RESOLUCIÓN 3379 2021 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE APRUEBA - IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA - ESCUELAS PRIMARIAS - JORNADA COMPLETA - INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO - ACTIVIDADES CIENTÍFICAS - ESCUELAS - N° 3 D.E. 6° “RUFINO SÁNCHEZ” - UBICADA EN LA CALLE LA RIOJA N° 850 - ESCUELA N° 24 D.E. 8° - DR. FLORIAN OLIVER - UBICADA EN LA CALLE SARAZA N° 470 - ESCUELA N° 15 D.E. 12° - CNEL. C. T. SOURIGUES - UBICADA EN LA CALLE DR. JUAN F. ARANGUREN N° 2400 - ESCUELA N° 6 D.E. 19° - DR. ADOLFO SALDÍAS - UBICADA EN LA CALLE ECHAURI N° 1576

Publicación:

06/10/2021

Sanción:

06/09/2021

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292

(texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la

Resolución N° 565-SED/05, el Expediente Electrónico N° 25.194.225-GCABA-

DGEGE/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social;

Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;

Que por Resolución N° 565-SED/05 se creó el Programa de Escuelas Primarias de

Jornada completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento, comprendiendo

los siguientes campos: artes, actividades científicas y educación física;

Que el citado programa implica la inclusión, de manera sistemática y continua, de

nuevas propuestas de formación en la escuela primaria, contribuyendo a promover

una diversificación de experiencias formativas para los alumnos de las escuelas de

jornada completa;

Que en este proceso de diversificación pedagógica, basado en un criterio de equidad y

balance en la distribución de los servicios que garanticen la calidad formativa y

avanzando en forma planificada, se propone incorporar este programa a nuevos

establecimientos;

Que la implementación que se propone Implica brindar oportunidades para trabajar

con los alumnos sobre proyectos especiales del área de las ciencias, incentivando en

la comunidad el entusiasmo por ellas y promoviendo la formación integral de los

ciudadanos;

Que en virtud de ello, la Dirección de Educación Primaria propone la implementación

del Programa Intensificación en un Campo del Conocimiento "Actividades Científicas"

en diversos establecimientos educativos de jornada completa de su Nivel;

Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;

Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa prestó su

conformidad respecto del proyecto cuya aprobación se propicia;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la implementación del Programa Escuelas Primarias de

Jornada Completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento "Actividades

Científicas", en los establecimientos educativos de conformidad al detalle obrante en el

Anexo (IF-2021-25858220-GCABA-DGEGE), el que a todos los efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Determínase que el gasto que demande lo dispuesto en el artículo

precedente será imputado a la Jurisdicción 55 - UE 7342 - Programa 35 - Actividad

14000 - Inciso 1 - Partida Principal 1.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de

Haberes y a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos, dependientes del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, a las Subsecretarias de Coordinación Pedagógica

y Equidad Educativa, de Carrera Docente, a las Direcciones Generales de Educación

de Gestión Estatal, de Personal Docente y No Docente, de Administración de

Recursos, a la Dirección de Educación Primaria, y a la Gerencia Operativa de

Recursos Humanos Docentes, del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.

Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6230

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3379-MEDGC/21 aprueba  la incorporación del Programa Escuelas Primarias de Jornada Completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento Actividades Científicas, a los establecimientos educativos detallados en el Anexo, aprobado por la Resolución N° 565-SED/05.</p>