RESOLUCIÓN 521 2021 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE ASIGNA SUMA - APORTE PÚBLICO PREVISTO POR LEY N° 268 Y MODIFICATORIAS - FONDO REMANENTE - PARTIDO SOCIALISMO AUTÉNTICO - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD -  ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIAS - PASO - 12 DE SEPTIEMBRE 2021 

Publicación:

02/09/2021

Sanción:

30/08/2021

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: Las Leyes Nros. 268, 6.031, y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347) ,

los Decretos Nros. 118/21 y 226/21, las Resoluciones Nros. 402-MJYSGC/21, 463-

MJYSGC/21 y Resoluciones de Presidencia Nros 11 y 18 del Tribunal Superior de

Justicia de la Ciudad y el Expediente Electrónico N° 24845848-GCABA-UPEE/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 118/21 y su complementario N° 226/21 se convocó al electorado

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas

y Obligatorias para que el día 12 de septiembre del 2021 se proceda a la selección de

treinta (30) candidatos/as a Diputados/as titulares y los/as correspondientes

candidatos/as a Diputados/as suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, quienes asumirán sus funciones el día 10 de diciembre

del corriente año;

Que entre las competencias asignadas al Ministerio de Justicia y Seguridad por la Ley

N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se encuentra la referida al

financiamiento de los Partidos Políticos y los Institutos de democracia participativa,

tanto en el orden de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como en el de las Comuna,

quedando, entonces, a su cargo la implementación de las actividades necesarias a fin

de administrar, liquidar, distribuir y asignar el aporte público para las elecciones

Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12 de Septiembre del 2021;

Que la Ley N° 6.031 (texto consolidado por Ley N° 6.347) sancionó en su Anexo A, el

Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su Título

Sexto, Capítulo Único, el régimen de elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y

Obligatorias, disponiendo que todas las agrupaciones políticas que intervienen en la

elección de autoridades locales proceden en forma obligatoria a seleccionar sus

candidatos/as a cargos públicos electivos, excepto el/la candidato/a a Vicejefe/a de

Gobierno, mediante elecciones primarias abiertas en un solo acto electivo simultáneo,

con voto secreto y obligatorio, aún en aquellos casos en que se presentare una (1)

sola lista de precandidatos/as para una determinada categoría;

Que la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) define el concepto de

campaña electoral, estableciendo las normas a las que deben ceñirse los Partidos

Políticos, Confederaciones y/o Alianzas;

Que por otro lado, la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) en su artículo 13

establece que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contribuye al

financiamiento de la campaña electoral de las agrupaciones políticas para las

elecciones Primarias con un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) del que

les corresponda por aporte de campaña para las elecciones generales, según lo

estipulado en el artículo 10° de la Ley, el que se deberá distribuir en partes iguales

entre las listas de precandidatos/as oficializadas de cada agrupación política;

Que a efectos de materializar la distribución del aporte público de campaña, se dictó la

Resolución N° 402-MJYSGC/21, estableciendo los requisitos y el circuito

administrativo que deberán seguir los Partidos Políticos, Alianzas electorales y/o

Confederaciones a tal fin;

Que mediante Resolución N° 463-MJYSGC/21 se determinó para las elecciones

Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12 de Septiembre del 2021 el

monto general del aporte público y fondo remanente para el financiamiento de la

campaña electoral de los Partidos Políticos y Alianzas Electorales conforme lo

establecen los artículos 9° y 10 de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347)

para la categoría de Diputados/as de la Ciudad;

Que el Partido SOCIALISTA AUTÉNTICO ha solicitado mediante nota que obra

agregada al expediente vinculada mediante IF-2021-25033461-GCABA-UPEE el

aporte público para el financiamiento de la campaña electoral de las elecciones

Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, en los términos de la Ley N° 268 (texto

consolidado por Ley N° 6.347);

Que mediante Resoluciones de Presidencia Nros 11 y 18 del Tribunal Superior de

Justicia de la Ciudad y que obra vinculada al presente Expediente mediante IF-2021-

22461392-GCABA-UPEE e IF-2021-22421210-GCABA-UPEE el Partido SOCIALISTA

AUTÉNTICO ha oficializado lista de precandidatos/as denominadas "Acuerdo Verde y

Social" para la categoría Diputados/as de la Ciudad a fin de participar en las

elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12 de Septiembre

del 2021;

Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347)

artículos 10 inciso 1, puntos a.- y b.- y 13, corresponde asignar en concepto de aporte

público para el financiamiento de la campaña electoral la suma total de PESOS

CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TRES CON 05/100 ($

157.803,05.-) para la categoría Diputados/as de la Ciudad;

Que asimismo, corresponde asignarles en concepto de fondo remanente las sumas

determinadas mediante Resolución N° 463-MJYSGC/21 para la categoría

Diputados/as de la Ciudad;

Que corresponde asignar al Partido SOCIALISTA AUTÉNTICO en concepto de fondo

remanente conforme lo establece la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347)

artículos 10 inciso 1.punto c.- y 13, la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA

Y DOS MIL NUEVE CON 79/100 ($ 262.009,79.-) para la categoría Diputados/as de la

Ciudad;

Que se ha constatado la documentación para el requerimiento del aporte público cuyas

constancias obran vinculadas al presente expediente mediante IF-2021-25221265-

GCABA-UPEE; IF-2021-25033461-GCABA-UPEE,IF-2021-25033674-GCABA-

UPEE;IF-2021-25033961-GCABA-UPEE; e IF-2021-25221553-GCABA-UPEE;

Que de acuerdo a lo manifestado en el párrafo anterior, el apoderado del Partido

SOCIALISTA AUTÉNTICO solicitó expresamente el depósito del aporte público para el

financiamiento de la campaña electoral Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y

Obligatorias- en la Cuenta Bancaria Especial, Cuenta Corriente N° 5013490/8, del

Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N°111, declarando el nombre de las

personas autorizadas a girar sobre la misma según certificación expedida por el

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos;

Que mediante IF-2021-25308998-GCABA-UPEE se expidió la Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) Elecciones 2021 de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de

Justicia y Seguridad, organismo con competencia originaria en la materia;

Que ha prestado conformidad la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y

Seguridad;

Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa Legales de la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por las Ley N° 6292 (texto

consolidado por Ley N° 6.347).

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Asígnase para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y

Obligatorias a celebrarse el día 12 de Septiembre del 2021 al Partido SOCIALISTA

AUTÉNTICO en concepto de aporte público conforme lo establecen los artículos 10

inciso 1.puntos a.- y b y 13 .de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) la

suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TRES

CON 05/100 ($ 157.803,05.-) para la categoría Diputados/as de la Ciudad.

Artículo 2°.- Asígnase para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y

Obligatorias a celebrarse el día 12 de Septiembre del 2021 al Partido SOCIALISTA

AUTÉNTICO en concepto de fondo remanente conforme lo establecen los artículos 10

Inciso 1. punto c.- de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) la suma total

de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NUEVE CON 79/100 ($ 262.009,79.-)

para la categoría Diputados/as de la Ciudad.

Artículo 3°.- Apruébase el gasto por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS

DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 84/100 ($ 419.812,84.-) a favor del

Partido SOCIALISTA AUTÉNTICO CUIT N° 30-70702822-6, mediante depósito en la

Cuenta Corriente N°5013490/8, del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N°111,

CBU N° 0290000100000501349082

Artículo 4°.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de

Hacienda y Finanzas a incluir el importe en una orden de pago, conforme lo

mencionado en el artículo 3° de la presente Resolución.

Artículo 5°.- Dispónese que por aplicación de lo establecido en el artículo 13 de la Ley

N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) cada agrupación política, deberá distribuir

en partes iguales entre las lista/s de precandidatos/as oficializadas para la categoría

de Diputados/as tanto el monto correspondiente al aporte público como el fondo

remanente.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad y a

la Oficina de Gestión Sectorial (OGESE) de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal, pase para su conocimiento y demás efectos a la Unidad de

Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021. Cumplido, archívese. D'Alessandro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 Resolucion 521-MJYSGC-21 asigna para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias a celebrarse el día 12 de Septiembre de 2021 al Partido SOCIALISTA<br />AUTÉNTICO en concepto de aporte público, en el marco de la Resolucion 463-MJYSGC-21.<br /> </p>