DECRETO 863 2004

Síntesis:

PROMULGA LEY 1327

Publicación:

26/05/2004

Sanción:

20/05/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.327, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 29 de abril de 2004. (Expediente N° 27.257/2004 e incorp.)

Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase a los efectos de su competencia a la Dirección General de Administración de Infracciones y la Unidad Administrativa de Control de Faltas, dependientes de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana.

El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Justicia y Seguridad Urbana, y el señor Jefe de Gabinete. IBARRA - Fernández (a cargo de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana)

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGA