RESOLUCIÓN 2892 2021 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE ESTABLECE - DISTINCIÓN DE PERSONAS HUMANAS O JURÍDICAS - HAYAN INTERVENIDO COMO CONCERTADORES - CONVENIOS DE COLABORACIÓN Y CONVENIOS DE COPRODUCCIÓN - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

31/08/2021

Sanción:

23/08/2021

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° y 6.292

(texto consolidado por Ley 6.347), el Expediente Electrónico N° EX-2021-24082557- -

GCABA-DGPSE, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32

establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras";

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley 6347) se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose

entre ellos al Ministerio de Cultura;

Que el artículo 22 de la citada Ley establece entre las atribuciones del Ministerio de

Cultura la de diseñar e implementar las políticas, planes y programas tendientes a

preservar y acrecentar el acervo cultural, y la fomentar y estimular la creación artística

y el desarrollo científico a través del reconocimiento económico y el estímulo al mérito;

Que se considera valioso y conducente, como forma de estímulo al mérito y promoción

de la actividad cultural, realizar un reconocimiento y distinción a todas aquellas

personas humanas y jurídicas que intervengan como partes concertadoras de

Convenios de Colaboración y Convenios de Coproducción del Ministerio de Cultura, a

través de los distintos regímenes y marcos normativos del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires que posibilitan tales fines, como así también aquellas que revisten el

carácter de Patrocinadores, según Ley N° 6.163, con respecto a algún activo bajo la

jurisdicción del Ministerio de Cultura, ya que la participación de las mismas resulta en

una colaboración estratégica para el Ministerio de Cultura;

Que, en este sentido,resulta oportuno meritar y distinguir a aquellas personas

humanas y jurídicas incluidas en las categorías antedichas que así lo requieran,

publicando su identidad como Colaboradores del Ministerio de Cultura en la plataforma

de difusión cultural propia del Ministerio de Cultura, "Vivamos Cultura";

Que dichas distinciones y publicaciones no representarán erogación alguna para el

Ministerio de Cultura;

Que, en ese sentido, es necesario establecer las condiciones mediante las cuales las

personas mencionadas soliciten la publicación de su identidad en la antedicha

plataforma.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese la distinción de aquellas personas humanas o jurídicas que

hayan intervenido como concertadores de Convenios de Colaboración y Convenios

Coproducción junto al Ministerio de Cultura, a través de los distintos marcos

normativos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como así también aquellas

que revisten el carácter de Patrocinadores, según Ley N° 6.163, con respecto a algún

activo bajo la jurisdicción del Ministerio de Cultura, mediante la publicación de su

identidad asociada a la condición de Colaborador del Ministerio de Cultura, en la

plataforma "Vivamos Cultura".

Artículo 2°.- Determínase que la inclusión de la identidad de los Colaboradores del

Ministerio de Cultura en la plataforma "Vivamos Cultura" se realizará a requerimiento

de los mismos, mediante la remisión del formulario aprobado como Anexo I

"Formulario de requerimiento y autorización" (IF-2021-24414990-GCABA-DGPSE), a

la casilla de correo institucionales.cultura@buenosaires.gob.ar.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6204

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 2892-MCGC/21 establece distinción de aquellas personas humanas o jurídicas que hayan intervenido como concertadores de Convenios de Colaboración y Convenios Coproducción junto al Ministerio de Cultura, a través de los distintos marcos normativos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como así también aquellas que revisten el carácter de Patrocinadores, según Ley Nº 6163.</p>