RESOLUCIÓN 146 2021 SECRETARIA INCLUSION SOCIAL Y ATENCION INMEDIATA
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 461-SSACI-20 - SUSPENSION DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA - SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN INMEDIATA
Publicación:
26/11/2021
Sanción:
23/11/2021
Organismo:
SECRETARIA INCLUSION SOCIAL Y ATENCION INMEDIATA
VISTO: La Ley N° 1.075 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto
Reglamentario 90/04, Decreto Poder Ejecutivo Nacional N° 297/2020 y sus prorrogas,
los Decretos N° 463/19 y sus modificatorios, N° 264/21, N° 276/21, las Resoluciones
N° 16-SSPSOC-18, N° 461-SSACI-21 y el Expediente Electrónico N° 2021-32015846-
GCABA-DGABCO;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 264/21, se modificó a partir del 1° de agosto de 2021 la estructura
orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose la Secretaria de Inclusión Social y
Atención Inmediata;
Que, por Decreto N° 276/21, se designó al Sr. Sergio Gabriel Costantino, como titular
de la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat;
Que, de esta Secretaría depende la Dirección General Abordaje Comunitario, la cual, a
través de la Gerencia Operativa Protección de Derechos, tiene entre sus funciones
gestionar los subsidios a los ex combatientes de Malvinas;
Que, mediante la Ley N° 1.075 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto
Reglamentario N° 90/04, se aprobó el otorgamiento de un subsidio mensual y vitalicio
a los Ex Combatientes héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich
e Islas del Atlántico Sur que hayan participado en efectivas acciones bélicas llevadas a
cabo en las jurisdicciones del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y del Teatro de
Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), todos desde el 02 de abril de 1982 hasta el 14
de junio de 1982;
Que, por la Resolución N° 16-SSPSOC-18, se establece el mecanismo de pago del
subsidio indicado el cual en su artículo 3 dispone: "Los beneficiarios subsidio
establecido de Ley N° 1.075 (texto consolidado Ley N° 6.347), sin excepción, deberán
presentar un certificado de supervivencia emitido por autoridad competente del 1° al
15° día del mes de noviembre. Los apoderados deberán presentar certificado de
supervivencia de sus poderdantes en forma trimestral en los meses de marzo, junio,
septiembre y diciembre";
Que, con motivo de la pandemia ocasionada por el Virus COVID 19 y las restricciones
de circulación dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto N°
297/2020 y sus prorrogas, se dictó la Resolución N° 461-SSACI-20 la cual en su
artículo 1° dispone: "Suspéndase la obligación de presentar certificado de
supervivencia emitido por autoridad competente establecida en el Artículo 3° de la
Resolución N° 16-SSPSOC-2018, hasta tanto la autoridad de aplicación lo disponga"
Que, con motivo del restablecimiento de circulación y funcionamiento normal del
transporte público, de las instituciones y servicios al ciudadano para la realización de
diversos trámites personales de manera presencial corresponde derogar la medida
resuelta en su oportunidad por Resolución N° 461-SSACI-20, para cumplimentar con
lo establecido en la normativa vigente en el marco de la Ley N° 1.075 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) y en el artículo 3° de la Resolución N° 16-SSPOC-18;
Por ello y en uso de sus facultades;
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 461-SSACI-20.
Artículo 2°.- Instrúyase a la Dirección General de Abordaje Comunitario para que, por
intermedio de la Gerencia Operativa de Protección de Derechos comunique a los
beneficiarios alcanzados la presente resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat, a la Dirección General Abordaje Comunitario y a la
Gerencia Operativa Protección de Derechos. Cumplido, archívese. Costantino