RESOLUCIÓN 708 2021 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE ASIGNA - SUMA EN CONCEPTO - APORTE PÚBLICO - LEY N° 268 - PARTIDO MOVIMIENTO AL SOCIALISMO
Publicación:
26/10/2021
Sanción:
19/10/2021
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 268, 6.031, y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347),
los Decretos Nros. 118/21 y 226/21, las Resoluciones N° 402-MJYSGC/21, N° 463-
MJYSGC/21 y Resoluciones de Presidencia Nros 12/21 y 21/21 del Tribunal Superior
de Justicia de la Ciudad y el Expediente Electrónico N° 31480910-GCABA-UPEE/21, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 118/21 y su complementario N° 226/21 se convocó al electorado
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones Primarias, Abiertas,
Simultáneas y Obligatorias para que el día 12 de septiembre del 2021 se proceda a la
selección de treinta (30) candidatos/as a Diputados/as titulares y los/as
correspondientes candidatos/as a Diputados/as suplentes para integrar el Poder
Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes asumirán sus funciones
el día 10 de diciembre del corriente año;
Que entre las competencias asignadas al Ministerio de Justicia y Seguridad por la Ley
N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se encuentra la referida al
financiamiento de los Partidos Políticos y los Institutos de democracia participativa,
tanto en el orden de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como en el de las Comuna,
quedando, entonces, a su cargo la implementación de las actividades necesarias a fin
de administrar, liquidar, distribuir y asignar el aporte público para las elecciones
Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12 de Septiembre del 2021;
Que la Ley N° 6.031 (texto consolidado por Ley N° 6.347) sancionó en su Anexo A, el
Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su Título
Sexto, Capítulo Único, el régimen de elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y
Obligatorias, disponiendo que todas las agrupaciones políticas que intervienen en la
elección de autoridades locales proceden en forma obligatoria a seleccionar sus
candidatos/as a cargos públicos electivos, excepto el/la candidato/a a Vicejefe/a de
Gobierno, mediante elecciones primarias abiertas en un solo acto electivo simultáneo,
con voto secreto y obligatorio, aún en aquellos casos en que se presentare una (1)
sola lista de precandidatos/as para una determinada categoría;
Que La Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) define el concepto de
campaña electoral, estableciendo las normas a las que deben ceñirse los Partidos
Políticos, Confederaciones y/o Alianzas;
Que por otro lado, la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) en su artículo 13
establece que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contribuye al
financiamiento de la campaña electoral de las agrupaciones políticas para las
elecciones Primarias con un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) del que
les corresponda por aporte de campaña para las elecciones generales, según lo
estipulado en el artículo 10° de la Ley, el que se deberá distribuir en partes iguales
entre las listas de precandidatos/as oficializadas de cada agrupación política;
Que a efectos de materializar la distribución del aporte público de campaña, se dictó la
Resolución N° 402-MJYSGC/21, estableciendo los requisitos y el circuito
administrativo que deberán seguir los Partidos Políticos, Alianzas electorales y/o
Confederaciones a tal fin;
Que mediante Resolución N° 463-MJYSGC/21 se determinó para las elecciones
Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12 de Septiembre del 2021 el
monto general del aporte público y fondo remanente para el financiamiento de la
campaña electoral de los Partidos Políticos y Alianzas Electorales conforme lo
establecen los artículos 9° y 10 de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347)
para la categoría de Diputados/as de la Ciudad;
Que el Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO ha solicitado mediante nota que obra
agregada al expediente vinculada mediante IF-2021-31478328-GCABA-UPEE el
aporte público para el financiamiento de la campaña electoral de las pasadas
elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, en los términos de la Ley
N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 12/21 y 21/21 del Tribunal Superior
de Justicia de la Ciudad y que obran vinculadas al presente Expediente mediante IF-
202122461425-GCABA-UPEE e IF-2021-22413505-GCABA-UPEE el citado Tribunal
determinó que el Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO se encuentra en condiciones
de participar y que ha oficializado lista de precandidatos/as denominadas "Para
Renovar la Izquierda" para la categoría Diputados/as de la Ciudad a fin de participar
en las pasadas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12
de Septiembre del 2021;
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347)
artículos 10 inciso 1, puntos a.- y b.- y 13, corresponde asignar en concepto de aporte
público para el financiamiento de la campaña electoral la suma total de PESOS
DOSCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 15/100 ($
209.235,15.-) para la categoría Diputados/as de la Ciudad;
Que asimismo, corresponde asignarles en concepto de fondo remanente las sumas
determinadas mediante Resolución N° 463-MJYSGC/21 para la categoría
Diputados/as de la Ciudad;
Que corresponde asignar al Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO en concepto de
fondo remanente conforme lo establece la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N°
6.347) artículos 10 inciso 1, punto c.-y 13, la suma total de PESOS DOSCIENTOS
SESENTA Y DOS MIL NUEVE CON 79/100 ($ 262.009,79.-) para la categoría
Diputados/as de la Ciudad;
Que se ha constatado la documentación para el requerimiento del aporte público
cuyas constancias obran vinculadas al presente Expediente mediante IF-2021-
31478131-GCABA-UPEE; IF-2021-31478328-GCABA-UPEE;IF-2021-31478449-
GCABA-UPEE;IF-2021-31478374-GCABA-UPEE;IF -2021-31478413-GCABA-UPEE;
Que de acuerdo a lo manifestado en el párrafo anterior, el apoderado del Partido
MOVIMIENTO AL SOCIALISMO solicitó expresamente el depósito del aporte público
para el financiamiento de la campaña electoral -Elecciones Primarias, Abiertas,
Simultáneas y Obligatorias- en la Cuenta Bancaria Especial, Cuenta Corriente N°
5013938/5, del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 111, declarando el
nombre de las personas autorizadas a girar sobre la misma según certificación
expedida por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos;
Que mediante IF-2021-31600743-GCABA-UPEE se expidió la Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) elecciones 2021 de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de
Justicia y Seguridad, organismo con competencia originaria en la materia;
Que ha prestado conformidad la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y
Seguridad;
Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa Legales de la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por las Ley N° 6292 (texto
consolidado por Ley N° 6.347).
Artículo 1°.- Asígnase para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y
Obligatorias celebradas el día 12 de Septiembre del 2021 al Partido MOVIMIENTO AL
SOCIALISMO en concepto de aporte público conforme lo establecen los artículos 10
inciso 1, puntos a.- y b.- y 13 .de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) la
suma total de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO
CON 15/100 ($ 209.235,15.-) para la categoría Diputados/as de la Ciudad.
Artículo 2°.- Asígnase para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y
Obligatorias celebradas el día 12 de Septiembre del 2021 al Partido MOVIMIENTO AL
SOCIALISMO en concepto de fondo remanente conforme lo establecen los artículos
10 Inciso 1, punto c.- y 13 de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) la
suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NUEVE CON 79/100
($ 262.009,79.-) para la categoría Diputados/as de la Ciudad.
Artículo 3°.- Apruébase el gasto por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS
SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 94/100 ($
471.244,94) a favor del Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO CUIT N° 30-
71414500-9, mediante depósito en la Cuenta Corriente N° 5013938/5, del Banco
Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N°111, CBU N° 0290000100000501393850.
Artículo 4°.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda y Finanzas a incluir el importe en una orden de pago, conforme lo
mencionado en el artículo 3° de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Dispónese que por aplicación de lo establecido en el artículo 13 de la Ley
N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) cada agrupación política, deberá distribuir
en partes iguales entre las lista/s de precandidatos/as oficializadas para la categoría
de Diputados/as tanto el monto correspondiente al aporte público como el fondo
remanente.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad y a
la Oficina de Gestión Sectorial (OGESE) de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal, pase para su conocimiento y demás efectos a la Unidad de
Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021. Cumplido, archívese. D'Alessandro