RESOLUCIÓN 1614 2021 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE

Síntesis:

SE INSTRUMENTA - ACTA SALARIAL - DOCENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - COMISION SALARIAL - CONDICIONES LABORALES Y CALIDAD EDUCATIVA - TECNICA SALARIAL - COMISION DE MONITOREO DE PROTOCOLO - SALARIO DOCENTE 2021 - ADICIONALES - PRESENTISMO - MATERIAL DIDACTICO - FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE - CONECTIVIDAD - MINISTERIO DE EDUCACION - SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE - REPRESENTACION SINDICAL

Publicación:

10/09/2021

Sanción:

23/03/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE


VISTO: la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Acta Salarial

2021-Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente

Electrónico N° 8235058- GCABADGPDYND/21, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Acta Salarial celebrada el día 4 de marzo de 2021, en el marco de

la Comisión Salarial establecida por el Artículo 7° inciso b) de la Ordenanza N° 40.593

(texto consolidad por Ley N° 6.347), se reunieron en la sede del Ministerio de

Educación, Carlos H. Perette & Calle 10 PB, en representación del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Sra. Ministra de Educación, Lic. María Soledad

Acuña y el Sr. Subsecretario de Carrera Docente, Lic. Manuel Rodrigo Vidal y en

representación de los docentes las siguientes organizaciones sindicales: Asociación

Docentes de Educación Física (ADEF), Asociación Docentes de Enseñanza Media y

Superior (ADEMYS), Asociación Docentes Independientes Argentinos (ADIA),

Asociación de Educadores Porteños (AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza

Técnica (AMET), Unión Argentina de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de

Maestros Confederados (AMC), Asociación de Supervisores Educacionales de la

Ciudad de Buenos Aires (ASED), Centro de Profesores Diplomados (CPD),

Compromiso, Educación para el Cambio (EDUPEC), Sindicato Argentino de Docentes

Privados (SADOP), Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de

Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de

Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes

Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la Educación (UTE);

Que, mediante el acta salarial mencionada, las partes se comprometieron a continuar

el diálogo respecto de temáticas a resolver en el marco de la mesa de trabajo a través

de las comisiones de condiciones laborales y calidad educativa y técnica salarial como

así también a constituir la comisión de monitoreo de Protocolo;

Que, en tal sentido, el Artículo 7° inciso b) de la Ordenanza N° 40.593 (texto

consolidado por Ley N° 6.347) establece que los docentes contarán con una

remuneración establecida con el asesoramiento de una Comisión Salarial formada por

representantes gremiales y las autoridades correspondientes del gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires;

Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que

posibilite la instrumentación del acuerdo precitado;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO

DE CARRERA DOCENTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta Salarial-Docentes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, conforme al detalle obrante en el Anexo I (IF-2021-

08235498-GCABA-DGPDYND), de fecha 4 de marzo de 2021, y su Anexo II (IF-2021-

08235515-GCABA-DGPDYND), que a todos sus efectos forman parte de la presente,

suscripta entre la Sra. Ministra de Educación, Lic. María Soledad Acuña y el Sr.

Subsecretario de Carrera Docente Lic. Manuel Rodrigo Vidal, en representación del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el Consejo Central para la

Negociación Colectiva Docente y en representación de los docentes las siguientes

organizaciones sindicales: Asociación Docentes de Educación Física (ADEF),

Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación

Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños

(AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina

de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC),

Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED),

Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio

(EDUPEC), Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), Sindicato de

Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de Educadores Unidos de la

Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la

República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la

Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes Argentinos (UDA) y Unión de

Trabajadores de la Educación (UTE).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos remítanse las Comunicaciones Oficiales

pertinentes a la Dirección General de Personal Docente y No Docente, a la Unidad de

Coordinación del Sistema de Formación Docente, a las Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y Agencia de Aprendizaje a lo Largo de

la Vida, Tecnología Educativa y Sustentabilidad todas ellas dependientes del Ministerio

de Educación, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio del Ministerio

de Cultura, a la Subsecretaría de Deporte de la Vicejefatura de Gobierno y al

Ministerio de Salud. Notifíquese, en los términos del Artículo N° 63 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por

Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), a las siguientes

organizaciones gremiales: Asociación Docentes de Educación Física (ADEF),

Asociación Docentes de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), Asociación

Docentes Independientes Argentinos (ADIA), Asociación de Educadores Porteños

(AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza Técnica (AMET), Unión Argentina

de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de Maestros Confederados (AMC),

Asociación de Supervisores Educacionales de la Ciudad de Buenos Aires (ASED),

Centro de Profesores Diplomados (CPD), Compromiso, Educación para el Cambio

(EDUPEC), Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), Sindicato de

Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de Educadores Unidos de la

Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la

República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la

Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes Argentinos (UDA) y Unión de

Trabajadores de la Educación (UTE). Cumplido, archívese. Ghillione


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6212-Anexo I (IF-2021-08235498-GCABA-DGPDYND)

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6212-Anexo II (IF-2021-08235515-GCABA-DGPDYND)

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Art.1 de la Resolución 1614-SSCDOC/21, instrumenta el Acta Salarial-Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Anexo I (IF-2021- 08235498-GCABA-DGPDYND), de fecha 4 de marzo de 2021, y su Anexo II (IF-2021- 08235515-GCABA-DGPDYND).</p>
RATIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 6353/SSCDOC/21, ratifica los valores de marzo 2021 y julio 2021 oportunamente instrumentados mediante la Resolución 1614-SSCDOC/21.</p>