley N° 104" respecto de

las competencias de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ente

de Turismo;

Que en ese sentido corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Que la Gerencia Operativa Coordinación Administrativa y Legal ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, en uso de las competencias establecidas en la Resolución N° 7-ENTUR/21,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO,

ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL ENTE DE TURISMO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el "Manual de Procedimiento para la Tramitación de Solicitudes

de Información Pública Ley N° 104" respecto de las competencias de la Dirección

General Técnica Administrativa y Legal de este Ente de Turismo, el cual como Anexo

(IF-2021-08485077-GCABA-DGTALET) forma parte de la presente disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todas las reparticiones que forman parte del Ente de Turismo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Galante


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6196

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art 1° de la Disposición 30/DGTALET/21 aprueba el “Manual de Procedimiento para la Tramitación de Solicitudes de Información Pública – Ley N° 104” respecto de las competencias de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo</p>