RESOLUCIÓN 146 2021 SECRETARIA INCLUSION SOCIAL Y ATENCION INMEDIATA

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 461-SSACI-20 - SUSPENSION DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA - SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN INMEDIATA

Publicación:

26/11/2021

Sanción:

23/11/2021

Organismo:

SECRETARIA INCLUSION SOCIAL Y ATENCION INMEDIATA


VISTO: La Ley N° 1.075 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto

Reglamentario 90/04, Decreto Poder Ejecutivo Nacional N° 297/2020 y sus prorrogas,

los Decretos N° 463/19 y sus modificatorios, N° 264/21, N° 276/21, las Resoluciones

N° 16-SSPSOC-18, N° 461-SSACI-21 y el Expediente Electrónico N° 2021-32015846-

GCABA-DGABCO;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, por Decreto N° 264/21, se modificó a partir del 1° de agosto de 2021 la estructura

orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose la Secretaria de Inclusión Social y

Atención Inmediata;

Que, por Decreto N° 276/21, se designó al Sr. Sergio Gabriel Costantino, como titular

de la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat;

Que, de esta Secretaría depende la Dirección General Abordaje Comunitario, la cual, a

través de la Gerencia Operativa Protección de Derechos, tiene entre sus funciones

gestionar los subsidios a los ex combatientes de Malvinas;

Que, mediante la Ley N° 1.075 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto

Reglamentario N° 90/04, se aprobó el otorgamiento de un subsidio mensual y vitalicio

a los Ex Combatientes héroes de la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sandwich

e Islas del Atlántico Sur que hayan participado en efectivas acciones bélicas llevadas a

cabo en las jurisdicciones del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y del Teatro de

Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), todos desde el 02 de abril de 1982 hasta el 14

de junio de 1982;

Que, por la Resolución N° 16-SSPSOC-18, se establece el mecanismo de pago del

subsidio indicado el cual en su artículo 3 dispone: "Los beneficiarios subsidio

establecido de Ley N° 1.075 (texto consolidado Ley N° 6.347), sin excepción, deberán

presentar un certificado de supervivencia emitido por autoridad competente del 1° al

15° día del mes de noviembre. Los apoderados deberán presentar certificado de

supervivencia de sus poderdantes en forma trimestral en los meses de marzo, junio,

septiembre y diciembre";

Que, con motivo de la pandemia ocasionada por el Virus COVID 19 y las restricciones

de circulación dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto N°

297/2020 y sus prorrogas, se dictó la Resolución N° 461-SSACI-20 la cual en su

artículo 1° dispone: "Suspéndase la obligación de presentar certificado de

supervivencia emitido por autoridad competente establecida en el Artículo 3° de la

Resolución N° 16-SSPSOC-2018, hasta tanto la autoridad de aplicación lo disponga"

Que, con motivo del restablecimiento de circulación y funcionamiento normal del

transporte público, de las instituciones y servicios al ciudadano para la realización de

diversos trámites personales de manera presencial corresponde derogar la medida

resuelta en su oportunidad por Resolución N° 461-SSACI-20, para cumplimentar con

lo establecido en la normativa vigente en el marco de la Ley N° 1.075 (texto

consolidado por Ley N° 6.347) y en el artículo 3° de la Resolución N° 16-SSPOC-18;

Por ello y en uso de sus facultades;

EL SECRETARIO DE INCLUSIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN INMEDIATA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 461-SSACI-20.

Artículo 2°.- Instrúyase a la Dirección General de Abordaje Comunitario para que, por

intermedio de la Gerencia Operativa de Protección de Derechos comunique a los

beneficiarios alcanzados la presente resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat, a la Dirección General Abordaje Comunitario y a la

Gerencia Operativa Protección de Derechos. Cumplido, archívese. Costantino

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 146-SECISYAI/21 deja sin efecto la Resolución N° 461-SSACI/20.</p>