RESOLUCIÓN 20 2021 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE SUSTITUYEN - ANEXOS I Y II - RESOLUCIÓN CONJUNTA 3-MJGGC-MHFGC-20 - SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

10/11/2021

Sanción:

03/11/2021

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos N° 463/19

y modificatorios, y 75/17, la Resolución Conjunta N° 3-GCABA-MJGGC/20 y el

Expediente Electrónico N° 2021-33.587.849-GCABA-DGDSCIV, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

estableciéndose las responsabilidades primarias de cada una de las unidades de

organización y se fijaron las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a su vez, en el Art. 17 del mencionado Decreto, se estableció la continuidad de

los parámetros y procedimientos estipulados en el Decreto N° 75/17.

Que mediante Decreto N° 75/17 se creó el adicional denominado "Suplemento por

Función Ejecutiva", de carácter mensual remunerativo, destinado a determinados

cargos de autoridades superiores con rango de Subsecretaría o Dirección General;

Que, asimismo, por dicho texto normativo se han establecido los parámetros técnicos

para la asignación de los niveles I y II del "Suplemento por Función Ejecutiva" y, se ha

delegado en el Ministro de Hacienda y Finanzas y en el Jefe de Gabinete de Ministros,

la facultad de determinar conjuntamente aquellos cargos que percibirán el suplemento

referido y su correspondiente nivel;

Que en uso de las mencionadas facultades, mediante Resolución Conjunta N° 3-

GCABA-MJGGC/20, se determinaron las Direcciones Generales y Subsecretarías que

percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva" y su nivel correspondiente;

Que, en virtud de las modificaciones de la estructura orgánico funcional realizadas

desde el dictado de la Resolución Conjunta N° 3-GCABA-MJGGC/20, resulta

necesario determinar las nuevas Direcciones Generales y Subsecretarías que

percibirán el "Suplemento por Función Ejecutiva" y el nivel correspondiente, como así

también adecuar las denominaciones de las existentes.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 5° del Decreto N° 75/17,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustitúyase, a partir del 1° de noviembre de 2021, el Anexo I (IF 2020-

03574834-GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 3-GCABA-MJGGC/20 por

el Anexo I (IF-2021-33589703-GCABA-DGDSCIV).

Artículo 2°.- Sustitúyase, a partir del 1° de noviembre de 2021, el Anexo II (IF 2020-

03573595-GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 3-GCABA-MJGGC/20 por

el Anexo II (IF-2021-33590276-GCABA-DGDSCIV).

Artículo 3°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Desarrollo del Servicio Civil, Administración y Liquidación de Haberes y

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto todas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6254- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6254- Anexo II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta N° 20-MJGGC-MHFGC/21 sustituye a partir del 1° de noviembre de 2021, el Anexo I de la Resolución Conjunta N° 3-MJGGC-MHFGC/20.</p><p>Art. 2 sustituye el Anexo II.</p>