DISPOSICIÓN 16 2021 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO

Síntesis:

APRUEBA REALIZACIÓN - FIESTA ABASTO ABIERTO - APRUEBA CRONOGRAMA Y CONTENIDOS - ACTIVIDADES CULTURALES - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID-19

Publicación:

06/10/2021

Sanción:

04/10/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO


VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado según Ley N°6.347), los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020, y sus prórrogas, N° 1/GCABA/20 y sus

prórrogas, el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución 2940-GCABA-

MCGC, el EX-2021-29176254- -GCABA-DGPSE, y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial

de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1)

año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

prorrogandose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

8/GCABA/20, 12/GCABA/20, 15/GCABA/20 y 17/GCABA/20, 2/GCABA/21,

5/GCABA/21, 7/GCABA/21, 8/GCABA/21, 9/GCABA/21 y 10/GCABA/21 hasta el 30 de

septiembre de 2021;

Que, a su vez, la Ley N° 6.384 prorrogó la declaración de emergencia de la situación

económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuada por Ley N

6.301 hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que por la Ley N°6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347), se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, en

su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;

Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el

nivel de Dirección General estableciendo dentro de las responsabilidades primarias de

la Dirección General de Planificación y Seguimiento la de "coordinar la relación del

Ministerio con actores públicos y privados del ámbito cultural", entre otras;

Que, mediante Resolución 2021-2940-GCABA-MCGC, se creó el Programa «Abasto

Barrio Cultural -- Abasto Abierto», con el objetivo de fomentar la actividad cultural e

identidad del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en todas sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y

gestores en el marco de la pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus) hacia

esquemas, en transición gradual hacia la plena presencialidad en observancia de los

protocolos de emergencia sanitaria vigentes;

Que resulta oportuno formalizar el inicio de las actividades en el marco del

mencionado Programa mediante un conjunto de acciones artísticas que fomenten la

actividad cultural y la identidad del abasto, a desarrollarse dentro del perímetro del

sector barrial conocido como "Abasto", delimitado por las calles: Av. Córdoba (al

norte), Av. Pueyrredón (al este), Av. Díaz Vélez / Tte. Gral. Juan Domingo Perón (al

sur) y Gascón (al oeste), y que se describen en el Anexo I (IF-30041859-DGPSE-

2021), que forma parte integral de la presente Disposición, invitando a las vecinas y a

los vecinos de la Ciudad a participar con entrada libre y gratuita, en estricta

observancia de los protocolos oportunamente vigentes;

Que las actividades presenciales se realizarán en estricta observancia del

PROTOCOLO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ESCÉNICAS CON

PÚBLICO, según RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 19/MDEPGC/21, o el que en el

futuro lo reemplace;

Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la realización de la «Fiesta Abasto Abierto» sujeto al

cronograma de actividades descritas en el Anexo I (IF-30041859-DGPSE-2021), a

desarrollarse dentro del perímetro del sector barrial conocido como "Abasto",

delimitado por las calles: Av. Córdoba (al norte), Av. Pueyrredón (al este), Av. Díaz

Vélez / Tte. Gral. Juan Domingo Perón (al sur) y Gascón (al oeste), el día 23 de

octubre de 2021, de 10.00 a 23.00 hs, con entrada libre y gratuita.

Artículo 2 ° .- Apruébase el cronograma y contenidos descritos en el Anexo I (IF IF-

30041859-DGPSE-2021) que forma parte integral de la presente disposición.

Artículo 3 ° .- Invitase a los vecinos de la Ciudad a la programación de actividades que

se detallan en el Anexo I de la presente, con participación libre y gratuita.

Artículo 4 ° .- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el

sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,

archívese. Suárez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6230

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 16-DGPSE/21 aprueba la realización de la Fiesta Abasto Abierto, en el marco de la emergencia declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1/20.</p>