DISPOSICIÓN 84 2021 DIRECCIÓN GENERAL COMPLEJO TEATRAL CIUDAD DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SE ESTABLECE - CRONOGRAMA DEFINITIVO - PROGRAMA - PREMIO CTBA A LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN SALAS DEL CIRCUITO INDEPENDIENTE 2021 - DIRECCIÓN GENERAL COMPLEJO TEATRAL DE BUENOS AIRES - ARTISTAS - TEATRO

Publicación:

14/09/2021

Sanción:

07/09/2021

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL COMPLEJO TEATRAL CIUDAD DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 27.541, Ley

N° 6.292 y Ley 2.147 (texto consolidado por Ley N° 6.347, Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 297/PEN/20, N° 875/PEN/2020 y N° 1/GCABA/20 prórrogas y

modificatorios, Resolución N° 2680-MCGC-2021, Resolución N° 3113-MCGC-2021, el

E.E. 2021-20834148-GCABA-CTBA, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el

Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 declaró la emergencia pública en materia

económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria

y social y delegó en el Poder Ejecutivo Nacional, las facultades comprendidas en la

citada Ley en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las

bases de delegación establecidas en su artículo 2°;

Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/20 y sus

correspondientes prórrogas se estableció el aislamiento social, preventivo y

obligatorio, en los términos y alcances allí vertidos, a fin de prevenir la circulación y el

contagio del virus COVID-19;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/PEN/20 y sus prórrogas y normas

complementarias, se estableció la medida de "distanciamiento social, preventivo y

obligatorio" en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, además, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/2020 y sus

prórrogas y normas complementarias, dictado por el Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32

establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.

Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística...; impulsa la

formación artística y artesanal...; procura la calidad y jerarquía de las producciones

artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las

manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y

trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y

difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones";

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), en su artículo

8°, determina que cada Ministro, como integrante del Gabinete, deberá, entre otras

funciones, intervenir en la determinación de los objetivos políticos del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como en la asignación de prioridades y en la

aprobación de planes, programas y proyectos, y promover y fortalecer la iniciativa

privada en función del bien común a través de la coordinación de las funciones y

acciones de sus organismos dependientes y las de éstos con las del ámbito privado;

Que, asimismo, conforme lo establece el artículo 22° de la mencionada norma,

corresponde al Ministro de Cultura, diseñar e implementar las políticas, planes y

programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural, orientar las

manifestaciones artístico-culturales promoviendo y realizando actividades de

formación especializada en estas áreas, promover las actividades culturales de interés

comunitario, Fomentar y estimular la creación artística y el desarrollo científico a través

del reconocimiento económico y el estímulo al mérito, entre otras;

Que por Resolución N° 2680-MCGC-2021 se implementó el Programa "PREMIO

CTBA A LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN SALAS DEL

CIRCUITO INDEPENDIENTE 2021", con el objetivo de fomentar la actividad cultural

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todas sus disciplinas, en particular aquella

desarrollada en Salas de Teatro pertenecientes al circuito independiente, para

continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores en el marco de la

pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus).

Que por Artículo 4° de la premencionada Resolución N° 2680-MCGC-2021 se

establece que la Dirección General Complejo Teatral de Buenos Aires, será la

autoridad de aplicación del programa "PREMIO CTBA A LA CREACIÓN Y

PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN SALAS DEL CIRCUITO

INDEPENDIENTE 2021", y estará facultada para adoptar las decisiones

reglamentarias y operativas necesarias para su implementación.

Que sin perjuicio de la extraordinaria actividad escénica independiente que se

desarrolla en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sin duda la ha situado como

una de las capitales teatrales del mundo-circunstancia que no sólo encuentra sustento

en la reconocida calidad de sus creadores sino también en el extenso circuito de salas

y espacios teatrales que prosperan en la Ciudad y que hacen posible el crecimiento y

la circulación de nuevas obras y autores, resulta de público conocimiento que la

emergencia sanitaria provocó el cierre y/o suspensión de actividades en muchos de

aquellos espacios, producto de las dificultades que se les representaron para afrontar

su regular sustento y adecuarlas a los protocolos vigentes.

Que por Resolución N° 3113-MCGC-2021 dictada a instancias del requerimiento

efectuado por esta Dirección General Complejo Teatral de Buenos Aires, se prorrogó

el plazo previsto en el Artículo 2° de la Resolución N° 2680-MCGC-2021 para la

presentación de proyectos en la convocatoria del Programa mencionado

precedentemente, extendiéndose el mismo hasta las 23:59 horas del día 13 de octubre

de 2021.-

Que consecuentemente con ello, el Complejo Teatral de Buenos Aires estima oportuno

y conveniente el dictado de un acto administrativo que establezca una readecuación

del cronograma originalmente previsto para el Programa "PREMIO CTBA A LA

CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN SALAS DEL CIRCUITO

INDEPENDIENTE 2021", con el objetivo de ayudar a las salas independientes a

retornar paulatinamente sus actividades y funciones presenciales.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias conforme lo previsto en el Artículo

4° de la Resolución N° 2680-MCGC-2021

EL DIRECTOR GENERAL DEL COMPLEJO TEATRAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1°. Establézcase el cronograma definitivo del Programa "PREMIO CTBA A

LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN SALAS DEL

CIRCUITO INDEPENDIENTE 2021" conforme se detalla a continuación:

Apertura de inscripción: desde las 00:00 del 17/08/2021

Cierre de Inscripción: hasta las 23:59 hs. del 13/10/2021

Evaluación de proyectos: desde el 14/10/2021 al 25/11/2021

Publicación de proyectos seleccionados: a partir del 26/11/2021

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, Archívese. Telerman

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposicion N° 84-CTBA-2021 establece el cronograma definitivo del Programa “PREMIO CTBA A  LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ARTES ESCÉNICAS EN SALAS DEL CIRCUITO INDEPENDIENTE 2021”, en uso de las facultades que le son propias conforme lo previsto en el Artículo 4° de la Resolución N° 2680-MCGC-2021.</p>