RESOLUCIÓN 211 2021 SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS

Síntesis:

SE AUTORIZA - TRANSFERENCIA DE FONDOS - FONDO ÚNICO DESCENTRALIZADO DE EDUCACIÓN FUDE - CICLO LECTIVO 2021 - A FAVOR DE ESCUELAS SIN ASOCIACIÓN COOPERADORA - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID-19

Publicación:

23/11/2021

Sanción:

14/10/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS


VISTO: La Ley Nro. 3.372 (texto consolidado por Ley 6.347), el Decreto de Necesidad

y Urgencia N° 1/20, y sus modificatorios, la Resolución N° 134/SSGEYFAR/2021, la

Resolución 200-SSGEFYAR-GCABA/21, el Expediente Electrónico N° 28321002- -

GCABA-DGSE2021, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones tramita la aprobación de la transferencia de

fondos que integran el Fondo Único Descentralizado de Educación (F.U.D.E.)

correspondiente al Listado N° 3 ciclo lectivo del año 2021, a favor de los

establecimientos educativos de Gestión Estatal, de todos los niveles y modalidades,

pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo

normado en la Ley N° 3.372 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y detallados en

Informe N° IF-2021- 28323307-GCABADGSE;

Que, toda vez que conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N° 3.372 (texto

consolidado por Ley 6.347), existen establecimientos educativos con Asociaciones

Cooperadoras suspendidas en sus funciones o sin Asociaciones Cooperadora

reconocida, estos recibirán los fondos en una cuenta de caja de ahorro abierta en el

Banco Ciudad de Buenos Aires, de las cuales serán responsables el/la director/a del

establecimiento y un representante del Equipo Distrital de Asesoramiento;

Que, en el ámbito local, la Ley N° 3.372 (texto consolidado por Ley N° 6.347) crea el

Fondo Único Descentralizado de Educación (FUDE) destinado a todos los

establecimientos educativos de gestión estatal, de todos los niveles y modalidades,

pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dentro de dicho marco se establecen como requisitos para el cobro del

mencionado Fondo, la presentación del Plan Anual Institucional (artículo 7°), el Cuadro

Demostrativo de Recursos y Gastos y la Rendición correspondiente a la ejecución del

FUDE del ejercicio anterior (artículo 11°) dando cumplimiento a Ley N° 3.372 (texto

consolidado por Ley 6.347);

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de atender y adoptar

las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio

en la población del coronavirus (COVID-19), prorrogándose dicha medida mediante los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,

9/21, 10/21 y 11/21 hasta el 31 de octubre de 2021;

Que teniendo en consideración el contexto de emergencia sanitaria existente y las

dificultades aparejadas en torno a la presentación de la documentación pertinente para

el cobro del subsidio F.U.D.E en cumplimiento con los requisitos establecidos en la

normativa vigente, mediante Resolución N° 134- GCABASSGEYFAR 2021 esta

Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y de Administración de Recursos

autorizó la transferencia anticipada de fondos correspondientes al F.U.D.E ciclo lectivo

2021, a efectos de que las cooperadoras y conducciones escolares puedan disponer

de los fondos de manera expedita;

Que la transferencia excepcional de dichos fondos en forma anticipada tiene por

finalidad el cumplimiento de los fines previstos en el Plan Anual Institucional;

Que no obstante lo cual, cada conducción escolar y Asociación Cooperadora que

reciba los fondos F.U.D.E 2021 deberá subsanar los errores materiales referidos a la

presentación del Plan Anual Institucional y/o en caso de corresponder la presentación

de la documentación faltante prevista en el art. 11 de la Ley 3.372 (texto consolidado

por Ley 6.347) como plazo máximo el día 29 de noviembre del corriente, conforme la

prórroga establecida en la Resolución 200-SSGEFYAR-GCABA/21;

Que el incumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior imposibilitará la

transferencia de las próximas partidas correspondientes al subsidio F.U.D.E;

Que la Gerencia Operativa de Apoyo a Escuelas y Cooperadoras informó en el IF-

2021- 30144147-DGSE que corroboró que las Asociaciones Cooperadoras que

recibirán los fondos cumplen con lo previsto en el artículo 7 de la Ley N° 3.372 (texto

consolidado por Ley N° 6.347) referido a la presentación del Plan Anual institucional,

no obstante, existen en algunos casos errores materiales en su confección;

Que atento a lo expuesto, se incorporó en orden 4 el IF-2021- 30117516- GCABA-

DGSE en el cual se detallan las asociaciones cooperadoras que adeudan hasta la

fecha la presentación de la rendición de gastos correspondiente a la ejecución de

FUDE del ejercicio anterior y en orden 5 el IF-2021- 30117429-GCABA-DGSE en el

cual se detallan las asociaciones cooperadoras que adeudan a la fecha la

presentación del Cuadro Demostrativo de Recursos y Gastos;

Que, por otra parte, el monto establecido para cada establecimiento educativo se

determinó conforme lo previsto en el artículo 4° de la Ley 3.372 (texto consolidado por

Ley N° 6.347), el que se afectará en el presupuesto vigente: Jurisdicción 55 Unidad

Ejecutora 582 Programa 52 Actividad 10.000 Partida 5.1.7.55;

Que dicho monto se encuentra discriminado por Establecimiento Educativo en el IF-

2021-28323307-GCABA-DGSE, siendo la suma total a transferir de pesos

cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos veintiséis ($ 488.626);

Que la Dirección General de Servicios a las Escuelas ha tomado debida intervención;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida

intervención;

Que mediante la Resolución N° 2765- GCABA-MEDGC-20, la Ministra de Educación

delegó en la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de

Recursos la competencia para resolver la aprobación de pago de subsidios a

Asociaciones Cooperadoras.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N° 2765-GCABA-

MEDGC-20,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO

FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizase la transferencia de fondos en concepto del Fondo Único

Descentralizado de Educación (F.U.D.E.) correspondientes al Listado N° 3 del ciclo

lectivo del año 2021 establecido por Ley N° 3.372 (texto consolidado por Ley 6.347),

por el monto de pesos cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos veintiséis ($

488.626) a favor de las Escuelas sin Asociación Cooperadora detalladas en el Anexo I

IF-2021- 28323307-GCABA-DGSE y por los montos que allí se detallan, el que a todos

sus efectos forman parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Emítase la orden de pago respectiva por el importe señalado en el art. 1,

que será depositada en la Cuenta Corriente N° 20.071/4 del Banco Ciudad de Buenos

Aires, Suc 52, perteneciente a la Dirección General de Servicios a las Escuelas, desde

la cual se transferirán los fondos a los Establecimientos sin Asociación Cooperadora,

siendo responsables de la rendición de los mismos los directivos de los

establecimientos educativos y los agentes designados según Artículo 26 de la Ley N°

3.372 (texto consolidado por Ley N° 6.347).

Artículo 3.- El importe total de la presente es de pesos cuatrocientos ochenta y ocho

mil seiscientos veintiséis ($ 488.626) y se afectará en el presupuesto vigente:

Jurisdicción 55 Unidad Ejecutora 582 Programa 52 Actividad 10.000 Partida

5.1.7.55.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de

Servicios a las Escuelas y de Infraestructura Escolar y Mantenimiento Escolar y

remítase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería a los fines

consiguientes. Cumplido, archívese. Tomaghelli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6262

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo N° 1 de la Resolución N° 211-SSGEFYAR/21 autoriza la transferencia de fondos en concepto del Fondo Único Descentralizado de Educación (F.U.D.E.) correspondientes al Listado N° 3 del ciclo lectivo del año 2021 a favor de las Escuelas sin Asociación Cooperadora, en el marco de la Emergencia Sanitaria decretada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p><p> </p>