RESOLUCIÓN 29 2021 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE URBANIZACION BARRIO PADRE CARLOS MUGICA

Síntesis:

SE FACULTA - INSTRUMENTACIÓN Y APROBACIÓN DE PAGOS - ACUERDOS Y CONVENIOS - GESTIÓN DEL HÁBITAT Y MEJORAMIENTO INTEGRAL DE CONSTRUCCIONES - ACTIVIDAD INCLUSIVA Y PARTICIPATIVA - COOPERATIVAS DE TRABAJO - ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL - TITULARES DE LAS DIRECCIONES GENERALES - OBRAS PROYECTOS Y DISEÑO URBANO - MEJORAMIENTO DE VIVIENDA - INTEGRACIÓN SOCIAL - INTEGRACIÓN ECONÓMICA

Publicación:

10/09/2021

Sanción:

30/08/2021

Organismo:

UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE URBANIZACION BARRIO PADRE CARLOS MUGICA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292

(texto consolidado por la Ley N° 6.347), los Decretos N° 463/GCABA/2019, N°

264/GCABA/2021 y las Resoluciones N° 442/MJGGC/2016, 205/SECISYU/2018 y

modificatorias, el Expediente N° 2021-25222139-GCABA-UPEUBPCM, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 17

establece que la Ciudad desarrolla políticas sociales coordinadas para mejorar el

hábitat, superar las condiciones de pobreza y exclusión mediante recursos

presupuestarios, técnicos y humanos;

Que el artículo 31 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

reconoce el derecho a un hábitat adecuado;

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueve la participación

y desarrollo de las organizaciones no gubernamentales, cooperativas, mutuales y otras

que tiendan al bienestar general;

Que mediante la Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) se sancionó la

Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

considerando al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat con el objetivo, entre otros,

de diseñar y ejecutar las políticas, planes y programas vinculados a la regularización y

urbanización de las villas, núcleos habitacionales transitorios y asentamientos

informales de la Ciudad;

Que por el Decreto N° 463/GCABA/2019 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Bueno, contemplando a la Secretaría de Integración Social y Urbana,

dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;

Que la Resolución N° 442/MJGGC/2016 creó el "Programa Integral de Mejoramiento,

Participación y Gestión de los Barrios 31, 31 Bis", en el ámbito de la Secretaría de

Integración Social y Urbana de la Ciudad Autónoma y facultó a su Titular a crear los

Subprogramas, dictar las normas reglamentarias y/o complementarias y suscribir los

convenios resultantes;

Que mediante la Resolución N° 205/SECISYU/2018 y modificatorias, se reglamentó el

"Programa Integral de Mejoramiento, Participación y Gestión de los Barrios 31, 31 Bis

y San Martín" y se crearon los Subprogramas de "Gestión del Hábitat y Mejoramiento

Integral de Construcciones" y de "Actividad Inclusiva y Participativa";

Que por el Decreto N° 264/GCABA/2021 y a los fines de visibilizar un mejor desarrollo

técnico operativo, se modificó la estructura orgánica del Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat, eliminándose la Secretaría de Integración Social y Urbana y sus

Subsecretarías dependientes, creando en su reemplazo el organismo fuera de nivel

denominado Unidad de Proyectos Especiales Urbanización Barrio Padre Carlos

Mugica (UPEUBPCM) como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.129 y

atribuyéndole entre otras competencias- las asignadas a la entonces Secretaría de

Integración Social Urbana;

Que las Direcciones Generales Obras, Proyectos y Diseño Urbano y de Mejoramiento

de Vivienda dependientes de esta Unidad de Proyectos Especiales, tienen como

responsabilidad primaria, proyectar, programar, elaborar, ejecutar y supervisar, entre

otras, las obras, trabajos y proyectos urbanos, de arquitectura y de infraestructura y,

las de mejoramiento de condiciones de habitabilidad y de las viviendas;

respectivamente;

Que a las Direcciones Generales Integración Social y de Integración Económica

dependientes de esta Unidad de Proyectos Especiales, les compete articular y

coordinar con el sector público, privado, organizaciones de la sociedad civil,

instituciones barriales y referentes comunitarios la realización de actividades y la

implementación de programas y proyectos tendientes a promover la integración social

y económica de los vecinos del Barrio "Padre Carlos Mugica";

Que a fin de dar celeridad a los procedimientos, resulta conveniente encomendar la

instrumentación de los trámites de pagos y su aprobación, respecto de los acuerdos y

convenios celebrados con Cooperativas de Trabajo o con Organizaciones de la

Sociedad Civil, en el ámbito de las respectivas competencias de las Direcciones

Generales citadas;

Que en consecuencia, deviene necesaria la delegación de la facultad referida,

descentralizando las tareas en las áreas competentes en virtud de sus misiones y

funciones;

Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL TITULAR

DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES URBANIZACIÓN BARRIO PADRE

CARLOS MUGICA

RESUELVE

Artículo 1°.- Facúltase a los titulares de las Direcciones Generales de Obras,

Proyectos y Diseño Urbano, de Mejoramiento de Vivienda, de Integración Social y de

Integración Económica para la instrumentación y aprobación de pagos de los acuerdos

y convenios de "Gestión del Hábitat y Mejoramiento Integral de Construcciones" y de

"Actividad Inclusiva y Participativa" celebrados con Cooperativas de Trabajo o con

Organizaciones de la Sociedad Civil, en el ámbito de sus respectivas competencias y

en el marco de la Resolución N° 442/MJGGC/2016 y su reglamentación.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y efectos pase a las Direcciones Generales de Obras, Proyectos y

Diseño Urbano, de Mejoramiento de Vivienda, de Integración Social y de Integración

Económica. Cumplido, archívese. Galmarini

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 29-UPEUBPCM/21 faculta a los titulares de las Direcciones Generales de Obras, Proyectos y Diseño Urbano, de Mejoramiento de Vivienda, de Integración Social y de Integración Económica para la instrumentación y aprobación de pagos de los acuerdos y convenios de Gestión del Hábitat y Mejoramiento Integral de Construcciones y de Actividad Inclusiva y Participativa celebrados con Cooperativas de Trabajo o con Organizaciones de la Sociedad Civil, en el ámbito de sus respectivas competencias y en el marco de la Resolución N° 442-MJGGC/2016 y su reglamentación.</p>