RESOLUCIÓN 37 2021 SUBSECRETARIA TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD

Síntesis:

SE APRUEBAN LAS FUNCIONALIDADES DEL SISTEMA MIESCUELA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - INTEGRACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS, PEDAGÓGICOS Y ACADÉMICOS - ESCUELAS - DOCENTES - ALUMNOS - BOLETÍN ESCOLAR DIGITAL - PRESENTISMO - VACANTES - MATRICULACIÓN DE ALUMNOS - GESTIONES ADMINISTRATIVAS

Publicación:

29/09/2021

Sanción:

15/09/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA TECNOLOGIA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292

(texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y su modificatorio

128/20, la Resolución N° 5.788-MEIGC/19, el Expediente Electrónico N° 25.460.166-

GCABA-DGPTE/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que conforme dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social;

Que por Decreto N° 463/19, se aprobó una nueva estructura organizativa del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la

Subsecretaría de Tecnología Educativa y Sustentabilidad bajo la órbita del Ministerio

de Educación;

Que conforme el mencionado Decreto y su modificatorio N° 128/20, entre las

responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Tecnología Educativa y

Sustentabilidad se encuentran las de "Investigar y promover la incorporación de

tecnologías innovadoras para mejorar la calidad educativa" y "Planificar las acciones

destinadas a la mejora de los procesos, las comunicaciones y el soporte de tecnología

del Ministerio de Educación, en forma conjunta con las áreas competentes";

Que asimismo, acorde el precitado Decreto, la Dirección General Proyectos y

Tecnología Educativa bajo la dependencia de la mencionada Subsecretaría, tiene

entre sus responsabilidades primarias la de "Planificar, adquirir, instalar y prestar

asistencia técnica y de mantenimiento informático y de comunicaciones a las áreas de

la jurisdicción según los estándares de la Agencia de Sistemas de Información" y

"Analizar los procesos administrativos y operativos del Ministerio de Educación y

proponer modificaciones y/o mejoras";

Que la Resolución N° 5.788-MEIGC/19, aprobó la implementación progresiva del

Sistema "miEscuela" en los establecimientos educativos de Gestión Estatal que tendrá

como objetivo a través de tecnologías aplicadas, la integración y modernización de los

procesos administrativos, pedagógicos y académicos;

Que asimismo, dicho sistema tiene como objetivo la incorporación de un sistema

integrado tendiente a agilizar la gestión administrativa de los establecimientos

educativos, favoreciendo el resguardo de la información y orientando la Escuela hacia

el futuro, al contar con información más precisa y personalizada;

Que el Artículo 3° de la referida Resolución, designó a la entonces Subsecretaría de

Ciudad Inteligente y Tecnología Educativa o la que en su futuro la reemplace,

actualmente Subsecretaría de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, como

administradora del Sistema "miEscuela", quedando facultada a dictar las normas que

resultaren necesarias para su implementación;

Que en este sentido, resulta necesario aprobar las funcionalidades del Sistema

"miEscuela", a fin de garantizar la eficaz y satisfactoria operatoria del Sistema, en lo

referido a los procesos de matriculación, pases, bajas, promoción, repitencia,

calificación de los estudiantes, entre otras, que permitan agilizar y racionalizar

considerablemente los trámites de gestión educativa;

Que habiendo tomado intervención la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y

Equidad Educativa, ha prestado su conformidad respecto del presente proyecto;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por Resolución N° 5.788-MEIGC/19,

EL SUBSECRETARIO DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse las funcionalidades del Sistema "miEscuela", de conformidad

con lo dispuesto en el Anexo (IF-2021-26306771-GCABA-DGPTE), el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de Buenos

Aires. Para su conocimiento y demás efectos efectúense las comunicaciones oficiales

a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y a la Dirección

General Proyectos y Tecnología Educativa. Cumplido, archívese. Andrés


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 37-SSTES/21 aprueba las funcionalidades del Sistema miEscuela, creado por Resolución 5788-MEIGC/19.</p>