RESOLUCIÓN 3958 2021 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE DESARROLLARÁ CON MODALIDAD VIRTUAL - 65° PREMIO DEL SALÓN DE ARTES PLÁSTICAS MANUEL BELGRANO - EDICIÓN 2020 - APRUEBA REGLAMENTO - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - CULTURA

Publicación:

21/10/2021

Sanción:

12/10/2021

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires (t.c. por Ley N° 6.347),la Ordenanza N° 36.689 y modificatoria (t.c. por

Ley N° 6.347), el Decreto N° 463/2019 y modificatorios, el Expediente Electrónico N°

EX-2021-30452282-GCABA-DGPMYCH, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (t.c. por Ley N° 6.347) establece en el artículo 22°

que corresponde al Ministro de Cultura, diseñar e implementar las políticas, planes y

programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural, orientar las

manifestaciones artístico-culturales promoviendo y realizando actividades de

formación especializada en estas áreas, promover las actividades culturales de interés

comunitario, entre otras;

Que por el Decreto N° 463/2019, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando en el ámbito del Ministerio de Cultura, dependiendo de la Subsecretaría

de Gestión Cultural, a la Dirección General de Patrimonio Museos y Casco Histórico;

Que, la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco Histórico tiene entre sus

misiones y funciones la de "Desarrollar estrategias destinadas a promover, rescatar,

preservar y acrecentar el patrimonio de los museos facilitando el acceso del público a

sus colecciones y generando manifestaciones artísticas y culturales vinculadas al

área", como así también la de "Propiciar la participación del sector privado en la

obtención de recursos para potenciar el desarrollo de los museos dependientes de la

Dirección General";

Que mediante la Ordenanza N° 36.689 (t.c. por Ley N° 6.347) se aprobó el Régimen

de Concursos y Premios de artes plásticas, Manchas y tapices;

Que el artículo 49° de la Ordenanza citada establece que se debe organizar

anualmente el Salón Municipal de Artes Plásticas "Manuel Belgrano"de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que mediante el informe N° IF-2021-30658343-GCABA-DGPMYCH, la Dirección

General Patrimonio, Museos y Casco Histórico comunica a éste Ministerio del interés

de llevar a cabo el 65° Salón Municipal de Artes Plásticas Manuel Belgrano, edición

2020, y de implementarlo de manera virtual;

Que atento la coyuntura actual de situación de pandemia por Covid-19, y a fin de

prevenir la circulación y el contagio del virus, se debe evitar la concurrencia de

personas en un mismo espacio físico cerrado;

Que este Ministerio se encuentra trabajando en la promoción de actividades culturales

en formato digital que fomenten la actividad artístico-cultural de la Ciudad;

Que el sector que desarrolla actividades y disciplinas artísticas afronta grandes

dificultades para obtener recursos genuinos, enfrentándose a situaciones económicas

de muy difícil recuperación;

Que, en el entendimiento que todas las artes culturales constituyen un patrimonio

cultural, acreedor de la protección del Estado, surge la necesidad de continuar

implementando acciones adecuadas al contexto actual;

Que los premios creados por la Ordenanza N° 36.689 revisten un imprescindible y

necesario apoyo a la promoción de la cultura y la creación artística, procurando la

calidad y jerarquía de las producciones, incentivando la actividad de los artistas

protegiendo y difundiendo las manifestaciones de la cultura popular.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.292 (t.c. por Ley N°

6.347),

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establézcase que el 65° Premio del Salón de Artes Plásticas Manuel

Belgrano, edición 2020, se desarrollará mediante la modalidad virtual.

Artículo 2°.- Apruébase el Reglamento del 65° Premio del Salón de Artes Plásticas

Manuel Belgrano, según Anexo (IF-2021-30838646-GCABA-DGPMYCH), el que a

todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Patrimonio,

Museos y Casco Histórico. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6240

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 3958/MCGC/21 establece que que el 65° Premio del Salón de Artes Plásticas Manuel Belgrano, edición 2020, se desarrollará mediante la modalidad virtual, en el marco de la emergencia sanitara declarada mediante el DNU 1/20.</p>