DECRETO 329 2021
Síntesis:
SE SANCIONA - CESANTÍA - FAMELI FACUNDO MARTÍN
Publicación:
22/10/2021
Sanción:
20/10/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, la Ordenanza N° 40.593
(ambos textos consolidados conforme Ley N° 6.347), las Resoluciones Nros. 4.776-
MEGC/06 y 3.758-MEIGC/19, el Expediente Electrónico N° 21.158.813- GCABA-
DGEGE/19, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 3.758-MEIGC/19, se dispuso la instrucción del Sumario
Administrativo N° 219/19, a fin de investigar los hechos y deslindar las
responsabilidades que pudieran corresponder en relación a las presuntas conductas
disvaliosas en el desempeño docente en la Escuela de Comercio N° 21 "Capitán de
Navío Hipólito Bouchard" Distrito Escolar 11° de esta Ciudad;
Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas
recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria al agente Facundo
Martín Fameli (DNI N° 36.593.892 F.C. N° 461.088);
Que, habida cuenta de las pruebas obrantes, se le formularon los respectivos cargos
administrativos;
Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia, y acordó con el
reproche formulado;
Que el agente Fameli, fue debidamente notificado de su derecho a tomar vista de las
actuaciones para ofrecer descargo y prueba, presentando su correspondiente defensa,
ofreciendo prueba documental, informativa y testimonial, la cual fuera producida
oportunamente;
Que, consecuentemente, habiendo sido notificado debidamente de la vista y el plazo
para alegar, el agente Fameli presentó el escrito correspondiente;
Que posteriormente, se dispuso la clausura de la instrucción;
Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, en su Dictamen identificado como Informe N° IF-2021-19288316-
GCABA-DGSUM, aconsejó sancionar con cesantía al agente Facundo Martín Fameli
(DNI N° 36.593.892 F.C. N° 461.088) por haber sido hallado responsable del cargo
formulado en autos y con ello haber infringido el deber impuesto en el artículo 6°,
inciso c), de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la
obligación contemplada en el artículo N° 73, inciso 15), y la prohibición establecida en
el artículo N° 74, inciso 10), de la Resolución N° 4.776-MEGC/06, quedando
aprehendida su conducta en las previsiones del artículo N° 36, inciso f), del citado
plexo normativo;
Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de
Firma Conjunta identificado como Informe N° IF-2021-23017514-GCABA-DGCDO,
coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con
mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551;
Que, atento a ello, corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo
aplicando la sanción de cesantía;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza
N° 40.593,
Artículo 1°.- Sanciónase con cesantía al agente Facundo Martín Fameli (DNI N°
36.593.892 F.C. N° 461.088), por haber sido hallado responsable de los cargos
formulados en el Sumario Administrativo N° 219/19, y con ello haber infringido el deber
impuesto en el artículo 6°, inciso c), de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por
Ley N° 6.347), la obligación contemplada en el artículo 73, inciso 15, y la prohibición
establecida en el artículo 74, inciso 10 de la Resolución N° 4.776-MEGC/06, quedando
aprehendida su conducta en las previsiones del artículo 36, inciso f) de la Ordenanza
N° 40.593.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado Facundo Martín Fameli (DNI N° 36.593.892 F.C. N° 461.088), con
copia del Dictamen N° IF-2021-19288316-GCABADGSUM, en los términos del artículo
63 del Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347), haciéndole saber
que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá
articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de reconsideración, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza N° 40.593 o el recurso
previsto en el artículo 464 del Código Contencioso Administrativo y Tributario,
aprobado por Ley N° 189. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General
de Coordinación Legal e Institucional, dependiente del Ministerio de Educación. Pase a
la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad para su
conocimiento y para efectuar el seguimiento de la causa penal en trámite, ante el
eventual incumplimiento de las pautas impuestas, a los efectos de evaluar el
agravamiento de la medida disciplinaria, conforme lo dispuesto en el Dictamen IF-
2021-19288316-GCABADGSUM, punto 11, "c". RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña -
Miguel