DECRETO 1002 2004

Síntesis:

DECLARA ADQUIRIDOS POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LOS INMUEBLES SITOS EN LOPE DE VEGA 2150 Y BAIGORRIA 5402/5450 - ESCUELAS TÉCNICAS 27 Y 35 - D.E 18 - AV. LOPE DE VEGA 2150, ESQUINA BAIGORRIA - CALLE BAIGORRIA 5402/5450, ESQUINA VIRGILIO Y MOLIERE - ESCRIBANÍA GENERAL - ADQUISICIÓN DE INMUEBLES - INMUEBLES ADQUIRIDOS - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - INMUEBLES DE ESCUELAS - INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE - ESCRITURACIÓN DE INMUEBLES - LÍA RAFFO DE GREGORINI - DECLARATORIA DE DOMINIO

Publicación:

17/06/2004

Sanción:

10/06/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 7.195/2004, la Ley N° 351 (B.O.C.B.A. N° 935), y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación mencionada en el Visto, el Organismo Fuera de Nivel Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informa sobre la necesidad de regularizar la situación dominial de los inmuebles sitos en la Av. Lope de Vega 2150, esquina Baigorria, identificado catastralmente como Circunscripción: 15; Sección: 93; Manzana: 187; Parcela: 40 (antes Fracción A y C), y calle Baigorria 5402/5450, esquina Virgilio y Moliere, identificado catastralmente como Circunscripción: 15; Sección: 93; Manzana: 170; Parcela: 41 (antes Fracción A y C);

Que, dicho Organismo manifiesta que, mediante un relevamiento efectuado sobre títulos de propiedad obrantes en dicha dependencia, se ha constatado que los inmuebles referidos no se encuentran inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, dichos inmuebles pertenecen al dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por cuanto fueron adquiridos por el Estado Nacional en virtud de la Ley N° 12.966, Decreto N° 36.554 del 22 de noviembre de 1947, y el Expediente N° 50.797/47, para destinarlos al funcionamiento de las Escuelas Técnicas N° 27 y N° 35 del D.E 18, omitiendo inscribirlos registralmente a su nombre en el Registro de la Propiedad Inmueble, encontrándose actualmente inscriptos a nombre de sus anteriores propietarios, Sra. Lía Raffo de Gregorini y otros;

Que, con posterioridad, por Ley N° 24.049, el Estado Nacional transfirió los servicios educativos a la entonces Municipalidad de Buenos Aires, hoy Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendiendo ello el dominio y todo otro derecho sobre los bienes inmuebles y accesorios;

Que, consta en el Expediente, plano de mensura 007-C-2004, aprobado por la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro;

Que, asimismo obran constancias producidas por la Dirección de Educación Media, dependiente de la Secretaría de Educación, donde se certifica inicio y continuación de las actividades desarrolladas por dichas escuelas en los referidos inmuebles;

Que, en virtud de que los inmuebles en cuestión continúan inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de sus anteriores titulares, corresponde proceder a la correcta registración dominial, por aplicación de la Ley N° 351;

Que, por lo expuesto precedentemente, y encontrándose cumplidos los requisitos exigidos por la mencionada norma, corresponde autorizar al Organismo Fuera de Nivel Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizar todas las acciones tendientes a regularizar la situación dominial de los inmuebles referidos;

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 Inc. 24 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Declárase adquirido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto por la Ley N° 351, los inmuebles sitos en la Av. Lope de Vega 2150, esquina Baigorria, identificado catastralmente y por Plano 007-C-04 como Circunscripción: 15; Sección: 93; Manzana: 187; Parcela: 40, sede de la Escuela Técnica N° 35, D.E. 18, y calle Baigorria 5402/5450, esquinas Moliere sin número y Virgilio sin número, identificado catastralmente, y por Plano 007-C-04 como Circunscripción: 15; Sección: 93; Manzana:170; Parcela: 41, sede de la Escuela Técnica N° 27, D.E. 18.

Artículo 2° - Autorízase al Organismo Fuera de Nivel Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a instrumentar la declaratoria de dominio mediante escritura pública y/o documento administrativo (Ley N° 17.801 artículo 3° inciso a ) y a inscribir el mismo en el Registro de la Propiedad Inmueble.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por la Sra. Secretaria de Hacienda y Finanzas, y por el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. IBARRA - Albamonte - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle