DISPOSICIÓN 1660 2021 DIRECCION GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO

Síntesis:

SE APRUEBA - ACTIVIDAD MUJERES CAPACITANDO - FORMACIÓN PROFESIONAL SICA APMA - BA AUDIOVISUAL - SE APRUEBAN - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - SE CONVOCA - PROFESIONALES DE LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL 

Publicación:

30/08/2021

Sanción:

25/08/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20, 875/PEN/20 y

1/GCABA/20 sus prórrogas y modificatorios la Ley N° 6.292, los Decretos N°

463/GCABA/19 y N° 87/GCABA/21, el Expediente Electrónico N° EX-2021-21956269-

GCABA-DGDCC, EX-2021-25034823-GCABA-DGDCC y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los

Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran

conferidas por la misma, contemplando al Ministerio de Cultura;

Que la citada norma estableció, asimismo, las responsabilidades y objetivos del

mencionado Ministerio, dentro de los cuales se encuentran la de "Diseñar e

implementar las políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el

acervo cultural", entre otros;

Que mediante el Decreto N° 463/GCABA/19, y sus modificatorios se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando dentro del Ministerio de Cultura a la

Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo;

Que por Decreto N° 87/GCABA/21, actualmente vigente, modificó la estructura

organizativa del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires estableciendo a la Subgerencia Operativa Desarrollo Audiovisual bajo la órbita

de la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo determinando dentro de sus

acciones las de: "Asistir a la Dirección General en el diseño de las políticas referidas al

estímulo de las producciones audiovisuales integrando al sector privado al quehacer

público", así como la de "Desarrollar y ejecutar programas que impulsen la innovación

y convergencia tecnológica de la producción audiovisual";

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°

297/PEN/20 y sus prórrogas, se dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y

obligatorio;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°

875/PEN/2020 y sus prórrogas, se dispuso la medida de "distanciamiento social,

preventivo y obligatorio" en los términos allí señalados;

Que, en ese sentido por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/20 y sus

prórrogas y modificatorios, se declaró la emergencia sanitaria a los fines de atender y

adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del

contagio en la población del coronavirus (COVID19);

Que la industria audiovisual es considerada parte de las industrias creativas ya que

utiliza la creatividad y el capital intelectual como principales insumos, así como

también, incluye actividades económicas que conjugan creación, producción y

comercialización de bienes y servicios;

Que resulta necesario capacitar y fortalecer a los distintos actores de la industria

audiovisual;

Que mediante EX-2021-21956269-GCABA-DGDCC se suscribió un Convenio de

Colaboración entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato

de la Industria Cinematográfica Argentina, Animación, Publicidad y Medios

Audiovisuales (SICAAPMA) el cual tiene por finalidad establecer una relación de

colaboración y cooperación mutua entre las PARTES, con el objetivo de favorecer,

apoyar y contribuir el desarrollo de la actividad audiovisual en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. En dicho Convenio, el Sindicato de la Industria

Cinematográfica Argentina, Animación, Publicidad y Medios Audiovisuales

(SICAAPMA) se compromete a poner a disposición del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, capacitaciones, asistencias técnicas, herramientas

innovadoras del oficio audiovisual, a fin de colaborar en el crecimiento, expansión y

desarrollo del sector, como así también, brindar espacios a mujeres profesionales de la

industria como capacitadoras e interlocutoras de las nuevas técnicas de trabajo.

Que, en este contexto, se considera valioso y conducente realizar la actividad

"MUJERES CAPACITANDO" CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SICA APMA

- BA AUDIOVISUAL, la cual se llevará a cabo entre los meses de Septiembre a

Diciembre del año 2021, desde una plataforma on line;

Que el objetivo de la presente actividad es trabajar conjuntamente con los actores del

sector audiovisual para brindar oportunidades de actualización profesional y técnica a

trabajadores de la industria, dar un lugar a mujeres profesionales de la industria como

capacitadoras e interlocutoras de las nuevas técnicas de trabajo en el sector, abrir

espacios donde técnicos y trabajadores de la industria puedan compartir su

conocimiento y acercar herramientas del oficio audiovisual que colaboren con su

crecimiento, expansión y posibilidades de innovación, preparar a los profesionales

para desenvolverse correctamente en un sector en constante evolución;

Que dicha actividad está destinada a todos aquellos actores afines a la industria

audiovisual, con acceso libre y gratuito;

Por ello y en uso de facultades que le son propias;

LA DIRECTORA GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO

DISPONE:

Artículo 1°: Apruébase la actividad "MUJERES CAPACITANDO" CURSOS DE

FORMACIÓN PROFESIONAL SICA APMA - BA AUDIOVISUAL, a realizarse entre los

meses de Septiembre y Diciembre del año 2021, de manera on line, conforme lo

establecido en el Anexo I "Bases y Condiciones "MUJERES CAPACITANDO"

CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SICA APMA - BA AUDIOVISUAL" (IF-

20212-25197429-GCABA-DGDCC), que forma parte de la presente norma.

Artículo 2°: Apruébase el Anexo II - "Formulario de Inscripción" (IF-2021- 25199519-

GCABA-DGDCC), que forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 3°: Convócase a los profesionales de la industria audiovisual a participar en

las Capacitaciones "MUJERES CAPACITANDO" CURSOS DE FORMACIÓN

PROFESIONAL SICA APMA - BA AUDIOVISUAL de manera libre y gratuita.

Artículo 4°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura.

Cumplido, archívese. Scillama


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6203- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6203- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 1660/DGDCC/21 aprueba la actividad MUJERES CAPACITANDO CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL SICA APMA - BA AUDIOVISUAL, en el marco del DNU 1/20.</p>