LEY 6453 2021
Síntesis:
NOTA: LA PRESENTE NORMA FUE DECLARADA NO VIGENTE AL APROBARSE EL DIGESTO JURÍDICO POR LEY 6588 (BOCBA NRO 6517 DEL 12/12/2022), YA QUE SUS DISPOSICIONES FUERON INCORPORADAS EN LA NORMA PRINCIPAL A LA CUAL MODIFICA (CADUCIDAD POR OBJETO CUMPLIDO, O FUSIÓN). POR ELLO, SE RECOMIENDA CONSULTAR EL ÚLTIMO TEXTO CONSOLIDADO DE LA NORMA PRINCIPAL -- SE MODIFICA - LEY N° 1890 - REGULA Y ORDENA LAS ESTRATEGIAS SANITARIAS EN RELACIÓN A LA ENFERMEDAD DE CHAGAS MAZZA - MAL DE CHAGAS
Publicación:
11/11/2021
Sanción:
21/10/2021
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
09/11/2021
Estado:
No vigente
Artículo 1°. - Sustituyese el Artículo 1° de la Ley 1890 (texto consolidado por Ley 6347)
por el siguiente texto:
"Artículo 1°. La presente ley tiene por objeto la regulación y ordenamiento de las
estrategias sanitarias dirigidas a garantizar la prevención y promoción de la salud,
atención y asistencia integral de la persona con Chagas, y la investigación científica
vinculada a la enfermedad de Chagas-Mazza en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de acuerdo con lo establecido en la legislación nacional vigente relativa
a esta enfermedad."
Art.2°. - Sustituyese el inciso r. del Artículo 3° de la Ley 1890 (texto consolidado por
Ley 6347) por el siguiente texto:
"r. denunciar ante la autoridad nacional las infracciones a la legislación nacional
vigente relativa a esta enfermedad."
Art. 3°. - Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi