RESOLUCIÓN 708 2021 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE ASIGNA - SUMA EN CONCEPTO - APORTE PÚBLICO - LEY N° 268 - PARTIDO MOVIMIENTO AL SOCIALISMO

Publicación:

26/10/2021

Sanción:

19/10/2021

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: Las Leyes Nros. 268, 6.031, y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347),

los Decretos Nros. 118/21 y 226/21, las Resoluciones N° 402-MJYSGC/21, N° 463-

MJYSGC/21 y Resoluciones de Presidencia Nros 12/21 y 21/21 del Tribunal Superior

de Justicia de la Ciudad y el Expediente Electrónico N° 31480910-GCABA-UPEE/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 118/21 y su complementario N° 226/21 se convocó al electorado

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones Primarias, Abiertas,

Simultáneas y Obligatorias para que el día 12 de septiembre del 2021 se proceda a la

selección de treinta (30) candidatos/as a Diputados/as titulares y los/as

correspondientes candidatos/as a Diputados/as suplentes para integrar el Poder

Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes asumirán sus funciones

el día 10 de diciembre del corriente año;

Que entre las competencias asignadas al Ministerio de Justicia y Seguridad por la Ley

N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se encuentra la referida al

financiamiento de los Partidos Políticos y los Institutos de democracia participativa,

tanto en el orden de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como en el de las Comuna,

quedando, entonces, a su cargo la implementación de las actividades necesarias a fin

de administrar, liquidar, distribuir y asignar el aporte público para las elecciones

Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12 de Septiembre del 2021;

Que la Ley N° 6.031 (texto consolidado por Ley N° 6.347) sancionó en su Anexo A, el

Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su Título

Sexto, Capítulo Único, el régimen de elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y

Obligatorias, disponiendo que todas las agrupaciones políticas que intervienen en la

elección de autoridades locales proceden en forma obligatoria a seleccionar sus

candidatos/as a cargos públicos electivos, excepto el/la candidato/a a Vicejefe/a de

Gobierno, mediante elecciones primarias abiertas en un solo acto electivo simultáneo,

con voto secreto y obligatorio, aún en aquellos casos en que se presentare una (1)

sola lista de precandidatos/as para una determinada categoría;

Que La Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) define el concepto de

campaña electoral, estableciendo las normas a las que deben ceñirse los Partidos

Políticos, Confederaciones y/o Alianzas;

Que por otro lado, la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) en su artículo 13

establece que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contribuye al

financiamiento de la campaña electoral de las agrupaciones políticas para las

elecciones Primarias con un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) del que

les corresponda por aporte de campaña para las elecciones generales, según lo

estipulado en el artículo 10° de la Ley, el que se deberá distribuir en partes iguales

entre las listas de precandidatos/as oficializadas de cada agrupación política;

Que a efectos de materializar la distribución del aporte público de campaña, se dictó la

Resolución N° 402-MJYSGC/21, estableciendo los requisitos y el circuito

administrativo que deberán seguir los Partidos Políticos, Alianzas electorales y/o

Confederaciones a tal fin;

Que mediante Resolución N° 463-MJYSGC/21 se determinó para las elecciones

Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12 de Septiembre del 2021 el

monto general del aporte público y fondo remanente para el financiamiento de la

campaña electoral de los Partidos Políticos y Alianzas Electorales conforme lo

establecen los artículos 9° y 10 de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347)

para la categoría de Diputados/as de la Ciudad;

Que el Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO ha solicitado mediante nota que obra

agregada al expediente vinculada mediante IF-2021-31478328-GCABA-UPEE el

aporte público para el financiamiento de la campaña electoral de las pasadas

elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, en los términos de la Ley

N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347);

Que mediante Resoluciones de Presidencia Nros. 12/21 y 21/21 del Tribunal Superior

de Justicia de la Ciudad y que obran vinculadas al presente Expediente mediante IF-

202122461425-GCABA-UPEE e IF-2021-22413505-GCABA-UPEE el citado Tribunal

determinó que el Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO se encuentra en condiciones

de participar y que ha oficializado lista de precandidatos/as denominadas "Para

Renovar la Izquierda" para la categoría Diputados/as de la Ciudad a fin de participar

en las pasadas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 12

de Septiembre del 2021;

Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347)

artículos 10 inciso 1, puntos a.- y b.- y 13, corresponde asignar en concepto de aporte

público para el financiamiento de la campaña electoral la suma total de PESOS

DOSCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 15/100 ($

209.235,15.-) para la categoría Diputados/as de la Ciudad;

Que asimismo, corresponde asignarles en concepto de fondo remanente las sumas

determinadas mediante Resolución N° 463-MJYSGC/21 para la categoría

Diputados/as de la Ciudad;

Que corresponde asignar al Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO en concepto de

fondo remanente conforme lo establece la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N°

6.347) artículos 10 inciso 1, punto c.-y 13, la suma total de PESOS DOSCIENTOS

SESENTA Y DOS MIL NUEVE CON 79/100 ($ 262.009,79.-) para la categoría

Diputados/as de la Ciudad;

Que se ha constatado la documentación para el requerimiento del aporte público

cuyas constancias obran vinculadas al presente Expediente mediante IF-2021-

31478131-GCABA-UPEE; IF-2021-31478328-GCABA-UPEE;IF-2021-31478449-

GCABA-UPEE;IF-2021-31478374-GCABA-UPEE;IF -2021-31478413-GCABA-UPEE;

Que de acuerdo a lo manifestado en el párrafo anterior, el apoderado del Partido

MOVIMIENTO AL SOCIALISMO solicitó expresamente el depósito del aporte público

para el financiamiento de la campaña electoral -Elecciones Primarias, Abiertas,

Simultáneas y Obligatorias- en la Cuenta Bancaria Especial, Cuenta Corriente N°

5013938/5, del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N° 111, declarando el

nombre de las personas autorizadas a girar sobre la misma según certificación

expedida por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos;

Que mediante IF-2021-31600743-GCABA-UPEE se expidió la Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) elecciones 2021 de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de

Justicia y Seguridad, organismo con competencia originaria en la materia;

Que ha prestado conformidad la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y

Seguridad;

Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa Legales de la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por las Ley N° 6292 (texto

consolidado por Ley N° 6.347).

EL MINISTRO

DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Asígnase para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y

Obligatorias celebradas el día 12 de Septiembre del 2021 al Partido MOVIMIENTO AL

SOCIALISMO en concepto de aporte público conforme lo establecen los artículos 10

inciso 1, puntos a.- y b.- y 13 .de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) la

suma total de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO

CON 15/100 ($ 209.235,15.-) para la categoría Diputados/as de la Ciudad.

Artículo 2°.- Asígnase para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y

Obligatorias celebradas el día 12 de Septiembre del 2021 al Partido MOVIMIENTO AL

SOCIALISMO en concepto de fondo remanente conforme lo establecen los artículos

10 Inciso 1, punto c.- y 13 de la Ley N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) la

suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NUEVE CON 79/100

($ 262.009,79.-) para la categoría Diputados/as de la Ciudad.

Artículo 3°.- Apruébase el gasto por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS

SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 94/100 ($

471.244,94) a favor del Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO CUIT N° 30-

71414500-9, mediante depósito en la Cuenta Corriente N° 5013938/5, del Banco

Ciudad de Buenos Aires, Sucursal N°111, CBU N° 0290000100000501393850.

Artículo 4°.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de

Hacienda y Finanzas a incluir el importe en una orden de pago, conforme lo

mencionado en el artículo 3° de la presente Resolución.

Artículo 5°.- Dispónese que por aplicación de lo establecido en el artículo 13 de la Ley

N° 268 (texto consolidado por Ley N° 6.347) cada agrupación política, deberá distribuir

en partes iguales entre las lista/s de precandidatos/as oficializadas para la categoría

de Diputados/as tanto el monto correspondiente al aporte público como el fondo

remanente.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad y a

la Oficina de Gestión Sectorial (OGESE) de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal, pase para su conocimiento y demás efectos a la Unidad de

Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021. Cumplido, archívese. D'Alessandro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 708-MJYSGC/21 asigna aporte publico al Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias celebradas el día 12 de Septiembre del 2021, en el marco de la Resolución 402-MJYSGC/21.</p><p> </p>