ACORDADA ELECTORAL 13 2021 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
SE DETERMINA - DEBATE DE LAS-OS CANDIDATAS-OS A PRIMERA-PRIMER DIPUTADA-O A LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SE CELEBRARÁ EL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL CORRIENTE A LAS 20 HORAS - ELECCIONES 2021 -TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - REGLAMENTO PARA DEBATE PREELECTORAL
Publicación:
21/10/2021
Sanción:
20/10/2021
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M.
Weinberg, su vicepresidente, la jueza Marcela De Langhe, y los jueces Alicia E. C.
Ruiz, Luis Francisco Lozano y Santiago Otamendi; y
CONSIDERAN:
1. Que el día 18 de octubre del corriente, se llevó a cabo la audiencia prevista en el
artículo 66 del Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante,
CE) de conformidad con lo dispuesto en la cláusula transitoria quinta de la ley n° 6031,
convocada mediante Resolución Electoral de Presidencia n° 43/2021, de la que da
cuenta el acta obrante en el EX-2021-00009168-JUS-SAO, cuyo registro audiovisual
está publicado en el sitio web electoral de Tribunal www.eleccionesciudad.gob.ar.
Corresponde, en consecuencia, que el Tribunal determine el lugar y la fecha de la
realización del debate preelectoral y apruebe el Reglamento por el que se regirá.
2. En cuanto al lugar donde se realizará el debate y los moderadores, hubo
conformidad por parte de todas las agrupaciones políticas con la propuesta presentada
por el Poder Ejecutivo de la Ciudad en el documento denominado "Parámetros del
debate electoral. Informe técnico" respecto a que se realizara en el estudio de
televisión sito en la calle Esparza n° 37 de esta Ciudad y que los moderadores fueran
los periodistas del Canal de la Ciudad, Brenda Brecher y Javier Díaz.
3. Respecto de la fecha del debate propuesta por el GCBA, el representante de la
alianza Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad solicitó que no se hiciera un
día viernes, aduciendo que dicho día era uno de menor audiencia -sobre todo para la
juventud- y de menor repercusión, por estar seguido del fin de semana. El apoderado
de la alianza Juntos por el Cambio se opuso a la modificación de la fecha propuesta.
El resto de las agrupaciones y candidatos prestaron conformidad con el día 29 de
octubre.
A fin de decidir esta cuestión, el Tribunal ha tenido en cuenta que la menor audiencia o
repercusión de un programa televisivo el día viernes no ha sido debidamente
fundamentada sobre bases ciertas y comprobables y, por otra parte, debe
considerarse también la posibilidad de una libre reproducción del debate, que quedará
registrado en la plataforma Youtube y será publicado, además, en la web electoral del
Tribunal --de igual modo que en el año 2019-- lo que facilitará su posterior difusión por
el resto de las redes sociales y medios de comunicación.
4. En cuanto a la modalidad y dinámica del debate, el representante de la alianza
Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad, propuso adicionar 5 o 6 minutos de
discusión libre entre las/os candidatas/os en cada eje temático y el candidato por la
alianza Frente de Todos, propuso que se agreguen 30 segundos al tiempo de cada
participante en cada eje temático. A su turno, el apoderado de la alianza Juntos por el
Cambio, se opuso al pedido de agregar minutos de discusión libre, al entender que
resultaría más serio y ordenado para un debate organizado por el Tribunal que la
participación de las/os candidatas/os fuera reglada. Asimismo, compartió la propuesta
de adicionar 30 segundos pero en la exposición de cierre del debate por las/os
candidatas/os. Consultado, el Director del Canal de la Ciudad manifestó que añadir 30
segundos no modificaba la dinámica ni sustancialmente la duración, ya fuera en cada
eje temático o sólo en el cierre del debate.
En estas condiciones, el Tribunal entiende que la dinámica y modalidad del debate
debe ser la propuesta en el documento presentado por el GCBA "Parámetros del
debate electoral. Informe técnico", adicionando 30 segundos para la conclusión de
las/os candidatas/os en cada eje temático, que se extenderá entonces a un minuto
treinta segundos por participante.
Para así resolver, se tiene en consideración que el representante del Frente de
Izquierda y de Trabajadores - Unidad no explicó cuál sería la forma de repartir
equitativamente el tiempo de intercambio libre entre candidatas/os, ni cuáles serían las
reglas a las que deberían atenerse los moderadores para garantizar una comunicación
fluida que sirva al debate. Es dable destacar aquí que la modalidad reglada propuesta
fue la adoptada por el Tribunal en los diecisiete debates realizados en el proceso
electoral del año 2019, todos con buen resultado a sus efectos.
5. Con relación a los temas a abordar en el debate, resulta adecuado aprobar los ejes
temáticos del documento presentado por el GCBA "Parámetros del debate electoral.
Informe técnico" con la incorporación en el Tema III del subtema "género", toda vez
que no merecieron observación. En consecuencia, los ejes temáticos serán: 1)
Políticas frente a la pandemia, salud y post-pandemia; 2) Autonomía, justicia y
seguridad; 3) Desarrollo humano y productivo: Educación, trabajo, cultura y género; y
4) Vivienda, ambiente, infraestructura y gestión urbana.
6. Finalmente, en la audiencia se efectuaron los sorteos del orden de ubicación de
las/os candidatas/os en el estudio de televisión y en las gráficas, los roles de cada
candidata/o que determinan el orden de exposición y el turno de la pregunta y el orden
de los temas a abordar en el debate preelectoral.
Ello así, corresponde aprobar el reglamento que como Anexo integra esta Acordada.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el art. 113 inc. 6 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cláusula transitoria
quinta de la ley n° 6031,
1. Determinar que el debate de las/os candidatas/os a primera/primer Diputada/o a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se celebrará el día 29 de octubre
del corriente a las 20:00 horas en el estudio de televisión sito en la calle Esparza n° 37
de esta Ciudad.
2. Aprobar el Reglamento para el desarrollo del debate preelectoral que como Anexo
integra esta Acordada.
3. Mandar que se registre, se notifique a las agrupaciones políticas y a las/os
primeras/os candidatas/os participantes, a la Subsecretaria de Asuntos Políticos del
Ministerio de Gobierno y a la Secretaría de Medios de la Ciudad de Buenos Aires, se
publique en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio web
electoral del Tribunal www.eleccionesciudad.gob.ar. Weinberg - de Langhe - Ruiz -
Lozano - Otamendi