ACORDADA ELECTORAL 13 2021 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

SE DETERMINA - DEBATE DE LAS-OS CANDIDATAS-OS A PRIMERA-PRIMER DIPUTADA-O A LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SE CELEBRARÁ EL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL CORRIENTE A LAS 20 HORAS - ELECCIONES 2021 -TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - REGLAMENTO PARA DEBATE PREELECTORAL

Publicación:

21/10/2021

Sanción:

20/10/2021

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M.

Weinberg, su vicepresidente, la jueza Marcela De Langhe, y los jueces Alicia E. C.

Ruiz, Luis Francisco Lozano y Santiago Otamendi; y

CONSIDERAN:

1. Que el día 18 de octubre del corriente, se llevó a cabo la audiencia prevista en el

artículo 66 del Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante,

CE) de conformidad con lo dispuesto en la cláusula transitoria quinta de la ley n° 6031,

convocada mediante Resolución Electoral de Presidencia n° 43/2021, de la que da

cuenta el acta obrante en el EX-2021-00009168-JUS-SAO, cuyo registro audiovisual

está publicado en el sitio web electoral de Tribunal www.eleccionesciudad.gob.ar.

Corresponde, en consecuencia, que el Tribunal determine el lugar y la fecha de la

realización del debate preelectoral y apruebe el Reglamento por el que se regirá.

2. En cuanto al lugar donde se realizará el debate y los moderadores, hubo

conformidad por parte de todas las agrupaciones políticas con la propuesta presentada

por el Poder Ejecutivo de la Ciudad en el documento denominado "Parámetros del

debate electoral. Informe técnico" respecto a que se realizara en el estudio de

televisión sito en la calle Esparza n° 37 de esta Ciudad y que los moderadores fueran

los periodistas del Canal de la Ciudad, Brenda Brecher y Javier Díaz.

3. Respecto de la fecha del debate propuesta por el GCBA, el representante de la

alianza Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad solicitó que no se hiciera un

día viernes, aduciendo que dicho día era uno de menor audiencia -sobre todo para la

juventud- y de menor repercusión, por estar seguido del fin de semana. El apoderado

de la alianza Juntos por el Cambio se opuso a la modificación de la fecha propuesta.

El resto de las agrupaciones y candidatos prestaron conformidad con el día 29 de

octubre.

A fin de decidir esta cuestión, el Tribunal ha tenido en cuenta que la menor audiencia o

repercusión de un programa televisivo el día viernes no ha sido debidamente

fundamentada sobre bases ciertas y comprobables y, por otra parte, debe

considerarse también la posibilidad de una libre reproducción del debate, que quedará

registrado en la plataforma Youtube y será publicado, además, en la web electoral del

Tribunal --de igual modo que en el año 2019-- lo que facilitará su posterior difusión por

el resto de las redes sociales y medios de comunicación.

4. En cuanto a la modalidad y dinámica del debate, el representante de la alianza

Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad, propuso adicionar 5 o 6 minutos de

discusión libre entre las/os candidatas/os en cada eje temático y el candidato por la

alianza Frente de Todos, propuso que se agreguen 30 segundos al tiempo de cada

participante en cada eje temático. A su turno, el apoderado de la alianza Juntos por el

Cambio, se opuso al pedido de agregar minutos de discusión libre, al entender que

resultaría más serio y ordenado para un debate organizado por el Tribunal que la

participación de las/os candidatas/os fuera reglada. Asimismo, compartió la propuesta

de adicionar 30 segundos pero en la exposición de cierre del debate por las/os

candidatas/os. Consultado, el Director del Canal de la Ciudad manifestó que añadir 30

segundos no modificaba la dinámica ni sustancialmente la duración, ya fuera en cada

eje temático o sólo en el cierre del debate.

En estas condiciones, el Tribunal entiende que la dinámica y modalidad del debate

debe ser la propuesta en el documento presentado por el GCBA "Parámetros del

debate electoral. Informe técnico", adicionando 30 segundos para la conclusión de

las/os candidatas/os en cada eje temático, que se extenderá entonces a un minuto

treinta segundos por participante.

Para así resolver, se tiene en consideración que el representante del Frente de

Izquierda y de Trabajadores - Unidad no explicó cuál sería la forma de repartir

equitativamente el tiempo de intercambio libre entre candidatas/os, ni cuáles serían las

reglas a las que deberían atenerse los moderadores para garantizar una comunicación

fluida que sirva al debate. Es dable destacar aquí que la modalidad reglada propuesta

fue la adoptada por el Tribunal en los diecisiete debates realizados en el proceso

electoral del año 2019, todos con buen resultado a sus efectos.

5. Con relación a los temas a abordar en el debate, resulta adecuado aprobar los ejes

temáticos del documento presentado por el GCBA "Parámetros del debate electoral.

Informe técnico" con la incorporación en el Tema III del subtema "género", toda vez

que no merecieron observación. En consecuencia, los ejes temáticos serán: 1)

Políticas frente a la pandemia, salud y post-pandemia; 2) Autonomía, justicia y

seguridad; 3) Desarrollo humano y productivo: Educación, trabajo, cultura y género; y

4) Vivienda, ambiente, infraestructura y gestión urbana.

6. Finalmente, en la audiencia se efectuaron los sorteos del orden de ubicación de

las/os candidatas/os en el estudio de televisión y en las gráficas, los roles de cada

candidata/o que determinan el orden de exposición y el turno de la pregunta y el orden

de los temas a abordar en el debate preelectoral.

Ello así, corresponde aprobar el reglamento que como Anexo integra esta Acordada.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el art. 113 inc. 6 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cláusula transitoria

quinta de la ley n° 6031,

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

ACUERDA:

1. Determinar que el debate de las/os candidatas/os a primera/primer Diputada/o a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se celebrará el día 29 de octubre

del corriente a las 20:00 horas en el estudio de televisión sito en la calle Esparza n° 37

de esta Ciudad.

2. Aprobar el Reglamento para el desarrollo del debate preelectoral que como Anexo

integra esta Acordada.

3. Mandar que se registre, se notifique a las agrupaciones políticas y a las/os

primeras/os candidatas/os participantes, a la Subsecretaria de Asuntos Políticos del

Ministerio de Gobierno y a la Secretaría de Medios de la Ciudad de Buenos Aires, se

publique en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio web

electoral del Tribunal www.eleccionesciudad.gob.ar. Weinberg - de Langhe - Ruiz -

Lozano - Otamendi


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Articulo 1° Acordada Electoral N° 13-TSJ-21 determina  que el debate de las-os candidatas-os a primera-primer Diputada-o a la<br />Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se celebrará el día 29 de octubre<br />del corriente a las 20:00 horas en el estudio de televisión sito en la calle Esparza n° 37<br />de esta Ciudad.</p>