RESOLUCIÓN 2761 2021 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE ESTABLECE - DISTINCIÓN DE PATROCINADORES - RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN CULTURAL DE LA CIUDAD - MEDIANTE PUBLICACIÓN DE SU IDENTIDAD - PLATAFORMA VIVAMOS CULTURA - FORMULARIO DE REQUERIMIENTO Y AUTORIZACIÓN - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

25/08/2021

Sanción:

12/08/2021

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


Texto actualizado

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Fecha de última actualización: 22/10/2024

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VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.

6.026 y 6.292 (texto consolidado por Ley 6.347), el Decreto N° 155/2019, la

Resolución N° 1478/MCGC/2021, el Expediente Electrónico N°2021-23623128-

GCABA-DGDCC, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32

establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras";

Que por la Ley N° 6.026 (texto consolidado por Ley 6347), se creó el Régimen de

Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinado a estimular e

incentivar la participación privada para el financiamiento de proyectos culturales;

Que el artículo 12° de la mencionada Ley establece que podrán ser patrocinadores

todos los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires que aporten al financiamiento de proyectos culturales

aprobados en el marco del Régimen establecido;

Que el Decreto N° 155/2019 aprobó la reglamentación de la referida Ley y facultó al

Ministerio de Cultura, en su calidad de autoridad de aplicación, a dictar las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para la aplicación de

dicha reglamentación;

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley 6347) se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose

entre ellos al Ministerio de Cultura;

Que el artículo 22° de la citada Ley establece entre las atribuciones del Ministerio de

Cultura la de diseñar e implementar las políticas, planes y programas tendientes a

preservar y acrecentar el acervo cultural, y la fomentar y estimular la creación artística

y el desarrollo científico a través del reconocimiento económico y el estímulo al mérito;

Que por medio de la Resolución N° 1478/MCGC/21 se aprobó el procedimiento

atinente a la presentación de solicitudes de inclusión al Régimen de Participación

Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se considera valioso y conducente realizar un reconocimiento y distinción a todas

aquellas personas humanas y jurídicas que hayan participado como patrocinadores

dentro del Régimen de Participación Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, como

forma de estímulo y promoción de la actividad cultural;

Que resulta oportuno meritar y distinguir a aquellos patrocinadores que así lo

requieran, publicando su identidad en la plataforma de difusión cultural propia del

Ministerio de Cultura, "Vivamos Cultura";

Que dichas distinciones y publicaciones no representarán erogación alguna para el

Ministerio de Cultura;

Que, en ese sentido, es necesario establecer las condiciones mediante las cuales los

patrocinadores del Régimen de Participación Cultural de la Ciudad de Buenos Aires

soliciten la publicación de su identidad en la mencionada plataforma.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese la distinción de aquellos patrocinadores del Régimen de

Participación Cultural de la Ciudad de Buenos Aires que así lo requieran, mediante la

publicación de su identidad asociada a su condición de aportante al Régimen creado

por Ley N° 6.026 en la plataforma "Vivamos Cultura".

Artículo 2°.- Determínase que la inclusión de la identidad de los patrocinadores del

Régimen de Participación Cultural de la Ciudad de Buenos Aires en la plataforma

"Vivamos Cultura" se realizará a requerimiento del patrocinante, mediante la remisión

del formulario aprobado como Anexo I "Formulario de requerimiento y autorización" (IF

N° IF-2021-23642801-GCABA-DGDCC), a la casilla de correo

institucionales.cultura@buenosaires.gob.ar.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6200

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 2761-MCGC/21 establece la distinción de aquellos patrocinadores del Régimen de Participación Cultural de la Ciudad que así lo requieran, mediante la publicación de su identidad asociada a su condición de aportante al Régimen creado por Ley N° 6026 en la plataforma “Vivamos Cultura”.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3889/MCGC/24 modifica el Artículo 1°de la Resolución N° 2761-MCGC/21.</p><p>Artículo 2° modifica el Artículo 2° de la Resolución 2761-MCGC/21.</p>