RESOLUCIÓN 683 2021 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE APRUEBAN - AGRUPAMIENTOS DE ESPACIOS DE PUBLICIDAD - VÍA PÚBLICA - REALIZADOS POR LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - ELECCIONES 2021 - ASIGNADOS A LOS PARTIDOS POLÍTICOS - ALIANZAS ELECTORALES - LISTA DE CANDIDATOS/AS - ELECCIONES GENERALES - 14 DE NOVIEMBRE DEL 2021 - SE INSTRUYE - REALIZAR UN SORTEO INICIAL - ORDEN DE AGRUPACIONES

Publicación:

14/10/2021

Sanción:

07/10/2021

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: Las Leyes Nros. 268, 6.031, 6.292, 4736 (textos consolidados por Ley N°

6.347), los Decretos Nros 118/21 y 226/21, la Resolución N° 402-MJYSGC/21, las

Acordadas Electorales Nros. 5/21 y 12/21, las Resoluciones Nros. 37/21, 38/21, 39/21,

40/21 y 41/21 del Tribunal Superior de Justicia y el Expediente Electrónico N°

22237032-GCABA-UPEE/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 118/21 y su complementario N° 226/21 se convocó al electorado

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones generales para que el día 14 de

noviembre del 2021 se proceda a la selección de treinta (30) candidatos/as a

Diputados/as titulares y los/as correspondientes candidatos/as a Diputados/as

suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

quienes asumirán sus funciones el día 10 de diciembre del corriente año;

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que entre las competencias asignadas al Ministerio de Justicia y Seguridad por la Ley

N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se encuentra la referida a organizar las

estructuras de asistencia técnica, ejecución de la convocatoria electoral y el

financiamiento de los Partidos Políticos en el ámbito de la Ciudad, debiendo, en

consecuencia, adoptar las acciones que sean necesarias para la organización y

realización de los comicios convocados por el presente, pudiendo dictar las normas

que resulten necesarias de acuerdo a su competencia a fin de administrar, liquidar,

distribuir y asignar el aporte público para el financiamiento de la campaña electoral de

las agrupaciones políticas y lo referente a la distribución de los espacios de publicidad

en la vía pública;

Que la Ley N° 6.031 (texto consolidado por Ley N° 6.347) sancionó en su Anexo A, el

Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su Título

Séptimo, Capítulo I, el procedimiento para la oficialización de lista de los candidatos/as

que han de participar en las elecciones generales, disponiendo, en el artículo 100

punto 2.- que sólo podrán participar en las elecciones generales las agrupaciones

políticas que hayan obtenido para la categoría de Diputados/as, como mínimo un total

de votos considerando los de todas sus listas de precandidatos/as, igual o superior al

uno y medio por ciento (1,5%) de los votos válidamente emitidos en el distrito para

dicha categoría;

Que mediante Acordada Electoral N° 5/2021 el Tribunal Superior de Justicia aprobó,

como Anexo, que forma parte integrante de la misma, el cronograma electoral para las

próximas elecciones generales, disponiendo, para el día 30 de septiembre del 2021 el

inicio de la campaña electoral;

Que mediante Acordada Electoral N° 12/2021 el Tribunal Superior de Justicia aprobó

los resultados totales del escrutinio definitivo de las mesas de electoras/es nacionales

y extranjeras/os de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y obligatorias

detallados en el Anexo que forma parte de la misma y declaró que pueden participar

en las elecciones generales del 14 de noviembre de 2021 para la categoría de

Diputadas/os de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las siguientes

agrupaciones políticas: Alianza Juntos por el Cambio, Alianza Frente de Todos,

Alianza La Libertad Avanza, Alianza Frente de Izquierda y Trabajadores --Unidad-- y

el Partido Autodeterminación y Libertad;

Que mediante Resolución N° 402-MJYSGC/21, se dispuso la notificación en el correo

electrónico del Partido Político, Confederación y/o Alianza Electoral, de los actos

administrativos en el marco del proceso electoral en curso, en los términos previstos

por la Ley N° 4736 ( texto consolidado por Ley N° 6.347);

Que la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) en su artículo 6 establece que

"El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe ofrecer a los Partidos,

Confederaciones y Alianzas que se presenten a la elección, espacios de publicidad en

las pantallas de vía pública que estén a su disposición. Éstos se distribuirán

respetando criterios de equidad en cuanto a su ubicación. Estos espacios no serán

computables a los efectos de lo dispuesto por los artículos 8° y 9°" de la citada Ley";

Que mediante mediante Resoluciones de Presidencia Nros 37/21, 38/21, 39/21, 40/21

y 41/21 el Tribunal Superior de Justicia informó los Partidos Políticos y Alianzas

electorales que oficializaron lista de candidatos/as para las próximas elecciones

generales;

Que la Subsecretaría de Comunicación Social ha informado mediante NO-2021-

29081989-GCABA-SSCS que el listado de los espacios disponibles de publicidad en la

vía pública para su distribución entre los Partidos Políticos y Alianzas electorales que

oficializaron lista de candidatos/as para las elecciones generales es la misma base

que la utilizada para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias

remitida oportunamente;

Que la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021 ha elaborado el

Informe Técnico pertinente IF-2021-30260563-GCABA-UPEE, y en base a los criterios

allí plasmados procedió a distribuir los referidos espacios de publicidad (CPM -

Carapantallas- y PPL -Transiluminados-) con aplicación del criterio de equidad en

cuanto a su ubicación y cantidad, en un número de paquetes publicitarios equivalentes

al número de Partidos Políticos y Alianzas electorales que han oficializado lista de

candidatos/as para la categoría de Diputados/as de la Ciudad;

Que en el marco de los conceptos de imparcialidad y equidad resulta conveniente la

realización de un sorteo ante Escribano Público del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires, a los fines de la asignación de los paquetes de espacios de publicidad en la vía

pública a cada agrupación política;

Que los paquetes de espacios de publicidad en vía pública, se otorgarán, a cada

Partidos Políticos y Alianzas que oficializó lista de candidatos/as para la categoría

Diputados/as de la Ciudad;

Que mediante IF-2021-30293400-GCABA-UPEE se expidió la Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) Elecciones 2021 de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de

Justicia y Seguridad, organismo con competencia originaria en la materia;

Que han prestado conformidad la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y

Seguridad;

Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa Legales de la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por las Ley N° 6292 (texto

consolidado por Ley N° 6.347),

EL MINISTRO

DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébanse los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública

realizados por la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021 que serán

asignados a los Partidos Políticos y Alianzas electorales que oficializaron lista de

candidatos/as para las elecciones generales a celebrarse el día 14 de noviembre del

2021, mediante sorteo público, conforme el detalle que como IF N° 2021-30182430-

GCABA-UPEE, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Instrúyase a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021

para que proceda a realizar un sorteo inicial, a fin de determinar, el orden de las

Agrupaciones Políticas, por el cual se les asignará un número del uno (1) al cinco (5) a

cada Partido Político y/o Alianza Electoral que ha oficializado lista de candidatos/as

para las próximas elecciones generales a celebrarse el día 14 de noviembre del 2021.

Artículo 3°.- Una vez determinado el orden establecido en el artículo 2° de la presente

Resolución, se realizará un primer y único sorteo para la categoría Diputados/as de la

Ciudad. Participarán del sorteo cinco (5) Agrupaciones Políticas. Se procederá a la

extracción de las cinco (5) bolillas las que se corresponderán a cada uno de los

paquetes de espacios de publicidad en la vía pública, que serán asignadas a las

mismas de acuerdo al orden determinado precedentemente, quedando todo ello

asentado en el acta notarial respectiva.

Artículo 4°.- El sorteo se realizará ante Escribano Público del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires en la sede del Ministerio de Justicia y Seguridad, sita en la calle Av.

Regimiento de Patricios, Piso 4to, CABA, a las 14.00 horas del día 14 de Octubre del

2021.

Artículo 5°.- Instrúyase a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021

para que, una vez efectuado el sorteo en el horario y día mencionado en el artículo 4°,

proceda a publicar en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad, los paquetes de

espacios de publicidad en la vía pública asignados, con identificación del número de

grupo, cantidad, tipo y ubicación de los mismos y el método de distribución utilizado

para su determinación.

Artículo 6°.- Instrúyase a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021 a

fin de que proceda a notificar los paquetes de espacios de publicidad en vía pública

asignados a cada agrupación política, con identificación del número, cantidad, tipo,

ubicación de los mismos y la metodología utilizada.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad y

pase para su conocimiento y demás efectos a la Unidad de Proyectos Especiales

(UPE) Elecciones 2021. Cumplido, archívese. D'Alessandro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6235

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 683-MJYSGC/21 aprueba los agrupamientos de espacios de publicidad en la vía pública<br />realizados por la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021 que serán asignados a los Partidos Políticos y Alianzas electorales que oficializaron lista de candidatos/as para las elecciones generales a celebrarse el día 14 de noviembre del 2021, en el marco del Decreto N° 118/21.</p>