RESOLUCIÓN 6353 2021 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Síntesis:
SE INSTRUMENTA - ACTA SALARIAL AÑO 2021 - INCREMENTOS DOCENTES - FECHA 14 DE JULIO DE 2021 - INCREMENTO SALARIAL PARA LOS MESES DE AGOSTO, OCTUBRE Y NOVIEMBRE 2021
Publicación:
08/09/2021
Sanción:
21/07/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
VISTO: la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Acta Salarial
2021-Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Acta Salarial-
Año 2021 Incrementos - Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, el Expediente Electrónico N° 8235058-GCABA- DGPDYND/21, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución N° 1614/GCABA-SSCDOC/21, se instrumentó el Acta
Salarial Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires celebrada el
día 4 de marzo de 2021;
Que por medio del Acta Salarial - Año 2021 Incrementos - Docentes del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- celebrada el día 14 de julio de 2021, en el
marco de la Comisión Salarial establecida por el Artículo 7° inciso b) de la Ordenanza
N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se reunieron en la sede del Ministerio
de Educación, Carlos H. Perette & Calle 10, en representación del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Sra. Ministra de Educación, Lic. María Soledad
Acuña, el Sr. Jefe de Gabinete, Lic. Manuel R. Vidal y el Subsecretario de Carrera
Docente Lic. Oscar M. Ghillione y en representación de los docentes las siguientes
organizaciones sindicales: Asociación Docentes de Educación Física (ADEF),
Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación
Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños
(AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina
de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC),
Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED),
Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio
(EDUPEC), Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), Sindicato de
Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de Educadores Unidos de la
Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la
República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la
Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes Argentinos (UDA) y Unión de
Trabajadores de la Educación (UTE), se acordaron una serie de medidas;
Que, entre las mencionadas medidas, se encuentra la de incrementar a partir del 1° de
agosto, 1° de octubre y 1° de noviembre de 2.021 los componentes del salario docente
según se detalla en los puntos I, II, III, IV V, VI, VII, VIII, X y XI del ANEXO I de
especificaciones técnicas;
Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que
posibilite la instrumentación del acuerdo precitado;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Instrumentase el Acta Salarial- Año 2021 Incrementos - Docentes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al detalle obrante en el
Anexo I (IF-2021-21318790-GCABA-DGPDYND), de fecha 14 de julio de 2021, y su
Anexo II (IF-2021-21318772-GCABADGPDYND), que a todos sus efectos forman
parte de la presente, suscripta entre la Sra. Ministra de Educación, Lic. María Soledad
Acuña, el Sr. Jefe de Gabinete, Lic. Manuel R. Vidal y el Subsecretario de Carrera
Docente Lic. Oscar M. Ghillione, en representación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por el Consejo Central para la Negociación Colectiva
Docente y en representación de los docentes las siguientes organizaciones sindicales:
Asociación Docentes de Educación Física (ADEF), Asociación Docentes de
Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación Docentes Independientes
Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños (AEP), Asociación del
Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina de Maestros y
Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC), Asociación de
Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED), Centro de
Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio (EDUPEC),
Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), Sindicato de Educadores de
Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos
Aires (SEducA), Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la República Argentina
(SUETRA), Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires
(SUTECBA), Unión Docentes Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la
Educación (UTE).-
Artículo 2°.- Ratificanse los valores de marzo 2021 y julio 2021 oportunamente
instrumentados mediante la Resolución N° 1614/GCABA-SSCDOC/21.-
Artículo 3°.- Otórgase un incremento salarial para los meses de agosto, octubre y
noviembre 2021 conforme lo detallado en el Anexo II (IF-2021-21318772-GCABA-
DGPDYND) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente,
modificándose de esta forma el aumento de Octubre respecto de lo detallado en el
Anexo II (IF-2021-08235515-GCABA-DGPDYND) de la Resolución N°
1614/GCABASSCDOC/21.-
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
para su conocimiento y demás efectos remítanse las Comunicaciones Oficiales
pertinentes a la Dirección General de Personal Docente y No Docente, a la Unidad de
Coordinación del Sistema de Formación Docente, a las Subsecretarías de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y Agencia de Aprendizaje a lo Largo de
la Vida, Tecnología Educativa y Sustentabilidad todas ellas dependientes del Ministerio
de Educación, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio del Ministerio
de Cultura, a la Subsecretaría de Deporte de la Vicejefatura de Gobierno y al
Ministerio de Salud. Notifíquese, en los términos del Artículo N° 63 de la Ley de
procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por
Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), a las siguientes
organizaciones gremiales: Asociación Docentes de Educación Física (ADEF),
Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación
Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños
(AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina
de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC),
Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED),
Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio
(EDUPEC), Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), Sindicato de
Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de Educadores Unidos de la
Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la
República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la
Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes Argentinos (UDA) y Unión de
Trabajadores de la Educación (UTE). Cumplido, archívese. Ghillione