RESOLUCIÓN 3113 2021 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE PRORROGA - PLAZO - RESOLUCIÓN 2680-MCGC/21 -  PRESENTACIÓN DE PROYECTOS - CONVOCATORIA - PROGRAMA - PREMIO CTBA A LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN SALAS DEL CIRCUITO INDEPENDIENTE 2021 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19

Publicación:

08/09/2021

Sanción:

06/09/2021

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 27.541, Ley

N° 6.292 y Ley 2.147 (texto consolidado por Ley N° 6.347), Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 297/PEN/20, N° 875/PEN/2020 y N° 1/GCABA/20 prórrogas y

modificatorios, Resolución N° 2680-MCGC-2021, el E.E. 2021-20834148-GCABA-

CTBA, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el

Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 declaró la emergencia pública en materia

económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria

y social y delegó en el Poder Ejecutivo Nacional, las facultades comprendidas en la

citada Ley en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las

bases de delegación establecidas en su artículo 2°;

Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/20 y sus

correspondientes prórrogas se estableció el aislamiento social, preventivo y

obligatorio, en los términos y alcances allí vertidos, a fin de prevenir la circulación y el

contagio del virus COVID-19;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/PEN/20 y sus prórrogas y normas

complementarias, se estableció la medida de "distanciamiento social, preventivo y

obligatorio" en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, además, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/2020 y sus

prórrogas y normas complementarias, dictado por el Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32

establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.

Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística...; impulsa la

formación artística y artesanal...; procura la calidad y jerarquía de las producciones

artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las

manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y

trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y

difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones";

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), en su artículo

8°, determina que cada Ministro, como integrante del Gabinete, deberá, entre otras

funciones, intervenir en la determinación de los objetivos políticos del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como en la asignación de prioridades y en la

aprobación de planes, programas y proyectos, y promover y fortalecer la iniciativa

privada en función del bien común a través de la coordinación de las funciones y

acciones de sus organismos dependientes y las de éstos con las del ámbito privado;

Que, asimismo, conforme lo establece el artículo 22° de la mencionada norma,

corresponde al Ministro de Cultura, diseñar e implementar las políticas, planes y

programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural, orientar las

manifestaciones artístico-culturales promoviendo y realizando actividades de

formación especializada en estas áreas, promover las actividades culturales de interés

comunitario, Fomentar y estimular la creación artística y el desarrollo científico a través

del reconocimiento económico y el estímulo al mérito, entre otras;

Que por Resolución N° 2680-MCGC-2021 se implementó el Programa "PREMIO CTBA

A LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN SALAS DEL

CIRCUITO INDEPENDIENTE 2021", con el objetivo de fomentar la actividad cultural

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todas sus disciplinas, en particular aquella

desarrollada en Salas de Teatro pertenecientes al circuito independiente, para

continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores en el marco de la

pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus);

Que conforme se desprende de IF-2021-26302117-GCABA-CTBA, Orden N° 45 de

actuaciones electrónicas referenciadas en el visto, la Dirección General Complejo

Teatral de Buenos Aires, propicia la necesidad institucional de extender el plazo

originariamente previsto para la presentación de proyectos en la convocatoria,

proponiendo la prórroga del mismo hasta las 23:59 horas del día 13 de octubre de

2021;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°. -Prorrogase el plazo previsto en el Artículo 2° de la Resolución N° 2680-

MCGC-2021 para la presentación de proyectos en la convocatoria del Programa

"PREMIO CTBA A LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN

SALAS DEL CIRCUITO INDEPENDIENTE 2021", extendiéndose el mismo hasta las

23:59 horas del día 13 de octubre de 2021.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Complejo

Teatral de Buenos Aires de este Ministerio. Cumplido, Archívese. Avogadro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 3113-MCGC/21, prorroga el plazo previsto en el Artículo 2° de la Resolución 2680-MCGC-2021.</p>