RESOLUCIÓN 3379 2021 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE APRUEBA - IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA - ESCUELAS PRIMARIAS - JORNADA COMPLETA - INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO - ACTIVIDADES CIENTÍFICAS - ESCUELAS - N° 3 D.E. 6° “RUFINO SÁNCHEZ” - UBICADA EN LA CALLE LA RIOJA N° 850 - ESCUELA N° 24 D.E. 8° - DR. FLORIAN OLIVER - UBICADA EN LA CALLE SARAZA N° 470 - ESCUELA N° 15 D.E. 12° - CNEL. C. T. SOURIGUES - UBICADA EN LA CALLE DR. JUAN F. ARANGUREN N° 2400 - ESCUELA N° 6 D.E. 19° - DR. ADOLFO SALDÍAS - UBICADA EN LA CALLE ECHAURI N° 1576
Publicación:
06/10/2021
Sanción:
06/09/2021
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292
(texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la
Resolución N° 565-SED/05, el Expediente Electrónico N° 25.194.225-GCABA-
DGEGE/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social;
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;
Que por Resolución N° 565-SED/05 se creó el Programa de Escuelas Primarias de
Jornada completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento, comprendiendo
los siguientes campos: artes, actividades científicas y educación física;
Que el citado programa implica la inclusión, de manera sistemática y continua, de
nuevas propuestas de formación en la escuela primaria, contribuyendo a promover
una diversificación de experiencias formativas para los alumnos de las escuelas de
jornada completa;
Que en este proceso de diversificación pedagógica, basado en un criterio de equidad y
balance en la distribución de los servicios que garanticen la calidad formativa y
avanzando en forma planificada, se propone incorporar este programa a nuevos
establecimientos;
Que la implementación que se propone Implica brindar oportunidades para trabajar
con los alumnos sobre proyectos especiales del área de las ciencias, incentivando en
la comunidad el entusiasmo por ellas y promoviendo la formación integral de los
ciudadanos;
Que en virtud de ello, la Dirección de Educación Primaria propone la implementación
del Programa Intensificación en un Campo del Conocimiento "Actividades Científicas"
en diversos establecimientos educativos de jornada completa de su Nivel;
Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa prestó su
conformidad respecto del proyecto cuya aprobación se propicia;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la implementación del Programa Escuelas Primarias de
Jornada Completa con Intensificación en un Campo del Conocimiento "Actividades
Científicas", en los establecimientos educativos de conformidad al detalle obrante en el
Anexo (IF-2021-25858220-GCABA-DGEGE), el que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Determínase que el gasto que demande lo dispuesto en el artículo
precedente será imputado a la Jurisdicción 55 - UE 7342 - Programa 35 - Actividad
14000 - Inciso 1 - Partida Principal 1.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de
Haberes y a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos, dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a las Subsecretarias de Coordinación Pedagógica
y Equidad Educativa, de Carrera Docente, a las Direcciones Generales de Educación
de Gestión Estatal, de Personal Docente y No Docente, de Administración de
Recursos, a la Dirección de Educación Primaria, y a la Gerencia Operativa de
Recursos Humanos Docentes, del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.
Acuña