RESOLUCIÓN 3844 2021 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 1940-MCGC-10 - MIEMBROS DEL JURADO DE SELECCIÓN - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

18/10/2021

Sanción:

07/10/2021

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Ley N° 156 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 845-

GCABA/00 y su modificatorio Decreto N° 412-GCABA/10, la Resolución N° 1.940-

MCGC/10 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N° 2021-30115421-GCABA-

DGDCC y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 156 (texto consolidado por Ley N° 6.347) crea el Régimen de

Concertación para la Actividad Teatral no Oficial, con el objeto de proteger, propiciar y

fomentar el teatro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el Decreto N° 845-GCABA/00 y su modificatorio Decreto N° 412-GCABA/10

reglamentan la referida Ley.

Que el artículo 4° del Decreto N° 412-GCABA/10 establece que el referido Régimen

estará conducido por un Directorio de acuerdo a la integración allí indicada.

Que el artículo 6° del referido Decreto establece que "los aspirantes a desempeñar la

función de Director Artístico, según lo previsto en el inciso c) del artículo 4°, deben

contar con la acreditación expresa de idoneidad otorgada por alguna de las

instituciones reconocidas del quehacer teatral de la Ciudad de Buenos Aires y

participar de un concurso público abierto de antecedentes y oposición, convocado y

resuelto por un Jurado de Selección".

Que el artículo 7° de dicha normativa establece que dicho Jurado de Selección debe

estar integrado por el Director Administrativo del Instituto PROTEATRO y por

personalidades destacadas de la actividad teatral nominadas por los Directores

previstos en los incisos a), d) y e) del artículo 4°, y designadas por Resolución del

Ministerio de Cultura.

Que mediante la Resolución N° 1.940-MCGC/10 y sus modificatorias, se estableció en

su artículo 1° que "Los miembros del Jurado de Selección mencionados en el artículo

7° del Decreto N° 412-GCABA-10, deben ser idóneos en alguna de las siguientes

actividades: dramaturgia, investigación, docencia, dirección y/o exceptuándose de lo

dispuesto, mediante el artículo 2° de la misma, al Director Administrativo.

Que, asimismo, mediante el artículo 4° de la citada normativa, se estableció que "Los

Directores indicados en el artículo 4°, incisos c), d) y e) del Decreto N° 412/10 deben

desempeñarse "ad honorem" y percibir una compensación mensual hasta la suma de

pesos quince mil ($ 15.000), la misma se hará efectiva a partir del 1 de octubre de

2019".

Que en atención al tiempo transcurrido, al incremento de las tareas producto del

desarrollo del Instituto y de los gastos propios de su ejecución, se advierte la

necesidad de actualizar los indicados montos.

Que en atención a lo expuesto, resulta consecuente el dictado del acto administrativo

modificatorio de la Resolución N° 1.940-MCGC/10, a fin de actualizar los importes

percibidos por el Jurado de Selección, en concepto de compensación por su labor, y

por los Directores indicados en los incisos c), d) y e) del artículo 4° del Decreto N°

412/10, en concepto de compensación mensual.

Que por analogía se aplican al presente los términos del Dictamen (IF-2018-

13928797-DGEMPP) emitido por la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires, recaído en el Expediente Electrónico N° 2018-10567121-MGEYA-DGTALMC en

los términos de la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.347).

Que mediante el informe IF-2021-30161859-GCABA-DGOGPP la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y

Finanzas ha tomado intervención de su competencia.

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia.

Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 1° de la Resolución N° 1.940-MCGC/10, el cual

quedará redactado de la siguiente manera: "Los miembros del Jurado de Selección

mencionados en el artículo 7° del Decreto N° 412-GCABA-10, deben ser idóneos en

alguna de las siguientes actividades: dramaturgia, investigación, docencia, dirección

y/o interpretación teatral, y percibirán por la labor realizada, una compensación de

pesos quince mil ($ 15.000.-).".

Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 4° de la Resolución N° 1.940-MCGC/10, el que

queda redactado de la siguiente manera: "Los Directores indicados en el artículo 4°,

incisos c), d) y e) del Decreto N° 412-GCABA/10 deben desempeñarse "ad honorem" y

percibir una compensación mensual hasta la suma de pesos veinte mil ($ 20.000), la

misma se hará efectiva a partir del 1 de septiembre de 2021".

Artículo 3°.- El gasto que demande la presente será atendido con cargo a la partida

específica del presupuesto en vigor.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase a la Gerencia

Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la

Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido,

archívese. Avogadro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 3844-MCGC/21 modifica el artículo 1 de la Resolución N° 1940-MCGC/10.</p><p>Art. 2 modifica al art. 4.</p>